Fiscalía de La Plata rechaza la competencia de Servini de Cubría en la causa de la apropiación de Ignacio Hurban

Fiscalía de La Plata rechaza la competencia de Servini de Cubría en la causa de la apropiación de Ignacio Hurban

Los fiscales Hernán Schapiro, Marcelo Molina y Juan Martín Nogueira consideraron que debe ser Adoflo Ziulu quien investigue la apropiación del nieto de Estela. 

Los fiscales de La Plata, Hernán Schapiro, Marcelo Molina y Juan Martín Nogueira reiteraron que la sustracción de nieto recuperado de Estela Carlotto tiene conexión con los delitos que sufrió su madre, por lo que consideraron que la causa se debe tramitar en la justicia de La Plata.

Nota Relacionada: Carlotto recordó a su hija a 36 años de su desapariciónDe esta manera, la Unidad Fiscal Federal de La Plata sostuvo que el juez Federal de La Plata Adolfo Gabino Ziulu, que reemplaza al fallecido Manuel Blanco, es el magistrado competente para investigar la apropiación del hijo de Laura Carlotto, Ignacio Urban o Guido Montoya, y no la jueza de la Capital Federal María Servini de Cubría.

Con este dictamen, Ziulu está en condiciones de resolver si traba la cuestión de competencia con su colega porteña, Servini de Cubría, quien se negó a remitir el caso a La Plata. De prosperar esa postura, el conflicto será dirimido por la Cámara Federal de Apelaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Los fiscales generales formularon su dictamen luego de que el juez, quien subroga al fallecido Manuel Blanco, les corriera traslado sobre la respuesta negativa de Servini de Cubría a la solicitud de inhibitoria que le había planteado aquél juez platense pocos días antes de morir. La jueza había señalado que aún es "prematuro" resolver la cuestión.

En la presentación de ayer, los representantes del Ministerio Público aseguraron que "lejos queda de ser prematuro" el pedido de inhibitoria y recordaron los argumentos que habían desarrollado al momento de requerirle a Blanco que le solicitara a Servini la remisión del expediente.

Los fiscales sostuvieron que la apropiación del niño "tuvo como antecedente inmediato, necesario e inescindible, el secuestro y privación ilegal de la libertad de su madreLos fiscales sostuvieron que la apropiación del niño "tuvo como antecedente inmediato, necesario e inescindible, el secuestro y privación ilegal de la libertad de su madre

Los fiscales sostuvieron que la apropiación del niño "tuvo como antecedente inmediato, necesario e inescindible, el secuestro y privación ilegal de la libertad de su madre, Laura Carlotto, en el centro clandestino de detención conocido como 'La Cacha',", que eran de competencia del juez Blanco.

Además, sostuvieron que es "altamente probable" la hipótesis de que el nacimiento del niño pudo haberse producido en inmediaciones de "La Cacha" o en algún sitio cercano.

Señalaron también que la "pena más gravosa" de los delitos investigados corresponde al caso investigado en la capital bonaerense sobre los crímenes de los que resultó víctima Laura Carlotto (privación ilegal de la libertad, tormentos y homicidio), que prevén una escala penal mayor a la de los delitos vinculados a la sustracción de su hijo.

Otra de las reglas de conexidad pone el foco en la "prelación de los delitos": "el secuestro y privación ilegal de la libertad de Laura Carlotto fue cometido con anterioridad a la sustracción de Guido Montoya Carlotto y fue el antecedente necesario para su comisión".

Finalmente, los representantes del Ministerio Público argumentaron "razones de economía procesal y mejor administración de justicia", teniendo en cuenta el avance de las investigaciones sobre el centro clandestino "La Cacha" -lugar donde fue vista Carlotto antes y después del parto, "aún de considerarse que el parto se haya producido en extraña jurisdicción, hipótesis no concedida".

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