Milei retira al Estado como querellante y archivan la causa por el gigantesco préstamo del FMI a Macri

El libertario firmó un decreto días después de que la jueza Capuchetti cerrara la causa, que estaba paralizada. Se acusaba al expresidente y a Caputo, Dujovne, Sturzenegger y Sandleris de administración fraudulenta y defraudación por el préstamo que la gestión de Cambiemos pidió al FMI en 2018.

Mauricio Macri, Luis Caputo, Nicolás Dujovne, Federico Sturzenegger y Guido Sandleris fueron beneficiados por el Gobierno y una jueza federal en la causa que los investigaba por la gigantesta deuda tomada con el FMI durante la gestión de Cambiemos. Este viernes Javier Milei dispuso que la Procuración del Tesoro de la Nación cese su intervención como querellante en la causa contra el expresidente por supuesta defraudación al Estado, apenas días después de que María Eugenia Capuchetti archivara el proceso, luego de años sin avances. Con US$44.500 millones, fue el crédito más grande de la historia del organismo multilateral.

La causa por el acuerdo con el FMI comenzó en 2019 por una denuncia de dirigentes de la izquierda, pero en marzo de 2021 fue reimpulsada por el Ejecutivo bajo el mandato de Alberto Fernández, que presentó una querella criminal a través de la Oficina Anticorrupción (OA) que sostenía que los fondos enviados por el FMI se terminaron fugando del país a través del pago a bonistas.

En su momento, el fiscal Franco Picardi imputó por los presuntos delitos de administración fraudulenta y defraudación contra la administración pública a Macri y a cuatro de sus exfuncionarios: los exministros Nicolás Dujovne (Hacienda) y Luis Caputo (Finanzas; hoy ministro de Economía de Milei) y los extitulares del Banco Central de la República Argentina (BCRA) Federico Sturzenegger (hoy ministro de Desregulación) y Guido Sandleris. 

En junio de 2018, el gobierno de Mauricio Macri firmó con el Fondo Monetario Internacional, cuya titular era Christine Lagarde, un Acuerdo Stand-By (SBA) por US$ 50.000 millones, el más grande en la historia del organismo hasta ese momento.

La medida de Milei fue oficializada mediante el Decreto 87/2026 publicado este viernes en el Boletín Oficial, con las firmas del Presidente y del ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona. En sus considerandos, se argumenta que la Procuración actuó de forma excepcional en el proceso penal y que su intervención en causas penales no forma parte de su especialidad técnica.

El Poder Ejecutivo justificó que el Ministerio Público Fiscal es el órgano competente para impulsar la acción penal, con independencia funcional y especialización en investigaciones penales complejas, y que su rol debe ser preservado frente a posibles interferencias.

El decreto establece también que el cese de la querella no implica que el Estado Nacional renuncie al reclamo por daños y perjuicios, ya que la acción civil podrá continuar en los términos procesales correspondientes.

PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN

Archivo de la causa y apelación del fiscal

La decisión de la administración Milei se tomó tras el archivo de la causa por parte del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 5, el pasado 2 de febrero. La jueza a cargo, María Eugenia Capuchetti, concluyó que los hechos denunciados no constituían delitos sino “discrepancias con decisiones de política económica llevadas a cabo por los distintos organismos públicos, en el marco de sus competencias” y que esas decisiones “no pueden ser objeto de reproche penal, ya que forman parte del ejercicio de facultades discrecionales de las que goza el Poder Ejecutivo Nacional para llevar a cabo su política económica y los efectos macroeconómicos adversos no permiten reconducir, por sí solas, estas decisiones al ámbito del derecho penal”.

La decisión de Capuchetti fue apelada este jueves por el fiscal Picardi, quien consideró la decisión de la jueza como “arbitraria, con valoración parcial de pruebas y sin un análisis integral de los hechos y evidencias reunidas”.

“La entidad y complejidad de los hechos investigados, así como la afectación directa a derechos y garantías fundamentales, imponen necesariamente la realización de una investigación profusa, amplia y exhaustiva, orientada a esclarecer la totalidad de las responsabilidades involucradas, el alcance de las maniobras desplegadas y la eventual existencia de otros partícipes, a fin de garantizar la plena vigencia del orden constitucional y el Estado de Derecho”, consideró Picardi en su apelación.

De acuerdo a Piicardi, “el archivo de las presentes actuaciones obtura la actuación de este Ministerio Público Fiscal y vulnera el principio acusatorio no dejándolo seguir ejerciendo la acción penal a los fines de profundizar una investigación de gran trascendencia institucional y repercusión nacional e internacional, y para poder atribuir, eventualmente, las responsabilidades criminales que correspondan”.

Según el escrito que presentó el fiscal, “las pruebas aunadas develan un conjunto de acciones direccionadas que, analizadas de manera integral, permiten observar y reconstruir un posible entramado delictivo muy tangible, conformado por etapas y acciones concretas emparentadas con la violación de normativa a la que se encontraban obligados como funcionarios públicos para la toma de deuda pública; las falsedades en torno al destino y uso de los fondos solicitados al FMI; la administración ruinosa de los fondos obtenidos, generando una deuda insostenible para el beneficio de un reducido grupo privado concentrado con posibles relaciones y/o vínculos con los decisores públicos; la administración arbitraria y discrecional que imposibilitó el control de la trazabilidad de los fondos obtenidos; y la generación de prejuicios cuantificables e incuantificables para la administración pública y la sociedad en general”.

De esta manera, Picardi, aduciendo “la gravedad y magnitud de los hechos del caso, así como la solidez de la hipótesis delictiva sustentada en evidencias”, demandó a la Justicia “una investigación acorde y diligente, y una evaluación de las pruebas minuciosa, de cara a los deberes del sistema de administración de justicia con la sociedad”.

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