Rarezas y picardías detrás del fallo bomba de la Corte que suspendió dos elecciones

Rarezas y picardías detrás del fallo bomba de la Corte que suspendió dos elecciones

Si bien no es la primera vez que lo hace, a diferencia de casos anteriores frenó el proceso electoral en las dos provincias sin resolver la cuestión de fondo. El “festejo opositor”, la ruta judicial que se saltearon las demandas y la lectura sobre lo que puede pasar con Uñac y Manzur.

Pablo Ibáñez

La Corte Suprema tuvo en sus manos, en un caso desde el 10 de abril y en otro desde el 20 del mismo mes, las demandas para revisar si el sanjuanino Sergio Uñac y el tucumano Juan Manzur podían, o no, ser candidatos en sus provincias. Los cortesanos, por alguna razón, demoraron su intervención hasta la acordada del martes 9 de mayo a solo cinco días de que 1,3 millones de tucumanos y 570 mil sanjuaninos concurran a votar a sus próximos gobernadores.

La dilación esconde otra rareza: el tribunal, a diferencia de otras situaciones anteriores, intervino sin resolver la cuestión de fondo. Obligó a suspender las elecciones del próximo domingo, pateó a las justicias provinciales la decisión de postergar todas las votaciones o desdoblar gobernador y vice del resto de cargos locales, y abrió un paréntesis, sin certezas temporales, para resolver si efectivamente Uñac y Manzur podrán, o no, competir.

La procuradora ante la Corte Suprema Laura Monti emitió muy rápido su dictamen: dijo que las demandas debían pasar por las justicias locales, algo que no ocurrió, y en todo caso llegar a la Corte Suprema como recurso extraordinario. El tribunal, incluso contra versiones internas que apuntaban en la dirección contraria, decidió tomar los casos, fallar sobre la hora y, además, dejar los procesos en suspenso, lo que conjuró un cóctel de incertidumbres.

La mayoría cortesana que integran Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz activó una bomba que -frente al enfrentamiento explícito que el tribunal tiene con el Gobierno- disparó todo tipo de especulaciones. La más lineal refiere que hubo intencionalidad de la Corte para desactivar dos elecciones que, en teoría, ganaría el peronismo. Esa lectura se nutrió del dato de que las demandas las hayan hecho Germán Alfaro, candidato a vice de Juntos por el Cambio (JxC en Tucumán), y Sergio Vallejos, uno de los postulantes a la gobernación en el lema de la versión sanjuanina de JxC. La oposición, desde Patricia Bullrich a Horacio Rodríguez Larreta, salió a festejar el fallo.

Demora

¿Por qué, a diferencia de casos anteriores, la Corte ordenó suspender la elección sin resolver el fondo de la cuestión? La explicación sobre que, “bajar” a Uñac y Manzur ahora no daba tiempo para reordenar el menú de candidatos, parece insuficiente porque desde hace al menos 20 días que las demandas están en poder de la Corte, y por la experiencia en situaciones similares, pudo fallar antes y dar tiempo para las adaptaciones.

Ahí opera otra tesis, más rebuscada: que el tribunal buscó “castigar” a Osvaldo Jaldo y a Juan Manzur por haber intervenido, con otros gobernadores, en el pedido de juicio político al tribunal. ¿Y por qué, si fuese así, con su metralla alcanza a Uñac que, incluso con reproches internos, sobre la hora decidió no sumarse a los mandatarios que impulsaron el juicio contra los cortesanos? Una explicación maliciosa sugirió, cuando el sanjuanino se despegó de la acusación contra la Corte, que era un guiño a los supremos para el caso de que su expediente reeleccionista llegue a la Corte. El asunto no está cerrado: si finalmente Uñac sigue en carrera, la especulación puede tomar músculo.

Para el Gobierno, la Corte se extralimitó y buscó producir una crisis al suspender, unos días antes de que se realicen, las elecciones en las dos provincias. Desde el PJ bonaerense que preside Máximo Kichner se sintetizó en una frase ese planteo al sostener que la Corte “nos pone al borde de la ruptura democrática”.

Competencia

El debate jurídico apunta a si el tribunal tenía, en ambos casos, competencia originaria para tomar las demandas. Monti, de la Procuración, opinó que no. En los casos en los que el tribunal resolvió sobre disputas de candidaturas, con postulaciones reñidas con las pausas de las constituciones provinciales, la Corte apareció cuando las demandas hicieron todo el circuito de la Justicia ordinaria y llegaron al tribunal por recurso extraordinario.

En 2013, la Corte impugnó la reelección de Gerardo Zamora en Santiago del Estero: el tribunal -con otra integración- falló en un solo acto, anuló la pretensión reeleccionista de Zamora norteño y ordenó reordenar el proceso electoral. El caso santiagueño es especialmente interesante: la Corte emitió su fallo cinco días antes de la elección y suspendió la votación para que se reemplace el candidato, algo que finalmente derivó en la postulación de Claudia Abdala de Zamora. La elección fue el 1º de diciembre y Abdala de Zamora ganó con el 65% de los votos, çon 50 puntos de diferencia sobre su segundo, el radical Emilio Rached.

Algo parecido ocurrió con Alberto Weretilneck en Río Negro: 10 días antes de la elección convocada para el 7 de abril, el tribunal volteó su candidatura y obligó a que la vice, Arabella Carreras, tuviera que quedar al frente de la boleta como candidata a gobernadora. Carreras le ganó con comodidad a Martín Soria, actual ministro de Justicia. En los dos casos, las demandas llegaron a la Corte luego de hacer el camino de la justicia ordinaria. En los planteos por Tucumán y San Juan no fue así.

Es cierto, por otro lado, que las postulaciones se formalizaron a fines de marzo -Uñac- y mediados de abril -Manzur- y que podía no haber tiempo para que atraviese las instancias. Al dejar en veremos la cuestión de fondo, la Corte trata de funcionar como “guardián” constitucional pero procede una crisis política. Este martes, estaba en análisis en las provincias, si la elección se hacía el domingo -sin los tramos de gobernador- o si se postergaban totalmente, sin fecha precisa.

El tribunal decidió, de ese modo, atender el planteo puntual sobre las candidaturas. Hay, en principio, cierta coincidencia en que ni Uñac ni Manzur pueden ser candidatos Las constituciones de cada provincia limitan esa posibilidad de manera más o menos explícita. Uñac, por caso, invoca una enmienda constitucional del artículo 75 que permite dos reelecciones, pero el sanjuanino no solo fue dos veces gobernador sino que antes había sido vicegobernador, y la jurisprudencia de la Corte toma como “unidad” la formula gobernador y vice. Con ese criterio, Uñac ya lleva tres mandatos. Manzur, en tanto, fue ocho años dos veces vicegoberandor y dos veces gobernador, ahora quiere ser vice de nuevo.

Ante esos elementos, que parece ser contundentes, en el Gobierno consideran llamativo que los cortesanos no hayan hecho, de una sola vez, todo el trámite. Sería curioso, por caso, que luego de suspender las elecciones, el tribunal termine avalando las postulaciones de Uñac y Manzur.

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