La Justicia le puso fin, sin averiguar adónde fue el dinero

Ayer, después de siete años de dar vueltas en la Justicia, se cerró definitivamente, y de mala manera, la causa penal de los 73 "viajes fantasmas" que el Ministerio de Bienestar Social le pagó a la empresa Swiss Travel, entre 1998 y 2002, a pesar de que no se hicieron.
De los siete imputados, uno fue absuelto y los otros seis -cinco ex funcionarios marinistas y un empresario- recibieron penas muy leves en comparación a las que pudieron haber recibido si hubiesen sido hallados culpables en un juicio oral y público.

La Cámara en lo Criminal 1 ni siquiera leyó públicamente la parte resolutiva de la sentencia ya que solamente se presentaron a la audiencia un imputado (Nelson Teves, quien prefirió no hablar) y tres defensores (Francisco Marull, privado; y Silvia Mariel Annecchini y Martín García Ongaro, oficiales). Por ello convinieron con el tribunal notificarse y llevarse una copia de la resolución.

Los "viajes fantasmas" fue una vieja investigación que nació a mediados de 2006 como derivación de otra causa, la del enriquecimiento del ex ministro de Bienestar Social, Santiago "Patucho" Alvarez, que está para ir a juicio.

El entonces juez de instrucción, Jorge Luis Howe, en el marco de ese caso, allanó la Casa de Gobierno y de la documentación secuestrada surgió la sospecha de la inexistencia de los traslados, que en teoría habían sido destinados a niños, ancianos y discapacitados beneficiarios de programas sociales del M.B.S.

Aunque la causa debió ir a juicio oral y público, los defensores -después de un intento frustrado ante la fiscal Susana Alvarez en 2008- consiguieron negociar penas leves y que los ex funcionarios no vayan a prisión a cambio de que admitieran su culpabilidad en los hechos. El arreglo lo hicieron con el fiscal Jorge Marcelo Amado a la vista de nadie. Por eso todo concluyó con un juicio abreviado, un procedimiento donde las partes acuerdan y un tribunal lo admite o lo rechaza.

Como los 73 viajes fueron considerados como hechos independientes, el dueño de Swiss Travel, Luis Oscar "Popo" Alonso (62 años), fue condenado a tres años de prisión en suspenso por el delito de malversación dolosa de caudales públicos reiterado, en grado de partícipe necesario en 73 oportunidades, y a pagar 147.587 pesos en concepto de reparación de daños.

La ex subsecretaria de Promoción y Asistencia a la Comunidad y ex diputada provincial, Elsa Ester Labegorra (59), recibió dos años y medio de ejecución condicional por malversación dolosa de caudales público, reiterada en 64 ocasiones, inhabilitación absoluta perpetua para ocupar cargos públicos, y una multa de 129.950 pesos; y la ex directora de la Familia y el Menor, Cristina Hidalgo (62), dos años en suspenso, inhabilitación absoluta perpetua y una multa de 24.112 pesos por 17 malversaciones dolosas.

El resto de los condenados fue sancionado solo económicamente. Los ex ministros de Bienestar Social, Alvarez (60) y Marta Elena Cardoso (59) deberán pagar 12.515 pesos por tres malversaciones culposas y 32.070 pesos por nueve malversaciones culposas, respectivamente; y el ex subsecretario de Coordinación del MBS, Sergio Enrique Samper, 6.280 por cuatro malversaciones culposas. Todos tienen alrededor de un mes para depositar esas sumas.

Fiscales en disidencia.

De la lectura del fallo surge claramente que la última fiscal en la etapa de instrucción, Alejandra Ongaro, había planteado penas más duras para Alvarez y Cardoso, pero el fiscal general actuante, Amado, negoció sanciones más leves. Ongaro había encuadrado la conducta de los ex ministros como malversación dolosa, o sea con intención de sustraer fondos públicos; pero Amado bajó la calificación a culposa, es decir que según él actuaron en forma imprudente o negligentemente porque dieron ocasión a que otra persona se quedara con los dineros.

La Cámara, con los votos de los jueces sustitutos Elvira Rossetti y Miguel Gavazza -el restante, Carlos Besi se opuso al arreglo (ver aparte)- avaló esa postura del fiscal general al señalar que "no cabe duda que los funcionarios que ocupan cargos altos, como los de ministro, son los brazos ejecutores de la política fijada por el gobierno provincial, y en su accionar ante la problemática que se presenta en la solución de los casos sometidos a su intervención, tienen como subordinados a directores y empleados que se ocupan del control pormenorizado de los expedientes, resoluciones u otros actos administrativos que confluyen al despacho ministerial para ser suscriptos por los funcionarios".

