Das Neves vetará parcialmente la ley de entes autárquicos

El Gobernador rechazaría varios artículos. No quiere que se interprete la sanción de esta norma como un intento de condicionar al futuro gobierno
El gobernador Mario Das Neves salió a poner paños fríos en la recalentada relación que mantiene con la fórmula que gobernará la provincia desde el 10 de diciembre y vetará algunos artículos de la polémica ley de normalización de entes autárquicos que sancionó el jueves pasado la Legislatura, y que provocó la reacción de Martín Buzzi y Gustavo Mac Karthy, quienes están convencidos de que tal norma se aprobó para condicionar al futuro gobierno.

La ley, básicamente, normaliza organismos e institutos a través de los cuales se ejecutan las políticas públicas, e incluye directorios en estos entes y empresas públicas. La nueva ley afecta al Instituto Autárquico de Colonización y Fomento Rural, al Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, a la Administración de Vialidad Provincial, al Instituto de Asistencia Social, a Petrominera Chubut, Banco del Chubut, Chubut Deportes Sociedad Mixta, Patagonia Broker y la empresa Ingentis. Lo presentó el radical Carlos Lorenzo, para tratar sobre tablas, y fue aprobado en velocidad, sin consultar previamente a quienes ocuparán el Poder Ejecutivo desde diciembre.

Luego de la sanción, del enojo se pasó a las negociaciones. Al cierre de esta edición, fue el propio Das Neves quien confirmó a este diario el inminente veto. «Pedí la ley, la estuve revisando, y hay artículos que voy a vetar, porque no me parecen correctos» dijo el Gobernador, confirmando a la vez que hoy estará en Comodoro Rivadavia.

La idea de Das Neves es dejar fuera del manejo de directorios al Instituto Provincial de la Vivienda «para que no sea rehén de nadie, no haya directores que les den las casas a los amigos», dijo, y a Vialidad Provincial, porque «no tiene una utilidad práctica». Sí apuesta a mantenerlos en el IAC «porque entiende en los asuntos de tierras» y en el Banco, aunque estudiará caso por caso. «Me voy a tomar todo el tiempo que tenga para estudiar esto antes de la promulgación», dijo Das Neves, en un claro gesto para distender la relación con Buzzi y Mac Karthy. «Además -dijo el mandatario- nadie me puede correr por izquierda. Fuimos nosotros los que incluimos a minorías parlamentarias en las empresas, en Petrominera, ahora, si los integrantes son de una línea partidaria u otra, no es asunto nuestro», aseguró.

Das Neves, que comparte la idea de normalizar los entes, aunque aseguró no ser el impulsor de este proyecto, y el veto que anunció anoche -aunque sea parcialmente- contribuirá a abrir un impasse de negociación con quienes lo van a suceder en el cargo.

LOS FUNDAMENTOS DE LA LEY

Luego de sancionada la ley, cobra importancia para el análisis el detalle de la letra fina en la que cada artículo establece la conformación de cada organismo.

El caso del Instituto Autárquico de Colonización y del Instituto de Asistencia Social es el mismo: estarán integrado por 5 directores, designando el Ejecutivo al presidente y un director, y los otros representarán a la mayoría, primera y segunda minoría de la Legislatura, respectivamente, y resultarán nombrados por el Ejecutivo a propuesta de las mismas. La designación del presidente requerirá acuerdo legislativo. Los miembros del directorio durarán 4 años en sus cargos, pudiendo ser reelegidos por una sola vez sin intervalos.

En tanto se dispone que el gobierno y fiscalización del Instituto Provincial de la Vivienda será ejercido por un presidente y 4 vocales; uno en representación del Ejecutivo Provincial, uno en representación de la mayoría, uno en representación de la primera y uno en representación de la segunda minoría de la Legislatura. El presidente será designado por el Gobierno con acuerdo legislativo. Tanto el presidente como los vocales durarán 4 años en sus funciones, pudiendo ser redesignados.

Es el único caso en el que se autoriza al Poder Ejecutivo a que la normalización se realice dentro de los 90 días hábiles a partir de la promulgación de la ley. Y será el principal artículo que vete Das Neves.

VIALIDAD

La Administración de Vialidad Provincial estará dirigida por un Directorio compuesto por un Presidente, un Ingeniero Jefe, 3 Vocales, uno en representación de la mayoría, uno en representación de la primera y uno en representación de la segunda minoría respectivamente, de la Legislatura. El Presidente será designado por el Ejecutivo con acuerdo del Legislativo.

El Ingeniero Jefe será designado por el Poder Ejecutivo. Todos deberán ser argentinos. El Presidente y el Ingeniero Jefe deberán además poseer título de Ingeniero Civil o Vial, o de otra especialidad con antecedentes en materia vial. Los Vocales durarán 4 años en sus mandatos.

El Directorio sesionará con la presencia de por lo menos 3 miembros, y las resoluciones serán adoptadas por mayoría de voto de los presentes. El Presidente tendrá voz y voto, siendo éste doble en caso de empate. Sesionará ordinariamente una vez cada 15 días y podrá ser convocado a sesiones extraordinarias por el Presidente a iniciativa propia o a pedido de 3 de sus miembros. También este artículo sería vetado o modificado.

PETROMINERA

La dirección y administración de Petrominera S.E. está a cargo de un directorio integrado por 5 Directores, designando el Poder Ejecutivo al Presidente y a un Director, y los otros representarán a la mayoría, primera y segunda minoría de la Legislatura, respectivamente. La designación del Presidente requerirá acuerdo de la Honorable Legislatura.

Los directores son designados con mandato de hasta 4 ejercicios, pudiendo ser reelegidos. El director designado por el Poder Ejecutivo cumplirá las funciones de Vicepresidente reemplazando al Presidente en caso de impedimento, o excusación, actuando en tal caso, los demás miembros como vocales.

La fiscalización interna de la Sociedad será efectuada por 3 Síndicos Titulares y 3 Síndicos Suplentes designados por el Poder Ejecutivo a propuesta de la mayoría, primer y segunda minoría respectivamente de la Legislatura de la Provincia. En caso de remoción, vacancia temporal o definitiva o de sobrevenir alguna causal de inhabilitación para el cargo, los síndicos titulares serán reemplazados por el Síndico Suplente correspondiente a su nominación.

La fiscalización externa de la Sociedad será ejercida por el Tribunal de Cuenta de la Provincia. Asimismo el Poder Ejecutivo deberá ordenar anualmente una auditoría contable externa de cuyo resultado deberá informar a la Honorable Legislatura.

SOCIEDADES ANONIMAS

En los casos de las Sociedades Anónimas con mayoría estatal, como ocurre con el Banco del Chubut y empresas como Ingentis, la ley establece que el representante de esas acciones asegurará en el Directorio una representación de 3 directores, uno por la mayoría, uno por la primera minoría y el otro por la segunda minoría de la Legislatura.

También dispone que las sindicaturas de esas empresas también deben tener representación de la primera y segunda minoría de la Legislatura. En ambos casos la designación se realizará a propuesta de los bloques legislativos correspondientes.

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