Vaca Muerta: Ordenan a YPF que brinde más información sobre el acuerdo con Chevron

Vaca Muerta: Ordenan a YPF que brinde más información sobre el acuerdo con Chevron

La empresa argentina recibió un plazo máximo de diez días hábiles para entregar los documentos.

 

La jueza María José Sarmiento, titular del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11, hizo lugar a una acción de amparo iniciada por el diputado nacional Manuel Garrido y ordenó a YPF que en el plazo de 10 días hábiles judiciales entregue al legislador lainformación que fuera solicitada.

Los datos requeridos tiene que ver con el acuerdo de la petrolera estatal con Chevron para la explotación de Vaca Muerta, en Neuquén. Se trata de información que se había reclamado el 29 de mayo pasado al presidente y gerente general, Miguel Galuccio, respecto al acuerdo firmado por la explotación de Vaca Muerta mediante el decreto 1172 del año pasado.

Desde la compañía argumentaron falta de legitimidad de Garrido para reclamar, y que lainformación es reservada para las partes. La jueza Sarmiento en primer término resolvió que sí tiene legitimidad para Garrido, quien invocó el derecho de acceder a información pública, consignó la agencia Noticias Argentinas.

Sarmiento, en la resolución publicada por el Centro de Información Judicial, expresó que el artículo 15 de la ley 26.741 prevé que "para el desarrollo de su actividad, YPF Sociedad Anónima y RepsolYPF Gas S.A., continuarán operando como sociedades anónimas abiertas" y "no siéndole aplicables legislación o normativa administrativa alguna que reglamente la administración, gestión y control de las empresas o entidades en las que el Estado Nacional o los Estados provinciales tengan participación".

"En efecto, que a YPF no le sea aplicable "legislación o normativa administrativa alguna que reglamente la administración gestión y control de las empresas o entidades en las que el Estado nacional o los Estados provinciales tengan participación", no puede implicar que se la excluya del ámbito del derecho a la información pública, de raigambre constitucional e inscripto en cánones diferentes a los controles administrativos a los que alude el artículo", indicó.

Y añadió en su fallo: "El hecho de que se sustraiga a esta sociedad de la legislación o normativa administrativa, "para no someterla a procedimientos rígidos o inadecuados", no puede entenderse como una inmunidad al conocimiento público", agregó.

Por otra parte, la jueza determinó que el argumento de YPF al no dar información del acuerdo con Chevron invocando "compromisos de confidencialidad" y la existencia de "secretos industriales, comerciales, financieros, científicos y técnicos", es algo –según entendió- que "no satisface los supuestos legalmente previstos para justificar una negativa a una solicitud de información pública". 

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