En marzo, el homicida de Sofía Viale irá a juicio por un abuso

La Cámara en lo Criminal 1 fijó el 20 de marzo como fecha para un juicio contra Juan José Janssen, el principal sospechoso del crimen de Sofía Viale, por una vieja denuncia del 19 de febrero de 2010. En esa causa está procesado por el delito de abuso sexual simple en perjuicio de una menor de 14 años.
De acuerdo a la acusación, Janssen -que prefirió mantenerse en silencio y no declarar ante el juez de instrucción- ingresó al mediodía a la casa de la niña, con la que tenía cierto grado de parentesco, la tomó de los brazos, intentó besarla y ella se opuso. Luego la tomó de la cintura, le puso la mano en la boca para que no gritara y se fue en una bicicleta.

Janssen, actualmente alojado en la alcaidía santarroseña, debe ir a juicio además por la violación y el posterior homicidio de Sofía Viale, la chica de 12 años que el 5 de noviembre pasado apareció enterrada en el fondo de su domicilio, en General Pico, después de que se la buscara sin suerte durante dos meses.

En el caso del abuso sexual simple, el primer juez de la causa fue Horacio Tolosa, pero como se tomó licencia fue reemplazado por el juez residual Luis Abraham, quien lo procesó el 7 de septiembre de 2011, 19 meses después de que la madre de la víctima radicara la denuncia.

Algo más de un mes después, el 21 de octubre, el expediente fue elevado a juicio y el 7 de noviembre fue remitido a la Cámara 1, que actúa como tribunal residual de todas las causas provinciales que deben ir a juicio y que se iniciaron antes del 1 de marzo de 2011, cuando comenzó a regir el nuevo Código Procesal Penal. Desde ese momento, es decir hace un año y tres meses, la causa penal contra Janssen está para ir a juicio.

Entre los testigos citados para las audiencias figuran la madre de la menor, una vecina, una tercera mujer y la psicóloga forense, Virginia Carretero, quien deberá informar si la víctima está en condiciones de testificar ante los jueces. El mismo miércoles 20 se escucharán los alegatos.

En el auto de procesamiento, Abraham le dio importancia al relato de la vecina, que dijo que escuchó un grito desesperado proveniente de una vivienda lindante, "como si estuvieran golpeando a alguien", y que inmediatamente vio salir a un hombre de allí. Como la niña no paraba de llorar, fue a verla y a tranquilizarla. En esas circunstancias, la menor le contó lo que había pasado.

El informe psiquiátrico sobre Janssen concluyó que "no puede observarse la presencia de signos o síntomas de patologías psiquiátricas mayores al momento del examen, que le impidieran comprender la criminalidad de los hechos y/o dirigir sus acciones (...) De acuerdo con lo anteriormente expuesto, corresponde el diagnóstico presuntivo de trastorno antisocial de la personalidad".

Coincidencia.

Una curiosidad: mientras ese 7 de septiembre Abraham firmaba el procesamiento, ese mismo mes el fiscal piquense Alejandro Gilardenghi y el defensor Walter Vaccaro se pusieron de acuerdo para que, en un juicio abreviado, Janssen fuera condenado a un año de prisión por los delitos de abuso simple, lesiones leves, amenazas y desobediencia judicial y se le revocara la condicionalidad que tenía en otra causa en la que había sido condenado el 5 de diciembre de 2005 por lesiones leves. Ese fallo fue avalado por el juez Alfredo Alonso, aunque no estaba obligado a hacerlo. El abuso constatado había sido contra una hija menor de su pareja y, de acuerdo a lo que el propio Gilardenghi expresó en la Legislatura, "del relato surgió que le había dado un beso y tocado la cola".

Sin embargo, Janssen salió en libertad a los seis meses y cuando todavía no había cumplido el año de condena (el plazo vencía el pasado 26 de octubre), mató a Sofía el 31 de agosto. Cuando se descubrió el crimen, trascendió un informe del Patronato de Liberados en el que no figuraba que tenía pendiente el juicio por abuso simple en la Cámara 1.

El imputado tiene, además, otros dos casos sin sentencia: uno por abuso sexual simple contra dos hermanas de 16 y 18 años, ocurrido el 19 de septiembre del año pasado, y otro por violación contra una menor de 14 años, sucedido el 5 de noviembre. A raíz de ese hecho -el padre de la niña fue a buscar a Janssen a su casa- fue que allanaron el domicilio y encontraron el cadáver de Sofía. "De casualidad", según Carlos Salinas, el fiscal general de General Pico.

Una decisión sugestiva

El 8 de enero la fiscal general subrogante de General Pico, Ana Laura Ruffini, le negó por nota a la Sala Acusadora uno de los expedientes penales en los que está imputado Juan José Janssen, por el crimen de Sofía Viale.

“No puedo temporalmente, y hasta tanto culmine la investigación fiscal preparatoria, poner a disposición suya la documentación requerida, atento a que actuar de otra forma implicaría violar” disposiciones vigentes, escribió Ruffini en el texto enviado a la presidenta de la Sala, la diputada justicialista Patricia Lavín.

Esta, en representación del cuerpo, le había requerido a la fiscal, también por escrito el 26 de diciembre del año pasado, copias de las causas en las que estuviera involucrado Janssen, en el marco del juicio político contra el procurador general, Mario Bongianino, por mal desempeño en la investigación de la desaparición y posterior muerte de Sofía.

Ruffini giró copias del expediente del caso Sofía, que también se estaba tramitando, y otro anterior en el que había sido condenado a un año por amenazas y abuso deshonesto.

Sin embargo, no envió las actuaciones abiertas contra Janssen el 19 de septiembre pasado –en plena búsqueda de Sofía– por la acusación de abuso deshonesto contra dos hermanas de 16 y 18 años, en un hecho que habría consumado en su propia vivienda. A raíz de ese episodio, Janssen quedó detenido.

La fiscal subrogante adujo que el Código Procesal Penal le exige a “los representantes del Ministerio Público (...) cuidar que sus diligencias, y las de la policía en función judicial, permanezcan reservadas para extraños al procedimiento” y, además señala en el artículo 273 que “todos los actos de la investigación fiscal preparatoria serán secretos para los extraños”, en alusión a los seis diputados de la Sala Acusadora.

El fiscal actuante en la causa del 19 de septiembre fue Alejandro Gilardenghi, el mismo que 45 días antes había actuado en otra denuncia contra Janssen, cuando también lo apresaron durante diez años por un presunto abuso simple en perjuicio de una niña. El mismo Código dice también, apenas un artículo después, en el 274, que la investigación fiscal preparatoria “deberá practicarse en el término de 90 días” desde su apertura.

Si el legajo había sido abierto aquel día, la investigación preparatoria debía estar concluida a más tardar el 19 de diciembre, o sea veinte días antes de la nota firmada por Ruffini. La remisión de ese expediente a la Sala Acusadora pudo complicar a Gilardenghi, quien es público y notorio que mantiene una relación estrecha con Ruffini.

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