Seguridad: Diputados podrá debatir sobre el veto a la ley de emergencia

En el Senado, el veto fue aceptado por la mayoría justicialista, pero entre los diputados opositores hay dudas sobre las enmiendas del Ejecutivo. La Constitución las menciona.
El gobernador Antonio Bonfatti habilitó, para la Cámara de Diputados, el tratamiento del veto parcial (con enmiendas) sobre la ley que declara “en emergencia” la seguridad en la provincia.

El Senado santafesino, antes de que terminara el período ordinario de sesiones, aceptó las modificaciones impuestas por el mandatario provincial que recortó buena parte de la norma (aprobada sólo por la mayoría opositora de ambas Cámaras) y además introdujo cambios en el texto sancionado por la Legislatura el 1º de noviembre.

La ley (que obviamente no ha logrado su promulgación porque sigue en debate) pretendía crear una serie de procedimientos especiales para enfrentar la inseguridad, sobre todo en el plano administrativo, con facultades extraordinarias para que el Ejecutivo dispusiera de mecanismos más ágiles (pero con menos controles) para comprar los bienes que -por ejemplo- necesita la Policía. Además, la norma partía de reconocer que la provincia se encuentra “en emergencia” en esa materia, cuestión que el oficialismo siempre rechazó en el debate.

Los senadores del PJ -divididos en dos bloques pero con criterios uniformes, debatidos internamente- aceptaron tanto el veto como la nueva redacción propuesta por Bonfatti y pasaron el tema a los diputados (a sabiendas de que sólo el Ejecutivo podría habilitarles el tema). La aceptación se produjo el viernes 30 de noviembre. El veto del Ejecutivo había sido enviado unos pocos días atrás, el 23 de ese mes.

Más ruido

Todo indica que en la Cámara Baja el veto del Ejecutivo hará más ruidos que en la de Senadores. Es curioso porque ésta ha sido la Cámara de origen y aquélla la revisora.

En otras palabras, el proyecto de ley para dar a la seguridad el título de “en emergencia” es una idea que nació entre los senadores peronistas. Muchos soñaban -incluso desde que gobernaba Hermes Binner- con colgarle esa definición al problema que enfrenta la sociedad.

Uno de los integrantes de la oposición en la Cámara de Diputados, Eduardo Toniolli, del Bloque Movimiento Evita, ha criticado el procedimiento de las enmiendas en el veto.

Es que además de tachar artículos (como ocurre con cualquier veto parcial), el gobernador Bonfatti y sus ministros reescribieron la norma parcialmente, al formular “enmiendas”.

Toniolli integra uno de los nueve bloques del peronismo, siete de ellos, como el legislador, son kirchneristas. A esa corriente del PJ corresponde la mayoría en Diputados. “Este veto con enmiendas es, dicho esto entre comillas, un veto propositivo”, sostuvo el diputado.

“Lo que nos plantea el gobernador es un precedente constitucional muy peligroso, porque no sólo veta una ley, con la que podemos estar de acuerdo o no, pero también legisla, es decir que avanza sobre las facultades del Poder Legislativo”, advierte el legislador.

El texto constitucional

El artículo 59 de la Constitución Provincial define el mecanismo del veto a los proyectos de ley.

Primero explica que “vetado en todo o en parte un proyecto por el Poder Ejecutivo, vuelve con sus observaciones a la Cámara de origen, la que, si en votación nominal lo confirma por mayoría de dos tercios de los votos presentes, lo remite a la Cámara revisora, y si ésta también se expide de igual manera, el proyecto queda convertido en ley y se comunica al Poder Ejecutivo para su promulgación”.

En cambio, “si ambas Cámaras no insisten con dicha mayoría, el proyecto no puede repetirse en las sesiones del año”. Y el mismo párrafo agrega: “Si el veto ha sido parcial y las Cámaras aprueban por simple mayoría las enmiendas propuestas por el Poder Ejecutivo, el proyecto, con éstas, queda convertido en ley”, es en ese contexto que el texto constitucional habilita el mecanismo de las enmiendas al gobernador.

El artículo dispone en cuanto a los plazos que “la Legislatura debe pronunciarse sobre el veto del Poder Ejecutivo dentro del término de un mes de comunicado, o, en su caso, de iniciado el período ordinario de sesiones; en su defecto, se considera rechazado el proyecto”.

Una parte del 59 es para la Ley de Presupuesto que está en debate (y en la agenda de Senadores). “El veto parcial de la ley de presupuesto no implica la necesidad de devolverlo totalmente a la Legislatura y puede promulgarse en las partes no observadas”.

Comentá la nota