El eje de la estrategia jurídica del Ejecutivo es convencer al juez que la administración debe quedar en manos del órgano de contralor de sociedades a nivel provincial. El DNU de intervención, ¿abstracto?
Después de la marcha atrás, el Gobierno no solo apuesta todas sus fichas al “Plan Perotti”, sino que también le prende una vela al concepto “interés público” para lograr conmover al juez civil y comercial de Reconquista Fabián Lorenzini y tener éxito en la aventura que emprendió en el caso Vicentin. El viernes, tras la resolución judicial que se autodenominó “autosatisfactiva” pero que fue en realidad una medida cautelar maquillada, aterrizaron en el escritorio de Alberto Fernández varias opciones.
Ninguna invitaba a no acatar aquello que había dispuesto el juez del concurso, ni siquiera por haber trazado una diagonal en la que se declaraba incompetente respecto al DNU presidencial que ordenaba la intervención de la cerealera y la degradación a veedores de quienes había presentado como nuevos administradores por el Estado. Pregunta: Si el juez derivó el planteo de inconstitucionalidad al DNU para el fuero contencioso administrativo federal, ¿es de suponer que quedará abstracto al haber cambiado de estrategia el Gobierno? ¿O aun así podría ser tachado de inconstitucional por haber pretendido ingresar al concurso de acreedores ya abierto, en una suerte de “DNU judicial”? Puede surgir un martes 13 en el medio del proceso.
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Como sea el juez salió del brete haciendo la comidilla de los procesalistas y le dio a la política 60 días de vigencia para su “cautelar” -disfrazada de autosatisfactiva, lo que deja nulo margen de apelación y de defensa, pero que no cerraba el pleito- para que resuelvan la ley de expropiación en el Congreso. Para entonces nadie encontraba en el Código Procesal de Santa Fe la medida autosatisfactiva como norma. El Gobierno, en horas, dio un golpe de timón de 180 grados y volvió al momento anterior al anuncio en conferencia de prensa. Abrió los canales de negociación con el juez que no había siquiera buscado hasta ese día. Lo llamaron solo para avisarle que el DNU no llegaba sino hasta las 10 de la mañana, cuando habían pasado más de 12 horas del anuncio. Ningún abogado ligado al Grupo Vicentin se apersonó en las “dos primeras”.
Y allí surgió el plan de involucrar a la Inspección General de Personas Jurídicas de Santa Fe, con la esperanza de que Lorenzini la acepte y desplace del directorio a los delegados de Vicentin, Nardelli y Padoan. Eso obligaría a designar tres directores-administradores, pero dentro del proceso concursal, apelando al artículo 301 y 303 de la Ley General de Sociedades que faculta a la autoridad de contralor para “ejercer funciones de vigilancia en las sociedades anónimas” en tanto “lo considere necesario, según resolución fundada, en resguardo del interés público”. En esas dos últimas palabras está clave del éxito de la propuesta en términos jurídicos. Para le ley, ese órgano de control es local, por lo tanto recae en la IGPJ de Santa Fe, el “Plan Perotti”.
En el fondo, la discusión será para que Lorenzini pondere si existe o no “interés público” en el salvataje a Vicentin dentro del marco del concurso y con la propuesta provincial que, en términos técnicos, luce sólida según los primeros análisis. Pero el concepto que guía la norma no tiene una definición taxativa y puede ser intuitiva, lo que abre cierto margen de discrecionalidad en los jueces que los deben mensurar. Sería el bien común, un concepto vaporoso.
Para la doctrina jurisprudencial, incluso la de la Corte Suprema, el criterio se adopta por la negativa: lo que no logra exceder el interés individual de las partes de un litigio, no puede ser considerado “público”. El problema suele ser que la calificación no es materia judicial. Es decir, que su definición está dada por lo general o por el poder administrador o por el legislativo que le asigna esa cualidad. A primera vista, no queda claro si la solución para Vicentin es de interés público, pero el problema que genera su caída es colectivo: productores, banca pública y privada, trabajadores, economía regional de tres provincias. Excede la nómina de acreedores inscriptos en el concurso. ¿Hay chance además de que la empresa haya operado compras en “negro” a productores que han quedado mirando de afuera el concurso?
Santa Fe argumentó en el escrito que Vicentin es “fundamental” para la población y ya corrió el riesgo de rotularlo de “interés público”. Lorenzini –según sus atribuciones- tiene el camino de verificar la legalidad del proceso y esto implica no ir más allá de los requisitos formales de admisibilidad y darle curso. Sería solo el primer paso, para tomar control de la empresa y desplazar a los accionistas. Luego quedaría el tortuoso camino del concurso para ver qué trozo repartir.
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