Declaran la emergencia en seguridad por un año y permiten derribo de aviones “hostiles”

Declaran la emergencia en seguridad por un año y permiten derribo de aviones “hostiles”

Antes de subirse al avión que lo llevó al Foro Económico en Davos, el presidente Mauricio Macri declaró la Emergencia de Seguridad Pública por un año en todo el país. 

Con el objetivo de combatir el delito organizado y el narcotráfico, el decreto que lleva su firma autoriza a convocar al personal retirado de la Policía Federal y Aeroportuaria, Gendarmería y Prefectura; establece el levantamiento del Secreto Militar; y autoriza el derribo de aeronaves “hostiles”, entre otras medidas.

Después de las dificultades que tuvieron para capturar a los tres prófugos condenados por el triple crimen de General Rodríguez y su pelea con el Gobierno de Santa Fe, el Poder Ejecutivo nacional buscó retomar la iniciativa y cumplió lo que había anunciado la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, un mes atrás. A través de un comunicado de Presidencia, reiteraron que se implementará un “fuerte control del espacio aéreo” para revertir la “situación de peligro colectivo”, pero sin duda la novedad de ayer fue que recogieron el proyecto de ley de derribo del líder del Frente Renovador, Sergio Massa, que por estas horas está de viaje con Macri por Suiza.

Durante la campaña electoral, la propuesta de Massa era radarizar y derribar aeronaves para combatir el crimen organizado, algo bastante similar a lo que ahora plantean desde el macrismo. “Significaría pena de muerte sin juicio previo”, dijo en ese entonces el ex ministro de Seguridad, Agustín Rossi.

Según la medida adoptada por el Gobierno nacional, las Fuerzas Armadas serán las encargadas de “identificar, advertir, intimidar y hacer uso de la fuerza (como último recurso) a vectores incursores en el espacio aéreo Argentino”. Sin demasiadas precisiones, el texto difundido señala que “serán declaradas ‘hostiles’ aquellas naves, cuando tengan entidad suficiente para ‘perturbar, poner en riesgo o causar un daño’ en el territorio nacional”.

El decreto firmado por Macri también establece que se podrá convocar a miembros de de la Policía Federal y Aeroportuaria, Gendarmería y Prefectura que estén retirados de las fuerzas, pero quedarán exceptuados quienes “hayan sido condenados por delitos de lesa humanidad, estén actualmente procesados penalmente o pasados a retiro por razones disciplinarias”. Y dispone el “levantamiento del Secreto Militar de las reglas de Empeñamiento para la Defensa Aeroespacial que había sido establecido por el decreto 2415 del año 2014”.

El “Operativo Escudo Norte”, que tiene como objetivo vigilar y controlar el espacio terrestre, fluvial y aéreo en las fronteras noreste y noroeste, será reemplazado por el “Operativo Fronteras”, con funciones similares.

La Emergencia en Seguridad podrá ser prorrogada por un año y estará a cargo de los ministerios de Seguridad, de Defensa y de Transporte. Y se creará el Gabinete de Seguridad Humana para coordinar las tareas de las diferentes carteras, en temas referidos a la producción, tráfico y comercialización de estupefacientes; contrabando de armas, asociación ilícita terrorista; prostitución de menores y pornografía infantil; financiación del terrorismo y trata de personas, entre otros delitos.

Con el foco en distintas actividades delictivas

El decreto que declara la Emergencia en Seguridad Pública especifica que se perseguirán especialmente delitos tales como producción, tráfico y comercialización de estupefacientes (Ley 23.737), de contrabando de armas y contrabando de estupefacientes (Ley 22.415), los relacionados con las actividades de una asociación ilícita calificada (artículo 210 bis del Código Penal) o con una asociación ilícita terrorista (artículo 41 quinquies del mismo Código).

Del mismo modo se refiere a los delitos relativos a las asociaciones ilícitas (artículo 210), organizadas para cometer delitos con fines políticos o raciales, los de fraude contra la Administración Pública (artículo 174, inciso 5°) y contra la Administración Pública (todos del Código Penal).

Además consigna los delitos de prostitución de menores y pornografía infantil (artículos 125, 125 bis y 128), de financiación del terrorismo (artículo 306) y de extorsión (artículo 168, todos del Código Penal), los previstos en la Ley 24.769 (Régimen Penal Tributario) y de trata de personas (Ley 26.364).

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