Eduardo Sícaro irá a juicio oral por la tragedia ferroviaria de Once

Lo decidió esta mañana el juez federal Claudio Bonadío. El lujanense, que era el titular de la CNRT en el momento del accidente, está imputado por descarrilamiento culposo agravado por resultar personas fallecidas y lesionadas y defraudación contra la administración pública. Los imputados podrían ser condenados a prisión efectiva.
El lujanense Eduardo Sícaro, ex titular de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, será sometido a juicio oral por el trágico accidente ferroviario de Once, en el que fallecieron 51 pasajeros. Lo decidió el juez federal Claudio Bonadío, quien elevó la causa a tres días del primer aniversario.

Además, de Sícaro, también serán juzgados los ex secretarios de Transporte, Juan Pablo Schiavi y Ricardo Jaime; el ex subsecretario de Transporte, Antonio Luna; los concesionarios Claudio y Mario Cirigliano; y el maquinista Marcos Córdoba, entre un total de 28 imputados que tiene el caso.

Luego de desestimar los planteos de nulidad presentados por los ex funcionarios y demás acusados, el juez Bonadío elevó el caso a instancia de juicio, una medida que no es apelable, y que por sorteo fue designado el Tribunal Oral Federal 1.

"En cuanto a que el cúmulo de probanzas incorporadas a esta actuaciones, no permiten, en modo alguno, desvincular a estos del proceso, por cuanto se ha tenido por acreditada con los alcances propios de la etapa, tanto la materialidad de los sucesos respecto de los cuales se decide en esta ocasión el avance a juicio", afirmó Bonadío.

No obstante, el tramo de la causa por el destino que tuvieron los más de 2 mil millones de pesos en subsidios que recibió TBA entre 2003 y 2010 seguirá bajo investigación pero del juez Sebastián Ramos, ya que la Sala II de la Cámara Federal le cedió este tramo de la causa al anexarla con una que él tenía a su cargo desde tiempo antes.

Según la resolución del juez federal en su elevación a juicio oral, los ex funcionarios y los directivos de TBA serán juzgados por "infracción al artículo 173, inciso 7° en función del artículo 174, inciso 5° y por el artículo 196, párrafos 1° y 2° del Código Penal".

La reglamentación refiere a los casos especiales de defraudación y dice que se pena con prisión de un mes a 6 años de prisión "el que, por disposición de la ley, de la autoridad o por un acto jurídico, tuviera a su cargo el manejo, la administración o el cuidado de bienes o intereses pecuniarios ajenos, y con el fin de procurar para sí o para un tercero un lucro indebido o para causar daño, violando sus deberes perjudicare los intereses confiados u obligare abusivamente al titular de éstos".

El maquinista Marcos Antonio Córdoba será enjuiciado por "estrago culposo", figura principal que se debatirá en el juicio. El Código Penal dice en el artículo 196 que "será reprimido con prisión de seis meses a tres años si del hecho resultare lesionada o muerta alguna persona, se impondrá prisión de uno a cinco años". Por lo que en caso de recibir una condena que supere los tres años, el tribunal podría ordenar una pena de cumplimiento efectivo.

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