La Cámara Federal porteña confirmó el sobreseimiento del ex presidente argentino y de su ex ministro de Economía, Domingo Cavallo, en la causa por presuntas irregularidades en la privatización y venta de la empresa Yacimiento Petrolíferos Fiscales (YPF) a la firma española Repsol. “Una mala administración no se traduce en la comisión de un delito”, sentencia el fallo.
La Sala I de la Cámara -por mayoría, ya que uno de los jueces votó por profundizar la investigación-, también confirmó el sobreseimiento de los ex ministros Jorge Rodríguez, Armando Caro Figueroa, Enrique Rodríguez y Felisa Miceli (esta última ex ministra de Economía de Néstor Kirchner), y de Alessandra Minnicelli (esposa del ministro de Planificación Federal, Julio De Vido, y ex directiva de la Sindicatura General de la Nación), informaron fuentes judiciales.
La lista de beneficiados se completa con el titular de la Cámara Argentina de Comercio (CAC), Carlos De la Vega; del ex presidente de Repsol Alfonso Cortina, del sindicalista del gremio petrolero y directivo de Boca Juniors Juan Carlos Crespi, y de los ex directores de Repsol Dexter Peacock, Mario Rosso, Clark Jonson, Bernard Gremillet y Ernst Schneider, informaron fuentes judiciales.
“No existió un accionar doloso en cabeza de aquellos que intervinieron en las diferentes etapas de la implementación” de la venta en 1997 de YPF a Repsol, sostuvieron los jueces Eduardo Farah y Martín Irurzun.
Los camaristas agregaron que esa situación es para quienes “pertenecieran a los órganos directivos de la empresa y/o cumplieran funciones de relevancia en la órbita de la administración pública”.
La causa fue iniciada por ex trabajadores de YPF, que denunciaron que fueron presionados para venderle a Repsol el 10 por ciento de las acciones de la compañía, que les fueron entregadas a los empleados por el Programa de Propiedad Participada (PPP), creado por la ley de reforma del Estado.
A través de esa norma, los trabajadores de las empresas estatales accedieron al 10 por ciento de las acciones ante las privatizaciones.
Los empleados de YPF denunciaron que no cobraron nada por la venta de las acciones y denunciaron que se cometieron los delitos de defraudación y malversación de caudales públicos.
Los camaristas consideraron que “una mala administración no se traduce en la comisión de un delito”. Y agregaron que la falta de publicación de la reglamentación del PPP “se debió al elevado grado de improvisación que aparejó la puesta en marcha de un programa que sufrió un significativo retraso en su implementación”.
Para el tribunal, eso ocasionó “la toma de decisiones que, vistas a la distancia, indudablemente no fueron las más convenientes para el universo total de los trabajadores de la empresa”.
En disidencia, el camarista Horacio Cattani votó por revocar el sobreseimiento dictado por el juez federal de primera instancia Claudio Bonadío.
Cattani consideró que se debía profundizar la causa respecto si los empleados recibieron la información adecuada sobre el PPP y que se tenía que llamar a declarar como testigos a quienes “ejercían presión psicológica sobre los empleados para inducirlos a abandonar su trabajo”.









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