Mallagray sobre la reforma del Código Civil y Comercial: “podría decir que al código no le falta nada”

Mallagray sobre la reforma del Código Civil y Comercial: “podría decir que al código no le falta nada”
Jujuy al día® – En una entrevista con nuestro medio, el presidente del Colegio de Abogados y Procuradores de Jujuy, Mario Mallagray opinó sobre la reforma, actualización y unificación del Código Civil y Comercial, el cual comenzó a ser abordado por la comisión bicameral, ...
manifestando que “no advierto que haya opiniones adversas sobre la generalidad del proyecto, sino mas bien sobre algunos aspectos puntuales”.

JUJUY AL DÍA® consultó al presidente del Colegio de Abogados y Procuradores de Jujuy, Mario Mallagray, qué es lo que podría faltarle a este código reformado, quien expresó al respecto que “es muy difícil responder a la pregunta por qué el proyecto emana de una comisión conformada por los doctores Ricardo Lorenzetti, Elena Higthon de Nolasco y Aída Kemelmajer de Carlucci, que constituyen la mejor doctrina que hay en estos momentos en el país, y a su vez han conformado más de 30 equipos de trabajo con los mejores juristas, así que les podría decir que al código no le falta nada. Podríamos discutir en todo caso si alguna de las reformas propuestas podrían o deberían ser modificadas en el seno de la comisión bicameral, o habrá alguna doctrina que se exprese contra alguno de los artículos cuya reforma propone, pero no advierto que haya opiniones adversas sobre la generalidad del proyecto sino mas bien sobre algunos aspectos puntuales”.

Al referirse a estos aspectos, Mario Mallagray expresó que “hay muchos que han trascendido a través de la prensa como el tema del momento en que se produce el nacimiento de una persona, desde cuando, de acuerdo al Código Civil, se la considera persona a la persona humana”.

Sobre esto manifestó “voy a dar mi opinión personal, no como el presidente del Colegio de Abogados de Jujuy, ni la opinión de mi Consejo Directivo: el código de Vélez Sarfield establecía que el nacimiento de la persona humana se producía con la fecundación y este código habla de dos supuestos: uno de la fecundación del óvulo en el seno materno y otro supuesto de anidacion en los casos de fecundación asistida. El problema se suscita sobre sies persona elóvulo fecundado pero no implantado sino simplemente congelado, y sobre esto hay muchos problemas y divergencias en cuanto a los derechos y obligaciones de padres, madres, instituciones receptoras de óvulos congelados y es un tema extremadamente polémico sobre el que probablemente no haya dos abogados de acuerdo”.

Para finalizar agregó que “otros aspectos que generaron polémica es el tema de la reforma de los juicios de divorcios, el tema del contrato prenupcial, las simplificaciones de los tramites del régimen de adopción, en fin hay distintos aspectos que han merecido polémica a través de la prensa y sobre los que los abogados tenemos algún tipo de inquietud”.

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