Funcionarios provinciales dieron ayer detalles de la implementación de la normativa. Adelantaron que las empresas interesadas en sumarse tendrán un registro de los posible beneficiarios.
Del 1 al 30 de junio y del 1 al 31 de octubre, las organizaciones podrán presentar sus proyectos para adherirse a la Ley de Mecenazgo aprobada el año pasado y reglamentada en las últimas semanas. La presentación de la norma tuvo lugar ayer en Casa de Gobierno, oportunidad en la que se explicaron los alcances de esta normativa que prevé el financiamiento de actividades culturales por parte de empresas.Se considera mecenazgo a los actos de patrocinio y donación de bienes muebles o inmuebles para el estímulo, ejecución y promoción de actividades culturales realizados por personas físicas o jurídicas, con o sin reciprocidad, para la generación, conservación, enriquecimiento y difusión de bienes y servicios culturales.En el caso específico de la Ley de Mecenazgo correntina (Nº 6.333), el régimen permite a los contribuyentes que tributan en la Provincia a destinar parte de lo que pagan en concepto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a proyectos culturales declarados de interés y aprobados por el Instituto de Cultura de la Provincia. De esta manera los creadores locales reciben el apoyo económico para sus emprendimientos.Las actividades contempladas se vinculan a proyectos culturales de música, teatro, literatura, medios audiovisuales, cinematografía, patrimonio e historia, artesanías, radio y televisión educativa y cultural, formación e investigación, danzas y artes visuales, entre otros rubros.
ProcedimientoEl procedimiento requerido implica los siguientes pasos a seguir por los interesados en ser beneficiados: en primer término, se deberán inscribir en el Registro Provincial de Beneficiarios habilitado en el Instituto de Cultura de Corrientes. En segundo término, tendrán que presentar el proyecto de acuerdo a las condiciones solicitadas (el formulario estará disponible en el organismo o bien, enviando solicitud al correo: mecenazgoctes@gmail.com). Finalmente, el Instituto de Cultura de Corrientes realizará la evaluación y declaración de interés.Se prevén dos fechas anuales para la presentación de proyectos. En el 2015 será del 1 al 30 de junio y del 1 al 31 de octubre. En tanto que las dos fechas anuales para la presentación de proyectos a partir de 2016 será del 1 de febrero al 31 de mayo y del 1 de agosto al 31 de octubre.“Esta es una jornada histórica para nosotros, como gestores, como funcionarios, artistas, empresarios, considerando lo valiosa que es esta herramienta impulsada por el propio gobernador Ricardo Colombi desde el Poder Ejecutivo provincial y aprobada por ambas cámaras de la Legislatura, a partir del Proyecto de Ley presentado por el senador Sergio Flinta, para poder financiar proyectos culturales y tratar de vincular la cultura al desarrollo local, a la inserción social y fundamentalmente ver a la Cultura como una herramienta verdadera de transformación”, dijo el presidente del Instituto de Cultura Gabriel Romero ayer durante el acto de presentación de la reglamentación de la Ley.En el mismo sentido el secretario general de la Gobernación Carlos Vignolo indicó: “Para nosotros el desarrollo de la identidad cultural de Corrientes significa una gran oportunidad para motorizar el desarrollo de la economía, no solamente para tener eventos de carácter lúdico, que también son bienvenidos y creemos que tienen que estar, sino para promover el desarrollo de nuestro turismo vinculado a la naturaleza, el ecoturismo y lo vinculado a la identidad cultural, considerando que a Corrientes se la distingue en el país y en el mundo por esa identidad tan especial y por toda la historia y la cultura y costumbres que tenemos los correntinos”, remarcó.




Comentá la nota