“Las obras sociales están obligadas a cubrir la prestación”

“Las obras sociales están obligadas a cubrir la prestación”

La Superintendencia de Servicios de Salud hizo público un comunicado en el que informa tanto a los agentes del seguro de salud (Obras Sociales) como a entidades de Medicina Prepaga que, “ante la pandemia de Covid actualmente vigente, tienen la obligación de cubrir en todo el país la totalidad de los tratamientos que requieran los pacientes con casos sospechosos o confirmados de haber contraído la enfermedad. 

Ante frecuentes denuncias presentadas por usuarios que debieron someterse a pruebas de laboratorio para la determinación de Covid, la Superintendencia de Servicios de Salud hizo público un comunicado en el que informa tanto a los agentes del seguro de salud (Obras Sociales) como a entidades de Medicina Prepaga que, “ante la pandemia de Covid actualmente vigente, tienen la obligación de cubrir en todo el país la totalidad de los tratamientos que requieran los pacientes con casos sospechosos o confirmados de haber contraído la enfermedad. Esta obligación incluye, la realización de tests diagnósticos (PCR y/u otros), traslados, medidas de aislamiento, internaciones, etc”.

“Las Resoluciones Nº 326/2020 - SALUD y 1095/2020 - SSSALUD, establecen los módulos prestacionales de atención de casos sospechosos y confirmados de COVID-19 y los valores de reintegro a que podrán acceder los Agentes del Seguro de Salud que los brinden”, detallaron desde la Superintendencia para quienes estén interesados en consultar la reglamentación.

“Lamentamos que, en el marco de la grave situación socio sanitaria que atravesamos debido a la pandemia a algunos beneficiarios y/o usuarios se les limite el acceso a las prestaciones o se los derive a los servicios del sistema público”, dijeron desde la entidad.

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