El Gobierno profundiza las medidas y las sanciones a supermercados para evitar aumentos en los precios

El Gobierno profundiza las medidas y las sanciones a supermercados para evitar aumentos en los precios

Habrá prisión y anulación de la concesión y deberán publicar los precios al 6 de marzo en todas sus sucursales, ordenados por producto y alfabéticamente

El Gobierno salió a profundizar las medidas ya tomadas para evitar los aumentos en los precios y asegurar el abastecimiento de mercadería en las grandes cadenas de supermercados y autoservicios mayoristas, almacenes, mercados, mini mercados farmacias de todo el país.

La decisión fue tomada luego de haberse analizado los resultados que dieron los controles y las inspecciones llevadas a cabo en esta última semana que pasó por parte de inspectores de la Secretaría de Comercio Interior y de funcionarios de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Entre las nuevas medidas se destacan la obligación de publicar en todas sus sucursales los listados de los entre 1.500 y 2.000 productos divididos en 50 categorías que fueron incluidos en la obligación de bajar sus precios al 6 de marzo pasado, como los del alcohol en gel, cuyo valor no podrá superar el que tenía al 15 de febrero.

A esto se le sumara la profundización de las sanciones que se aplicarán a los comercios que no cumplan con estas medidas dispuestas por el Ministerio de Desarrollo Productivo para establecer límites a los excesos que se advirtieron en el marco de la pandemia del coronavirus.

En este punto, fuentes oficiales adelantaron que las penas serán cada vez más duras, no solamente monetarias sino también penales. Aseguran que aplicarán los máximos permitidos por la Ley de Defensa del Consumidor que permite hasta $20 millones en multas, prisión de cinco años para los responsables y también la caducidad de los permisos para operar.

Te puede interesarGolpe fulminante: Disney mantendrá cerrados sus parques indefinidamente

Esto se debe a las constantes denuncias que siguen recibiendo los funcionarios sobre fuertes incrementos de precios durante los últimos días, a pesar de las advertencia ya lanzadas en contra de quienes especulan con las necesidades generadas por la emergencia sanitaria que causó el virus.

De hecho, en las primeras nueve jornadas del operativo conjunto lanzado por la AFIP y Comercio Interior se desplegaron 2.300 agentes que constataron una gran cantidad de irregularidades en los controles que llevaron a cabo en 1,605 supermercados, farmacias, autoservicios, fábricas y mayoristas.

"Los funcionarios estuvieron en todo el país buscando evitar abusos de precios y garantizar la disponibilidad de productos fundamentales como alimentos, bebidas, artículos de limpieza y elementos de higiene y cuidado de la salud", explicaron desde la agencia tributaria que dirige Mercedes Marcó del Pont.

En el primer balance de sanciones, se realizaron ya ocho clausuras preventivas en un mayorista, tres comercios de cercanía y cuatro farmacias y se obligó a corregir más de 1000 precios en góndola.

Sólo el jueves pasado, en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires se fiscalizaron 30 mayoristas de distintas cadenas y se constató que todos incurrían en infracciones por lo cual debieron rectificar los precios conforme al listado de valores máximos de referencia. En el resto del país se realizaron 157 controles y se llegó a la conclusión de que ocho de cada 10 comercios presentaron infracciones por superar precios máximos de referencia. Por eso también se los obligó a retrotraer los precios al 6 de marzo.

Te puede interesarNegocios en tiempos de coronavirus: qué emprendimientos ganan terreno con la cuarentena

"Son demasiadas las infracciones que se han evidenciado, lo cual necesita de un endurecimiento en los controles y las medidas", adelantaron los funcionarios consultados por iProfesional.

Por eso y como primera medida, a partir de este domingo 29 de marzo, los comercios tendrán la obligación de poseer, en cada uno de sus puntos de venta, los listados de los precios vigentes al 6 de marzo para cada producto.

"Dichos listados deberán corresponder al punto de venta específicamente y no tratarse de un listado genérico en el caso de cadenas de establecimientos", se aclara en la resolución conocida este sábado.

En el caso de las farmacias, la medida es similar con la salvedad de que el precio que deben publicar es el que tenía el alcohol en gel el 15 de febrero. Y tanto supermercados, mayoristas y farmacias tendrán que cumplir con otra obligación que es la de agrupar los listados de precios por categoría y por orden alfabético.

También tendrán que contener los siguientes datos:

Te puede interesarTechint despedirá a 1.450 empleados en medio de la cuarentena por el coronavirus

a) CUIT de la empresa, razón social y nombre o denominación comercial

b) Ubicación del punto de venta, con domicilio completo

c) Código EAN o equivalente sectorial del producto;

d) Precio de venta al 6 de marzo establecidos en la Resolución N° 100/20 o al 15 de febrero en el caso de los establecidos por la Resolución N° 86/20, ambas de la Secretaría de Comercio Interior.

"En todos los casos, los listados tendrán carácter de declaración jurada y deberán estar disponibles para ser cotejados y/o analizados por los funcionarios autorizados para realizar las inspecciones o cualquier otro requerimiento que las autoridades de aplicación pudieran solicitar en el marco de la presente emergencia sanitaria", advierte la resolución de Desarrollo Productivo.

Esta semana y para detectar el cumplimiento de las nuevas medidas, los inspectores de la AFIP y de Comercio Interior seguirán con los controles de los precios a partir de las planillas elaboradas.

Si durante la recorrida detectan incumplimientos, solicitan que la empresa retrotraiga los precios y si se niegan se les aplica una "clausura preventiva", a pesar de que no es el objetivo del Gobierno pero que se lleva a cabo a partir de la intransigencia de las empresas para cumplir con las normas.

Cuando se llega a ese punto se intenta garantizar que no se afecte a las y los consumidores por lo cual las clausuras son temporales y se les da un plazo de hasta cuatro horas para modificar los precios antes de que los inspectores regresen para verificar la corrección2", explican desde la AFIP.

Comentá la nota