Al publicar la reglamentación a la ley electoral, terminó de definir los aspectos que faltaban: colores de boletas, tiempo de propaganda por partido y el modo de distribución de fondos.
El Decreto 443/11 es el más controvertido, ya que da lugar a que se utilicen las denominadas colectoras, que en esta oportunidad se denominarán listas de adhesión (la herramienta electoral no es la misma pero en los hechos funcionará igual).
El artículo 15 establece que al conformar las alianzas se pueden establecer “acuerdos de adhesiones de boletas de diferentes categorías para las elecciones generales”, con agrupaciones que no forman parte de la alianza. Esta herramienta era la más criticada por el gobernador Daniel Scioli y los intendentes del Conurbano (ver página 4).
Por otra parte, el Gobierno reglamentó que cada agrupación política (partido o alianza) podrá solicitar la asignación de un color para sus boletas. En caso de que más de una lista pida el mismo color, la Justicia definirá a favor de la agrupación que “se identifique tradicionalmente con el color”.
El texto señala, además, que la Junta Electoral de cada fuerza distribuirá los fondos recibidos para la campaña y para la impresión de boletas “simultáneamente y en partes iguales entre las listas de precandidatos”.
El Decreto 444/11, en tanto, indica que en las boletas solamente podrán insertarse fotos de candidatos, por lo que se entiende que las imágenes de próceres o referentes partidarios, como Juan Perón, Evita, Néstor Kirchner o Raúl Alfonsín, por ejemplo, no podrán ser utilizadas. Tampoco se usarán imágenes como fondo ni sello de agua.
Por último, el Decreto 445/11 establece la distribución de espacios en los medios. El Ministerio del Interior confeccionará un listado de serviciones audiovisuales (canales y radios) que deberán ceder el diez por ciento de 12 horas de programación para la difusión de anuncios electorales.
Cada fuerza tendrá, por lo menos, dos espacios en horario central por semana (entre las 20 y la 1 en la televisión, y entre las 7 y las 12 en radio).
Además, los spots deberán confeccionarse en los estándares de calidad que establezca la Dirección Nacional Electoral y deberán tener subtitulado y lenguaje de señas.



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