El Emsur contra Leitao: “Sus manifestaciones son falaces y están dirigidas a comprometer la responsabilidad de la Municipalidad”

El Emsur contra Leitao: “Sus manifestaciones son falaces y están dirigidas a comprometer la responsabilidad de la Municipalidad”

El ente rechazó el reclamo de su expresidente para cobrar vacaciones no gozadas. Sostuvo que el beneficio no corresponde para los funcionarios políticos.

El levantamiento de la feria judicial estival reactivó varias de las causas que se siguen de cerca desde la política marplatense. Entre ellas, las que llevan adelante el intendente Carlos Arroyo y exfuncionarios para cobrar vacaciones adeudadas son unas de las más notorias, donde en las últimas horas hubo novedades.

El Ente Municipal de Servicios Urbanos (Emsur) cuestionó en duros términos la demanda presentada por su extitular, Eduardo Leitao, uno de los impulsores de las excursiones judiciales por la que en su caso busca una compensación cercana a los $840 mil, sin considerar intereses, por las licencias no tomadas en 2018 y 2019.

“La realidad de los hechos no coincide en absoluto con el relato de la parte actora. Sus manifestaciones son falaces y están dirigidas a comprometer la responsabilidad de la Municipalidad de General Pueyrredón”, expuso el Emsur en la contestación a demanda anexada al expediente el pasado viernes. En octubre pasado, había sido la Administración Central de la Municipalidad de General Pueyrredon la que también había rechazado la petición de Leitao, aunque en una respuesta netamente técnica.

Al ser codemandado, los abogados del Emsur formularon el descargo en una presentación avalada por la actual conducción en cabeza de Sebastián D´Andrea. “Se ha dejado expresamente establecida la naturaleza de la relación laboral del reclamante donde no se está ante la presencia de un agente municipal y por consiguiente su relación no se encuentra regulada por la Ley Nº 14.656”, expuso el ente, en sintonía con la línea desplegada por la Comuna en el resto de las causas de similar tenor.

“Muy por el contrario, la propia ley excluye del régimen a todos los funcionarios superiores y/o personal con designación política de los Departamentos Ejecutivo y Legislativo, todo ello bajo el juego armónico de los arts. 65,66 y 67”, agregó, planteando de ese modo que al personal político no le corresponde el cobro de vacaciones no gozadas, como en el caso de un trabajador municipal corriente.

La causa que lleva adelante el Juzgado Contencioso Administrativo N°1 se inició a comienzos de 2021 luego que la Municipalidad rechazará administrativamente el reclamo de Leitao por considerar que el beneficio no corresponde a autoridades políticas.

En la visión de la Municipalidad, “este tipo de funcionarios resultan ser ´auxiliares del Intendente´, y carecen de obligación de cumplir con un régimen horario preestablecido y de subordinación jerárquica, no poseen un sistema de control de ausentismo ni de estabilidad laboral en los cargos y están excluidos del régimen disciplinario”.

Asimismo, se trajo a recuerdo lo resulto por la Asesoría General de Gobierno en casos similares, donde dictaminó que las vacaciones existen con un objetivo: “...el goce real y efectivo del descanso temporal acordado...” Asimismo, dicho organismo provincial descarta “...toda posibilidad de que (el monto correspondiente a vacaciones) se transforme en un motivo para incrementar el salario, percibiendo el importe respectivo del lapso vacacional sin gozarlo real y efectivamente.”

El 2 de noviembre de 2019 el citado organismo también señaló que “...las vacaciones anuales revisten carácter netamente personal, siendo su finalidad sanitaria y por ende social. Ello implica que la licencia anual debe cumplir con el objetivo perseguido, esto es, el goce real y efectivo del descanso temporal acordado, evitando que su compensación monetaria se transforme en un motivo para incrementar la remuneración del agente”.

Leitao no es el único exfuncionario que llevó su caso a la Justicia, sino que el propio Carlos Arroyo avanzó en el mismo sentido con una demanda presentada en junio de 2021 para cobrar una suma superior al millón de pesos, sin intereses. En este caso, la causa la tramita el titular del Juzgado Contencioso Administrativo N°2, Marcelo Fernández, y se esperan novedades para las próximas semanas.

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