Un vacío legal se abre frente al despliegue de militares en el Norte

Las leyes de defensa y de seguridad interior no permiten siquiera asignar a soldados la protección de fronteras en tiempo de paz; 4500 infantes del Ejército suplen a los gendarmes en la zona
El Gobierno decidió el despliegue de militares en zonas de frontera para suplir a las unidades de Gendarmería que fueron derivadas a reforzar la seguridad en el conurbano. Esa medida, mucho más que un simple enroque de efectivos, abre paso a la polémica, ya que la presencia del Ejército en funciones de seguridad interior está prohibida. Legisladores opositores hicieron notar esa situación la semana pasada, mientras que el ministro de Defensa, Agustín Rossi, aseguró que el patrullaje militar no quebrará la ley. Entre una y otra posición, en ese espacio de vacío legal, se moverán 4500 militares con funciones aún poco claras.

La presidenta Cristina Kirchner había advertido a mediados de julio, durante la cena de camaradería de las Fuerzas Armadas, que emplearía el poder militar en la frontera norte. "No tiene mucho sentido tener por allí regimientos en pleno centro de nuestras ciudades y tener nuestras fronteras que sean verdaderos coladores. Entonces creo que, allí, las Fuerzas Armadas pueden cumplir un rol más que importante en colaboración directa con nuestras fuerzas de seguridad", dijo la mandataria en esa oportunidad.

Esas palabras tuvieron eco en el mensaje del general de división Gerardo Milani al asumir el mando del Ejército. Se le escuchó decir en su discurso en el Colegio Militar: "El Ejército quiere contribuir con las acciones de seguridad que nos encomiende el gobierno nacional".

La primera orden llegó rápido: tomar posiciones en la frontera norte para "vigilar". La hipótesis de conflicto -que siempre se mantuvo bajo el eufemismo de "capacidades para..."- es el narcotráfico.

Y ahí empiezan las colisiones con las leyes de defensa nacional y de seguridad interior. Fundamentalmente con la reglamentación de la ley de defensa aprobada en 2006: la única función posible para los militares es su empleo "ante agresiones de origen externo perpetradas por fuerzas armadas pertenecientes a otros Estados".

Aunque las leyes de defensa nacional y de seguridad interior dejan posibilidades para el uso interior del instrumento militar ante casos específicos, no parecería que en este caso se cumplieran los requisitos formales. Las Fuerzas Armadas no tienen aval legal ni siquiera para proteger las fronteras, excepto en el caso de un ataque exterior por parte de otro ejército convencional.

Esa intervención como fuerza fronteriza es una vieja aspiración del Ejército, una idea que se propone una y otra vez desde por lo menos las últimas cuatro conducciones militares. El fallecido general Ricardo Brinzoni había planificado una propuesta similar a la que hoy se lleva adelante, pero, en su caso, se preveía una reforma de todo el sistema de defensa y seguridad, con modificación de leyes. Ese plan, de 2001, fue fuertemente apoyado en ese momento por la Armada. Por entonces, la Gendarmería era empleada cada vez más ante cortes de rutas y los militares vieron la oportunidad para ganar espacios.

Si bien no se concretó esa iniciativa castrense, los planes quedaron a la espera de una nueva oportunidad, que llegó ahora. La Brigada XII, con base en Misiones, y la V, con asiento en Salta, dispondrán de sus efectivos para el plan oficial de patrullajes. Son unidades de batalla sustentadas en fuerzas de infantería, no de comunicaciones ni ingenieros.

Los gendarmes, entusiasmados con la obtención de informes sobre vuelos ilegales captados por los radares militares, no recibieron con agrado la idea de "compartir" la frontera con quienes estratégicamente aspiran a ocupar su lugar, según confiaron a LA NACION experimentados hombres de esa fuerza.

No habrá movimientos de una punta a otra del país con refuerzos de unidades en el Norte; las tropas militares saldrán de los cuarteles cercanos en una misión que no está del todo clara. En el Ministerio de Defensa se afirma que esas unidades no harán controles de rutas ni buscarán entrar en contacto con potenciales contrabandistas y narcotraficantes. Es que no hay ley que habilite a los militares a tomar parte de un procedimiento judicial. Un decomiso efectuado por militares no tendría valor judicial, explicaron magistrados federales.

Brasil organiza cada dos años una movilización de más de 15.000 efectivos en las fronteras con la Argentina y Paraguay con el objetivo de combatir el tráfico de drogas. Se permite esa situación por no contar con una fuerza intermedia de seguridad, como lo es la Gendarmería.

Otro punto por tomar en cuenta es la llamada "regla de empeñamiento". Se trata del permiso que tiene una fuerza para usar el arma. Más de 8000 militares argentinos están adiestrados en funciones de seguridad tras su participación en la misión de paz en Haití. Pero las Naciones Unidas específica muy claramente las situaciones en las que un militar puede incluso apuntar su arma sin tener consecuencias judiciales.

Para esta nueva situación en la frontera norte no vale esa directiva, ya que el artículo 27 de la ley de seguridad interior limita toda colaboración militar a "transporte, comunicaciones e ingenieros". Si una unidad es desplegada en una operación que no sea un ejercicio, se necesita invocar el artículo 30 de la ley de defensa nacional y sólo se podría determinar una zona de vigilancia militar con la aprobación del Congreso.

ARTÍCULOS CLAVE DE LA NORMATIVA CASTRENSE

Ley de defensa

Artículo 30: el Poder Ejecutivo, con aprobación previa del Congreso de la Nación, podrá declarar zona militar a los ámbitos que, por resultar de interés para la defensa nacional, deban ser sometidos a la custodia y protección militar

Reglamentación (2006)

Artículo 1: las Fuerzas Armadas, instrumento militar de la defensa nacional, serán empleadas ante agresiones de origen externo perpetradas por fuerzas armadas pertenecientes a otro Estado

Ley de seguridad interior

Artículo 27: el Ministerio de Defensa dispondrá que las FF.AA. apoyen las operaciones de seguridad interior mediante la afectación de sus servicios de arsenales, intendencia, sanidad, veterinaria, construcciones y transporte, así como de ingenieros y de comunicaciones

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