El máximo tribunal indicó que la Ciudad debía garantizar "una solución habitacional" adecuada a una madre boliviana y a su hijo discapacitado.
Néstor Espósito
El gobierno de la Ciudad de Buenos Aires aún no cumplió con el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que hace casi nueve meses le ordenó que garantizara "una solución habitacional" a una ciudadana boliviana residente en la Argentina, madre de un hijo discapacitado y en situación de calle.
Tanto es así que la jueza en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Lidia Lago habilitó la feria judicial a pedido de las defensoras oficiales de Sonia Yolanda Quizberth Castro, la mujer a la que la Corte Suprema dispuso otorgarle una vivienda, para evitar más pérdidas de tiempo.
Pese al fallo del máximo tribunal, firmado el 24 de abril de 2012, Quizberth Castro "continúa viviendo en una habitación de hotel que no reúne las condiciones adecuadas para la patología del niño". Ello, gracias a medidas cautelares que la rescataron de la intemperie en la intersección de las calles Brasil y Pichincha, en el barrio de Parque Patricios.
Aquel fallo de la Corte Suprema, firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, mediante un voto común, más los votos concurrentes de Carmen Argibay y Enrique Petracchi, fue la secuela de una larga discusión judicial que incluyó una audiencia pública en la que la entonces ministra de Desarrollo Social local y hoy vicejefa de gobierno, María Eugenia Vidal, responsabilizó al gobierno nacional por la situación de calle que atravesaban unas 1300 personas en territorio porteño. Fue el 15 de setiembre de 2011, en el cuarto piso del Palacio de Tribunales. Aquella mañana la vicepresidenta de la Corte, Elena Highton de Nolasco, interrumpió la explicación de Vidal y le preguntó: "¿Ustedes no actúan sobre la gente más pobre si no es con orden judicial?"
Finalmente, la máxima instancia judicial determinó que el gobierno de la Ciudad de Buenos Aire debía suministrarles a la mujer y su hijo "un alojamiento con condiciones edilicias adecuadas, sin perjuicio de contemplar su inclusión en algún programa de vivienda en curso o futuro para la solución permanente de la situación de excepcional necesidad planteada".
El pequeño Jordi, hijo de Quizberth Castro, padece una discapacidad motriz, visual, auditiva y social producida por una encefalopatía crónica no evolutiva. Necesita de una infraestructura especial para afrontar ese cuadro de salud, calificado como de "extrema gravedad". El fallo sostenía que "se encuentran involucrados también aspectos relativos a la situación en la sociedad de los discapacitados y la consideración primordial del interés del niño".
Los jueces de la Corte sentenciaron que "la actora y su hijo menor de edad son habitantes y residentes de la Ciudad de Buenos Aires" y que "su situación personal, económica y social no les permite, pese a sus razonables esfuerzos, procurarse los medios para acceder a un lugar para vivir, con las condiciones mínimas de salubridad, higiene y seguridad necesarias para preservar su integridad física, psíquica y moral".
Después de aquel fallo, la causa retornó a la Justicia de la Capital Federal, el 21 de mayo de 2012. Pero el gobierno porteño no cumplió. Según surge del expediente 29391/0, al que tuvo acceso Tiempo Argentino, las abogadas Graciela Christe (defensora General Adjunta en lo Contencioso Administrativo y Tributario) y María Cecilia González de los Santos (titular de la Defensoría número cuatro) pidieron a principios de enero la habilitación de la feria "para convocar a una audiencia entre las partes a los efectos de generar las condiciones para dar satisfacción a la sentencia de la Corte".
La jueza Lago aceptó el pedido: "Resulta evidente el perjuicio que le ocasiona a la actora el incumplimiento de la sentencia recaída en autos, de no habilitarse la feria judicial y demorar el trámite del proceso hasta la culminación del receso en curso".
En ese contexto, reclamó a la Dirección General de Administración de Bienes que "precise si los inmuebles que figuran sin ningún 'uso principal' ni 'específico' o 'en análisis', entre los que se mencionan inmuebles en propiedad horizontal, alguno de ellos sería apto para vivienda". En otras palabras, son las defensoras oficiales y la propia damnificada quienes están buscando, entre los inmuebles disponibles u ociosos de la Ciudad, uno que se adecue a las necesidades del pequeño discapacitado.
De hecho, habían encontrado uno en la calle Baigorria 3513/15 que parecía reunir las condiciones, por lo que la jueza Lago ordenó suspender su subasta en noviembre pasado. Pero un mes más tarde levantó la prohibición porque comprobó que "no resulta apto para satisfacer la condena" del máximo tribunal.
La jueza también remitió un oficio al Instituto de la Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires (IVC) preguntando "si existe algún programa de vivienda en el que pueda ser incluida la actora y su hijo, en los términos de la sentencia dictada por la Corte".
Hasta ahora, hubo cuatro propuestas de parte del gobierno porteño, pero ninguna cumplió con los requisitos fijados por el médico psiquiatra y la pediatra de Jordi. Desde la Defensoría informaron que el martes hay una nueva inspección ocular. «
antecedentes: camino de sirga y aborto no punible
No es el único fallo de la Corte Suprema de Justicia que el gobierno de la Ciudad ha decidido no cumplir. En 2008, el máximo tribunal ordenó a la Nación, a la provincia de Buenos Aires y al distrito gobernado por Mauricio Macri aplicar un programa de políticas públicas relativas al denominado Camino de Sirga, con el objetivo de sanear integralmente la Cuenca Matanza-Riachuelo. A pesar de que la sentencia era obligatoria, el gobierno porteño ha venido incumpliendo con la relocalización de los habitantes y con los plazos establecidos. A esto se suma que no ha habido un compromiso explícito por parte del Instituto de la Vivienda de la Ciudad (IVC) para dar respuesta a las necesidades de infraestructura básica que deberían tener las viviendas que ocupen las personas desalojadas. Son alrededor de 1000 familias de la Villa 21/24 las que deberían ser relocalizadas. Tampoco fueron realizados los aportes previstos para el presupuesto de la ACUMAR, la autoridad de ejecución del programa. A su vez, no ha habido avances en cuanto a la fiscalización y control de la contaminación, ya que alrededor de 300 empresas situadas en la Ciudad que operan en las márgenes no presentaron el Plan de Reconversión Industrial. El acceso a la información pública también brilla por su ausencia, denunciaron diputados de la oposición.
Pero la Ciudad también ha enfrentado a la Corte en cuanto a la disposición de las condiciones bajo las cuales se deben llevar a cabo los procedimientos de aborto no punible en los hospitales públicos. A pesar de que la Corte ordenó la práctica a nivel nacional, el Ministerio de Salud porteño diseñó un protocolo que no respeta las prerrogativas que fijaron los Supremos para respetar las condiciones que la ley manda en el tratamiento de las mujeres que deben someterse a un aborto no punible.





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