El Concejo define la promoción a la producción de bebidas espirituosas

El Concejo define la promoción a la producción de bebidas espirituosas

El expediente llega al recinto con dictamen unánime de comisiones. Fue propuesto por el gobierno de Montenegro y lo respalda la oposición.

El Concejo Deliberante tratará hoy en sesión ordinaria el proyecto de ordenanza para instituir un régimen de promoción en la elaboración, distribución y comercialización de bebidas espirituosas artesanales.

La iniciativa, impulsada por el intendente Guillermo Montenegro y el secretario de Desarrollo Productivo, Fernando Muro, llega con dictamen de comisión después de haber sido aprobada por unanimidad en las de Industria, Obras y Legislación.

La ordenanza aclara que la producción de estas bebidas deberá ser realizada de acuerdo a lo estipulado por el Código Alimentario Argentino, por cuenta propia del productor, en pequeña escala.

Un requisito es que sea ejecutada “fundamentalmente de modo manual, sin o con ayuda de maquinaria cuyo empleo no implique prescindir de la mano de obra directa, incorporando un valor diferencial positivo respecto de sus homólogos industriales”.

Estará comprendido en el régimen el destilador artesanal que elabora bebidas alcohólicas directas mediante alambiques o aparatos similares, siempre que su producción anual no exceda los 100.000 litros de alcohol puro.

Además, el Código de Ordenamiento Territorial (COT) permitirá establecimientos gastronómicos con elaboración de bebidas espirituosas, así como ya avala la de cervezas. Será para consumo exclusivo en el local, por lo que no podrán ser embotelladas para su posterior distribución y comercialización. Será condición necesaria disponer para tal fin de un ámbito independiente de superficie mínima de 16 metros cuadrados.

Los establecimientos destinados a la producción de bebidas espirituosas artesanales podrán incorporar un área de degustación, comercialización y promoción del producto, en cuyo caso también será condición necesaria disponer de un ámbito independiente.

Las industrias y establecimientos gastronómicos que pretendan acogerse a la ordenanza deberán cumplimentar toda la normativa nacional, provincial y municipal en materia de seguridad.

También tendrán que tramitar el certificado final en condiciones de extinción emitido por el Cuartel de Bomberos de la Provincia de Buenos Aires.

La Municipalidad podrá exigir medidas de seguridad complementarias de acuerdo al riesgo ponderado para cada establecimiento.

En el mismo sentido, la norma creará un registro en el que deberán inscribirse todos los productores de bebidas espirituosas artesanales.

Comentá la nota