Obras sociales: el Gobierno promete corregir los cambios en la reglamentación

Obras sociales: el Gobierno promete corregir los cambios en la reglamentación

Es porque como está el decreto, cada trabajador debería cambiar de cobertura cada vez que cambia de actividad.

“Si cambias de actividad, cambias de obra social. Se adoptó esa medida pensando en la sustentabilidad del sistema porque, a través de los traspasos de afiliados, recursos del sector se derivan a las prepagas. Y se desfinancia el sistema que, además, a través de un Fondo especial se hace cargo de los tratamientos de alto costo al que las prepagas no aportan, como sí hacen las obras sociales. Los problemas que puedan surgir con los afiliados se corregirán en la reglamentación del decreto”.

Este es el argumento oficial central del decreto N°438/2021 que, en acuerdo con la CGT, dispuso que “los trabajadores y las trabajadoras que inicien una relación laboral deberán permanecer un año en la Obra Social correspondiente a la rama de su actividad antes de poder ejercer el derecho de opción de cambio”.

Sin embargo, el decreto no contempla los problemas, inconvenientes y perjuicios en la atención médica que implica todo cambio de obra social.

En la actualidad, sobre 20 millones de beneficiarios de las obras sociales (titulares más familiares a cargo e incluyendo el PAMI)- se estima que 4,5 millones tienen los servicios médicos de empresas de medicina privada a través de una obra social. Los afiliados voluntarios a las prepagas - sin pasar por una obra social- suman 1,5 millón.

Esto es posible porque esos trabajadores se traspasaron a determinadas obras sociales que tienen convenios o acuerdo con prepagas. Así esas obras sociales reciben los aportes de esos “nuevos" afiliados quienes pasan a recibir los servicios médicos de las prepagas.

Si el aporte del trabajador no alcanza para cubrir el costo del plan de la prepaga, el afiliado abona la diferencia – por fuera del sistema- y tiene la ventaja de que lo puede deducir hasta un 5% de su ingreso de la base imponible del impuesto a las Ganancias.

En general, los que se traspasaron son trabajadores de mejores ingresos que pueden cubrir con su aporte la totalidad o buena parte del plan prepago. Por eso, la CGT dice que se trata de un “descreme” del sistema.

Los datos de la Superintendencia de Servicios de Salud, desde que está vigente el régimen de traspasos (mayo 1998) muestran la intensidad y el ránking de esos traspasos.

Encabeza la lista, la Obra Social del Personal del organismo de control externo (OSPOCE), con 384.735 altas. Le sigue la Obra social de Petroleros, con 347.945. La Obra Social Comisarios Navales, con 333.844. Y Personal del Automóvil Club Argentino, con 320.270.

Así obras sociales de gremios de actividades con pocos trabajadores tienen ahora una mayor cantidad de afiliados favorecidos por los traspasos. Y esos afiliados, si cambian de actividad, dejarán de pertenecer a esas obras sociales y pasarán a la obra social de la nueva actividad.

Esto explica la reacción de las empresas de medicina privada. Y también de esos afiliados ante la eventualidad de un cambio laboral de actividad. Es que el cambio de obra social puede implicar otras clínicas y/o profesionales, que por distintas razones, no son convenientes para el trabajador y su familia.

Eso mismo es válido para todos los trabajadores en relación de dependencia, hayan derivado o no sus aportes a una obra social vinculada a la prepaga. Porque con cada cambio de actividad, automáticamente el trabajador y su grupo familiar abandonan la obra social que tienen y pasan a la de la nueva actividad.

De esa manera, según el Gobierno, el decreto apunta a la sustentabilidad del sistema, pero no contempla los perjuicios que implica para el afiliado y su familia cambiar de clínicas y de médicos, más aún entre quienes tienen tratamientos prolongados.

Ante esta realidad, se descuenta que habrá reclamos judiciales de todo tipo. Y previendo la litigiosidad que se abre, en el Gobierno prometen “corregir” en la reglamentación lo que sea necesario.

Una variante es que esa medida no se aplique a los trabajadores que ya ejercieron una opción de cambio y en esos casos puedan mantener la obra social que eligieron, aunque cambien de actividad. O que no se aplique a los afiliados que están con tratamientos de alta complejidad.

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