El Gobierno impone nuevo cepo casi total al dólar financiero para frenar sangría de reservas

El Gobierno impone nuevo cepo casi total al dólar financiero para frenar sangría de reservas

La Comisión Nacional de Valores (CNV) y el Banco Central salieron en simultáneo con dos medidas. Ocurre en un contexto de fuerte dolarización en el mercado financiero que desgasta las reservas netas del Banco Central.

 

 

El Gobierno impuso hoy un nuevo cepo casi total a los dólares financieros, con el objetivo de frenar la creciente sangría de las reservas internacionales del Banco Central.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) decidió limitar la operatoria con títulos y valores que sirven a los inversores para dolarizarse, mientras el Banco Central cambió el mecanismo por el cual se realiza el pago anticipado de algunas importaciones.

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Ambas decisiones procuran frenar la sangría de reservas netas que se aceleró desde las Elecciones PASO 2021, donde el oficialismo sufrió un duro revés. 

La medida de la CNV procura cortar arbitrajes entre el llamado dólar Senebi y las operaciones con títulos públicos en el circuito financiero en los que interviene el Banco Central (CCL y MEP).

Fuentes del mercado calculan que el Banco Central ha perdido entre 80 millones y 100 millones de dólares por día en concepto de intervención en el mercado financiero y pagos por importaciones.

Estiman que las reservas netas líquidas de la autoridad monetaria -si se cuentan los Derechos Especiales de Giro (DEG) del Fondo Monetario Internacional (FMI)- ascienden hoy a unos 3.000 millones de dólares.

Días atrás, el Gobierno pagó unos 1.900 millones de dólares un vencimiento del FMI, tras lo que resta uno similar a fin de año.

Analistas económicos calculan que a este ritmo de pérdida de dólares, el Central se quedaría sin reservas netas líquidas a mediados de noviembre.

Nuevo cepo al dólar Bolsa y CCL

La RG 907/21 de la CNV aprobada hoy por el directorio de la CNV y que se publicará mañana en el Boletín Oficial dispone las siguientes medidas:

1- Se establece un límite de 50 mil nominales semanales para la venta de valores negociables denominados en dólares y emitidos bajo ley local con liquidación en moneda extranjera, en el segmento PPT, considerando tanto operaciones MEP como Cable.

2- Solo se podrán cursar órdenes para concertar operaciones con valores negociables con liquidación en moneda extranjera o realizar transferencias de valores negociables desde o hacia entidades depositarias del exterior, si

a- En los 30 días corridos anteriores no se concertaron operaciones de venta de valores negociables nominados y pagaderos en dólares estadounidenses emitidos por la República Argentina bajo ley local, con liquidación en moneda extranjera, en el segmento PPT.

b- Existe manifestación fehaciente de no realizar operaciones definidas en el punto a- partiendo del momento en que se liquidan las referidas operaciones y por los 30 días corridos subsiguientes.

3- Se dispone el cese de las restricciones a la venta de valores negociables denominados en dólares y emitidos bajo ley extranjera con liquidación en moneda extranjera.

Esta resolución se dicta en coordinación con el Banco Central de la República Argentina y el Ministerio de Economía de la Nación, con el propósito de contribuir con una administración prudente del mercado de cambios, reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de oscilaciones de los flujos financieros sobre la economía real, en el marco de la política económica actual.

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