El Gobierno busca abaratar los medicamentos con una idea de Ginés González García

El Gobierno busca abaratar los medicamentos con una idea de Ginés González García

Se usará un precio de referencia para determinar la cobertura de las prepagas y obras sociales sindicales, que siempre será del 70% de ese valor y no del precio de venta, como era hasta ahora

 

Para abaratar el precio de los medicamentos, el Gobierno puso en vigencia una idea que ya se trabajaba desde las épocas en las que Ginés González García era ministro de Salud: dispuso que se fijará un precio de referencia para 85 drogas usadas en tratamientos de enfermedades crónicas y que será ese valor el que se tomará en cuenta para determinar el 70% de cobertura que está a cargo de prepagas y obras sociales sindicales.

Ayer a la mañana, el Ministerio de Salud, actualmente a cargo de Carla Vizzotti, publicó en el Boletín Oficial la resolución 27/2022, cuyo texto modifica la forma en que se aplican los descuentos de obras sociales sindicales y prepagas que están bajo la órbita de la Superintendencia de Salud. En el anexo se detallan 85 componentes activos, propios de medicamentos para condiciones crónicas, que están alcanzados por la normativa y que representan más del 60% del mercado de crónicos, pero solo 5% del consumo total de la torta de medicamentos.

La jefa de Gabinete del Ministerio de Salud, Sonia Tarragona, explicó a LA NACION, que a partir de ahora la cobertura no va a ser sobre el precio de venta al público, sino sobre aquel precio de referencia. “Esta norma implica que el consumidor podrá elegir la marca que va a comprar. El precio de referencia favorece que el usuario elija la droga más barata; si elige la más barata tendrá una cobertura mayor, mientras que si elige la más cara tendrá una cobertura más baja y deberá poner la diferencia de su bolsillo”, indicó.

Según comentó Tarragona, se trata de una idea que se trabaja desde 2020. “Lo venimos analizando y elaborando hace meses en distintas mesas de trabajo con los laboratorios, y ellos lo aceptaron muy bien. Se lo anunciamos en 2020, durante 2021 quedó suspendido por la pandemia y hace varios meses lo conversamos con todos los actores del sistema y, en general, todos lo aceptaron muy bien”, dijo la funcionaria.

En concreto, el esquema funcionará de la siguiente manera: la cobertura ahora se limitará al 70% del precio de referencia y ya no a cualquier precio de venta (como era hasta ayer), por lo que si el consumidor elige una marca cuya venta al público está por encima de ese precio de referencia, su cobertura se verá reducida. Por ejemplo, si el precio de referencia es $100 y la marca que elige cuesta $200, la cobertura solo será del 70% de $100 (es decir, $70) y deberá poner la diferencia ($130 de su bolsillo), mientras que si hubiera escogido una de $100 solo habría puesto de su bolsillo $30. Hasta ayer, si el usuario elegía la de $200 solo debía poner de su bolsillo $60.

La nueva normativa se apoya además en la ley 25.649 de Prescripción de Medicamentos por su Nombre Genérico (conocida como “Ley de genéricos”), sancionada en 2002. Esta ley, también impulsada por González García en aquel momento, dispuso que toda receta o prescripción médica debe efectuarse en forma obligatoria expresando el nombre genérico del medicamento o denominación común internacional que se indique.

Pero esa ley cayó en desuso en la práctica. “La aplicación de esta ley permite que el usuario pueda pedir cualquier marca, siempre que sea la droga indicada en la receta. Lo que pasó es que acá los médicos volvieron a prescribir marcas”, comentó Tarragona.

Lo que se pretende ahora, según explicó Tarragona, es que, teniendo en mano la receta debidamente confeccionada con el nombre del genérico, la gente empiece a pedir los medicamentos más baratos, algo que actuará por sí mismo como un control de precios. Y lo que se espera es que los valores de todas las marcas que se ofrecen en una farmacia se agrupen en una franja que estará más cerca del precio de referencia.

¿Cómo se fija el precio de referencia? Ricardo Filloy, presidente de la Cámara de Empresas de Medicina Privada e integrante de la Unión Argentina de Salud (UAS), lo explicó así: “Se toman los medicamentos de cada uno de estos principios activos alcanzados por la normativa que están en plaza y se saca un precio promedio. El valor que surja de ese cálculo será el que se tomará como referencia para calcular cuánto le corresponde aportar a la prepaga u obra social”.

Asimismo, Filloy agregó: “Nosotros venimos señalando otro problema, que es que los medicamentos no tienen en la Argentina un precio regulado. Entonces, los medicamentos en la torta total del gasto en salud representaban el 20%, mientras que hoy representan el 30%”.

En tanto, en la Cámara Industrial de Laboratorios Farmacéuticos Argentinos (Cilfa) expresaron: “Estamos estudiando la medida para determinar su verdadero impacto, pero prima facie consideramos poco apropiado y oportuno en un entorno de altísima inflación y pandemia intervenir el sistema con una medida que no ataca el problema de fondo de la seguridad social, que son los medicamentos de alto costo con coberturas al 100%, que son los que desfinancian el sistema”.

En opinión de Filloy, la intención oficial es presionar a los laboratorios de modo que tengan una menor dispersión de precios respecto de ese precio de referencia que se va a fijar. Sin embargo, agregó: “En la práctica, en general los laboratorios colocan sus productos en un rango de precios muy parecidos, por lo que no sé si el efecto macroeconómico será tan importante. Ahora, debería haber un consumidor educado que haga en farmacia el pedido del medicamento en su versión más económica”.

Otra pata de este esquema está representada por las farmacias, que, tal como afirmó Tarragona, no siempre tenían las marcas más baratas, porque les daban menos rentabilidad. “Entonces generamos un incentivo adicional para esos casos que los farmacéuticos ofrezcan: que los financiadores siempre van a pagar 70% del precio de referencia, aunque se elija una marca que esté por debajo de ese valor”, indicó la funcionaria.

El incentivo al que hizo referencia Tarragona se encuentra incluido en el artículo 8° de la resolución en cuestión, que dice: “Aquellos medicamentos que contengan los principios activos consignados en el Anexo I de la presente Resolución, cuyo precio de venta al público (P.V.P), según lo consignado en el Vademécum Nacional de Medicamentos publicado por ANMAT, sea inferior al precio de referencia (P.R.) publicado de conformidad con lo previsto en la presente Resolución, serán cubiertos de la siguiente manera: el SETENTA POR CIENTO (70%) de su precio de referencia (P.R.) será cubierto por el agente financiador (v.g. obra social o entidad de medicina prepaga) y el TREINTA POR CIENTO (30%) del precio de venta al público (P.V.P) por el afiliado o afiliada”.

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