La Justicia rechazó suspender el DNU que declaró servicio público y esencial a la telefonía

La Justicia rechazó suspender el DNU que declaró servicio público y esencial a la telefonía

El juez Lara Correa rechazó una cautelar solicitada por Telecom por falta de precisiones sobre los efectos económicos de la medida.

La Justicia aplicó el primer revés contra las empresas de telecomunicaciones en la pelea contra el gobierno nacional por la declaración de la telefonía como servicio público y esencial, lo que le permite a la Casa Rosada regular las tarifas que cobran a los usuarios.

El juez en lo contencioso administrativo federal Walter Lara Correa rechazó dictar una medida cautelar para suspender la vigencia del DNU de Alberto Fernández que dispuso la declaración como servicio público de la telefonía móvil y fija, internet y TV por cable.

En su fallo, el magistrado rechazó "la medida cautelar solicitada por Telecom Argentina SA" ante la inexistencia de "peligro en la demora", uno de los requisitos para dictar este tipo de medidas. 

Telecom podrá apelar ante la Cámara Contencioso Administrativa Federal. Fuentes de la compañía dijeron a LPO que los equipos legales están analizando el fallo del magistrado y la semana que viene definirán los pasos a seguir.

El juez consideró que la compañía "no estimó cuál es la incidencia económica concreta que el congelamiento de precios, los aumentos fijados o el valor del Servicio Básico Obligatorio producen en su economía". "No ha explicado concretamente de qué manera afectarían el estado de sus finanzas", amplió.

 

Telecom había pedido dictar una medida cautelar contra el Poder Ejecutivo y el Enacom para suspender la aplicación de los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 690/20, al considerar que "resultan nulos de nulidad absoluta" por violar los artículos 14, 17, 19, 28, 31, 32, 33, 42, 75 inciso 22, 76 y 99 inciso 3 de la Constitución Nacional y lo establecido en el artículo 30 de la Convención IDH.

Al contestar la demanda, el Estado ratificó la "constitucionalidad" del decreto y remarcó que tuvo por objeto "posibilitar el acceso a la totalidad de los habitantes a los servicios de la información y las comunicaciones en condiciones sociales y geográficas equitativas, con los más altos parámetros de calidad". El Estado explicó que "fueron detectadas serias limitaciones y dificultades al acceso al servicio de internet, que impidieron la educación a distancia" en los "sectores más vulnerables" durante la pandemia.

 

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