"Con esto -agregó-, el tribunal deja en claro que antes de firmar el ministro el despacho diario, éste ha pasado por una extensa gama de controles que permiten suponer que los documentos expuestos a su firma se encuentran revisados y en condiciones para seguir su trámite. (Sino) la tarea sería interminable, e imposible el seguimiento de los temas puntuales e importantes del gobierno. En definitiva, sería imposible gobernar si el ministro debiera efectuar el control de cada uno de los elementos que ingresan al despacho, cuando su función precisamente es ejecutar, en el menor tiempo posible, los proyectos que se traducen en hechos mediante el armado del expediente administrativo".

Ambos magistrados también respaldaron a Amado acerca de que la conducta dolosa de Alonso, Labegorra e Hidalgo. Ellos tres, en un juicio público, pudieron haber recibido entre dos y diez años de prisión porque sustrajeron dineros "cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo". Alvarez, Cardoso y Samper fueron condenados a la pena máxima de la malversación culposa, o sea el pago de una multa equivalente al 60 por ciento del valor sustraído.

Alonso no era proveedor.

En las declaraciones testimoniales y la documentación incorporada al voluminoso expediente aparece un dato que parece mostrar claramente que al menos algunos funcionarios sabían lo que hacían: el Departamento de Compras y Suministros de la Provincia informó que Alonso no se encontraba inscripto en ningún rubro como proveedor del Estado, y que el número que se le consignaba en las órdenes de provisión de bienes y/o servicios para autorizar las contrataciones directas de los viajes inexistentes era "solo una referencia como acreedor por servicios prestados y con el fin de poder contabilizar y pagar el gasto".

Además hubo otros transportistas como Osvaldo Aladino Córdoba, de la firma Autoransporte Córdoba, que afirmó como testigo que había sido contratado por Swiss Travel para realizar traslados a Villa Carlos Paz, Buenos Aires, Bariloche, Bernardo Larroude, 25 de Mayo y Pehuen-Có. Sin embargo, cuando le pidieron las facturas adujo que "por sugerencia de Alonso no se confeccionó ningún recibo".

"La prueba incorporada permite concluir que los servicios (viajes) que figuran como prestados en las 73 órdenes cuyas irregularidades se investigan, no se efectuaron. Ello surge de las distintas declaraciones testimoniales y de los informes recibidos de las municipalidades y comisiones de fomento, y del Hogar de Ancianos de Trenel, en las que se desconocieron las prestaciones y la intermediación de la agencia Swiss Travel en algunos de los viajes en que se contrató a alguna empresa privada", dijeron los jueces. A esa carga probatoria le sumaron las confesiones de los imputados.

Esta sentencia marcó el final de una causa por corrupción en la que nadie quedó preso y en la que tampoco se supo cuál fue el destino de los dineros públicos. Los dos jueces que votaron a favor, y que consideraron "equitativas" a las sanciones penales, le dejaron a la sociedad un pésimo mensaje. Que se puede robar plata de los contribuyentes si con el paso del tiempo la devuelven.

¿Alguien dio marcha atrás?

En la Ciudad Judicial rondó una versión en las últimas semanas, después de conocerse el acuerdo de juicio abreviado. De acuerdo a ella, algunos imputados por los "viajes fantasmas" se habrían negado en un primer momento a declararse culpables, por entender que hubiesen sido absueltos en un juicio oral, pero luego modificaron su postura por órdenes políticas. En ese cambio habría influido fuertemente alguien que sabía que por la cantidad de hechos que había sido acusado la cárcel estaba muy cerca... Con que solo uno hubiera rechazado la negociación, no había juicio abreviado.

El voto negativo de Besi

La votación de la Cámara 1 fue dividida, ya que el juez subrogante Carlos Alberto Besi se opuso al arreglo del fiscal Amado con los defensores por entender que necesitaba "un mejor conocimiento de los hechos". Por eso votó para que la suerte de los siete imputados se dirimiera en un juicio oral y público.

"Entiendo, que como oportunamente lo expresara, al producirse la prueba en el debate, recién estaría en condiciones de conocer debidamente los hechos y determinar si corresponde la calificación legal fijada en el acuerdo de juicio", dijo Besi en la parte final del fallo.

"Existiendo un acuerdo de juicio abreviado, aceptado por la mayoría, y habiéndome manifestado en disidencia, en consecuencia y sobre la base de lo expuesto mantengo lo antedicho en posición de minoría, por lo que resulta innecesario que me expida respecto de las cuestiones planteadas", agregó.

Lo de Besi fue breve porque, al no haberse efectuado el juicio que él había solicitado, entendió que no contaba con las pruebas suficientes para fundar si los ex funcionarios eran culpables o inocentes, y si la malversación de caudales públicos era la figura que cabía aplicar en el caso.

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