El Grupo Clarín no descansa en su batalla contra la Cooperativa Popular de Electricidad: este domingo una amplia zona de Santa Rosa recibió la promoción para acceder a "Fibertel". Un juez que ya falló varias veces a favor de Clarín, prohibió la difusión de un spot del Estado explicando la situación legal de esa empresa.
Esa exposición se da en medio de una virulenta pelea contra la Cooperativa Popular de Electricidad, y mientras afronta consecuencias por determinados procederes ilegales, tanto ante la Justicia pampeana como ante la Municipalidad y organismos nacionales.
En las casas de algunos barrios santarroseños aparecieron hoy las promociones, envueltas en papel de nylon: son cartillas en las que se explican las bondades de sumarse a la propuesta del Grupo Clarín.
Fibertel es una firma cuya legalidad está en disputa: el gobierno nacional asevera que no tiene el permiso correspondiente para prestar el servicio, aunque una de las tantas presentaciones judiciales del Grupo Clarín mantiene en situación provisora las decisiones.
"Hay una noticia para vos", es el slogan con que Cablevisión presenta puerta a puerta su propuesta, también difundida -por ejemplo- en generosas páginas a todo color en el mismo diario La Arena que la semana pasada se negó a publicar una solicitada argumentando que significaba un ataque a las instituciones locales.
Mientras tanto, la empresa disfruta de una nueva medida del juez Edmundo Carbone, quien prohibió que siga saliendo al aire en el espacio "Fútbol para Todos" un video en el que el Estado explica la situación legal de esa firma para alertar a sus usuarios de la posibilidad de que sean perjudicados.
La extraña medida judicial la tomó un magistrado que ya falló en otros casos de manera curiosa, también en beneficio del Grupo Clarín. Carbone es un juez que fue funcionario de distintas dictaduras militares y llegó al cargo actual justamente en el último gobierno dictatorial que tuvo la Argentina.
Respecto de su decisión de prohibir la emisión del spot explicativo, en el diario Página/12 de hoy, Horacio Verbitsky señala textualmente:
El juez Edmundo Carbone prohibió al Estado Nacional y a los canales de televisión que transmiten “Futbol para todos” mencionar a Fibertel, la proveedora de servicios de Internet del Grupo Clarín cuya licencia caducó.
La insólita sentencia, que no sólo censura el anuncio ya emitido, sino cualquier otro futuro, invoca la legislación sobre propiedad industrial y los acuerdos al respecto de la Organización Mundial de Comercio.
Omite en cambio los tratados internacionales de Derechos Humanos, la Constitución Nacional, las leyes internas y la abundante doctrina y jurisprudencia sobre libertad de expresión.
En el caso de la prohibición en Chile de proyectar la película de Martín Scorsese “La última tentación de Cristo”, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dijo que “el ejercicio de la libertad de pensamiento y de expresión no puede estar sujeto a censura previa”, que los estados deben “proteger y fomentar el acceso a información” para “fortalecer la democracia pluralista” y que sólo pueden imponer restricciones mediante “responsabilidades ulteriores, la regulación del acceso de los menores a los espectáculos públicos y la obligación de impedir la apología del odio religioso”.
Lo mismo dijo la Comisión Interamericana en el caso del periodista chileno Francisco Martorell, autor de un libro sobre las festicholas de los grandes empresarios de su país. Alto funcionario del ministerio del Interior durante las dictaduras de Juan Onganía y Jorge Videla, Carbone tiene experiencia al respecto, incluso con la propia película de Scorsese, cuya visión en la Argentina prohibió en 1996.
El principal experto argentino en libertad de expresión y derecho a la información, Damián Loreti, se pregunta por qué una marca comercial contaría con mayor protección que el credo católico y que la intimidad de las personas. Para construir su resolución, Carbone invocó jurisprudencia sobre marcas, según la cual no es admisible que “la publicidad trate de denigrar o desacreditar a la marca del competidor”, como haría “el comercial” sobre Fibertel.
Pasa por alto que los organismos regulatorios del Estado Nacional no son competidores de las empresas y que la comunicación al público sobre Fibertel no es un aviso comercial, sino una información a los usuarios y consumidores de servicios, garantizada en forma explícita por el artículo 42 de la Constitución Nacional. Se espera un pronunciamiento de las defensoras de la libertad de expresión Silvana Giudici y Elisa Carrió contra este acto de censura.




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