Abad apura aplicación de la reforma tributaria antes de abandonar la AFIP

Abad apura aplicación de la reforma tributaria antes de abandonar la AFIP

El titular del organismo quiere cumplir con la promesa de tener los cambios de rápido aumento de la recaudación ya activos antes de dejar la función pública.

 

Antes de abandonar su cargo como titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) Alberto Abad se comprometió ante Mauricio Macri en terminar de poner en marcha la parte más importante, en el corto plazo, de la reforma impositiva: la que le permitirá al Gobierno aumentar la recaudación. Para esto, el organismo ya envió a la jefatura de Gabinete de Marcos Peña los textos de los decretos para que se firmen en Presidencia las dos normas clave que permitirán subir la recaudación mensual: el pago de renta financiera para los no residentes y el "revalúo" como alternativa al ajuste por inflación. Las dos medidas se suman a la aplicación del IVA a los servicios vía internet y al impuesto a los combustibles que ya están aplicándose. Con estos decretos, y sus correspondientes resoluciones generales (las que ya están redactadas a la espera de la firma primaria de Mauricio Macri), Abad habrá cumplido con el compromiso de poner en práctica los cambios impositivos de aplicación directa y recaudación mensual y quedará para su sucesor, Leandro Cuccioli, completar todo el paquete tributario generado con la reforma aprobada, con dificultad, a fines del año pasado. Esto incluye el capítulo más complejo, de la creación y reglamentación del nuevo impuesto a la renta financiera y los mecanismos de toma de ganancias de las inversiones de capital. 

Los textos de los decretos del pago de renta financiera para extranjeros y el revalúo ya fueron enviados al Ministerio de Hacienda de Nicolás Dujovne primero (donde ya recibieron el visto bueno) y derivados a Peña que a su vez lo redireccionó a su vicejefe Mario Quintana para su control final, previo envío a Macri, quien deberá firmar los decretos. Luego, asegura Abad, las resoluciones están a la espera de ser publicadas en el Boletín Oficial para que, si todo sale como espera el Gobierno, ya en abril comenzar a recaudar. 

El primer punto a acelerar es el pago del tributo a la renta financiera para las personas físicas no residentes, una modificación que fue introducida en el texto original de la reforma impositiva por el Frente Renovador de Sergio Massa como condición para que aporten sus votos en el Congreso. A diferencia del impuesto a la renta financiera para residentes, que declaran sus movimientos una vez al año (con lo que la reglamentación puede esperar), en el caso de los extranjeros (que no presentan declaraciones juradas), la liquidación debe concretarse cada vez que se obtiene una renta con lo que el pago es inmediato a cada operación financiera que genere ganancias. Esto quiere decir que, aunque modestamente, puede aportar todos los meses algo de dinero a la recaudación. En épocas fiscales complicadas, como las actuales, es una buena noticia. 

Sobre el "revalúo", el Gobierno quiere que el sistema que reemplace la amenaza de una aplicación del "ajuste por inflación", esté ya vigente antes de abril. Este sistema de revalúo de activos según el alza de los precios y la depreciación de los bienes está suspendido por ley desde 1992 con la aplicación de la ley de convertibilidad y los sectores privados presionan desde la salida del "uno a uno" para que los diferentes Ejecutivos lo vuelvan a aprobar. La idea del Gobierno es que en el texto del Presupuesto para 2018 que el Gobierno presentará en sociedad en septiembre, se incluya una nueva fórmula, basada en un "revalúo optativo" de determinados bienes de empresas afectados por la inflación. La aplicación del nuevo esquema impactaría entre el 5% y 10% del valor del bien y debería aplicar los reclamos de los privados. Al menos hasta que se discuta un cambio de fondo en la nueva ley de reforma tributaria que se aplicaría desde 2019, las empresas tendrían un primer (y quizá único) alivio al aumento de los valores de sus activos por el alza de los precios y no por la mejora en las rentabilidades de sus empresas.

Con todo esto, el decreto 664 del Poder Ejecutivo, publicado en el Boletín Oficial el 25 de marzo de 2003, vigente desde abril de ese año, seguirá prohibido hasta la próxima reforma impositiva o, en su defecto, hasta que no haya inflación y su aceptación o rechazo ya no traiga polémicas. ¿Qué gana el Gobierno?: el revalúo siempre determinará una pérdida de recaudación menor al "ajuste por inflación". Y a su vez se frenará cualquier posibilidad que la Justicia pueda llegar a avanzar en algún fallo que lo reponga. La decisión oficial sobre la actitud a tomar en la aceptación o no del ajuste por inflación fue decidida por el Ejecutivo, luego de evaluar las consecuencias que podría tener en la recaudación la aceptación del esquema, vigente hasta comienzos de la década del 90 y prohibido por la ley de convertibilidad al considerarselo "indexatorio" y de por sí inflacionario. 

Había sido Carlos Tachi, recordado secretario de Ingresos Públicos de la gestión de Domingo Cavallo, que había recomendado su prohibición al enviarse al Congreso la ley que reglamentaría el "uno a uno". No hubo discusiones en la medida hasta que en enero de 2002 el Gobierno de Eduardo Duhalde resolvió salir de la convertibilidad, aplicar una feroz devaluación manteniendo la prohibición del ajuste en la ley de salida del esquema cambiario vigente durante los 90. Luego, durante todo 2003, hubo presiones para que se aplique el ajuste, a partir de la inflación del 41% registrada en 2002, sin que los reclamos hayan sido tenidos en cuenta. La decisión había sido tomada por el entonces secretario de Hacienda, Jorge Sarghini, y Alberto Abad durante su primera gestión en la AFIP, manteniéndose hasta hoy y pese a la presión de muchas grandes empresas del país con gran cantidad de activos revaluados.

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