Fiesta en Olivos: la Fiscalía analiza un informe entregado por la Casa Militar sobre los ingresos a la Quinta Presidencial

Fiesta en Olivos: la Fiscalía analiza un informe entregado por la Casa Militar sobre los ingresos a la Quinta Presidencial

Son varios archivos con los mismos datos que ya se habían filtrado a través de Poder Ciudadano y otros pedidos de acceso a la información.

El fiscal Ramiro González finalmente recibió este lunes un informe preparado por la Casa Militar sobre los ingresos a la Quinta Presidencial de Olivos. En principio se trata de una formalidad, porque la información sobre los visitantes a la residencia ya se había conocido a través de la ONG Poder Ciudadano y de otros pedidos de acceso a la información. Todavía el Gobierno no informó si los nueve invitados al cumpleaños de Fabiola Yañez, aquel 14 de julio de 2020, habían tramitado un permiso para circular.

La causa judicial sumó este lunes varias presentaciones de abogados particulares. Entre ellas aparece la designación formal de Mauricio D’Alessandro como defensor de Stefanía Domínguez, quien ya adelantó que su estrategia será pedir la inconstitucionalidad de los decretos presidenciales que impedían el festejo en Olivos.

La amiga de la primera dama, una de las apuntadas por la filtración de las fotos, en un principio iba a ser defendida por Juan Pablo Fioribello, el abogado de Yañez, pero según pudo saber Infobae no estuvo de acuerdo con algunos requerimientos.

La causa tiene a otras dos defensas particulares. Alejandro Rúa, abogado de varios ex funcionarios kirchneristas, defiende a Carolina Marafioti. Y la defensa de Federico Abraham la ejercerán el ex camarista federal Jorge Ballestero y Pablo Slonimsqui.

La Fiscalía recibió este lunes un informe de la Casa Militar sobre los ingresos a la Quinta de Olivos. “Son varios archivos, los estamos analizando”, dijo una fuente de la causa a este medio. La presentación estaba pendiente hace varios días. De hecho, el plazo vencía este martes a la mañana.

El pedido original a la Casa Militar era por la ex modelo Sofía Pacchi, la actriz Florencia Peña, el empresario Chien Chia Hong, el adiestrador canino Ariel Alonso Zapata, el veterinario Lautaro Romero, el asesor de la primera dama Emmanuel López y la pareja de López, Fernando Consagra. El fiscal había solicitado que se precisaran sus ingresos y egresos durante 2020, “debiendo indicar fecha, horario, carácter, cargo, el motivo declarado del ingreso” y quién autorizó sus entradas.

La semana pasada, luego de revelarse la foto del festejo de cumpleaños del 14 de julio de 2020, la Fiscalía sumó un segundo pedido para que la Casa Militar le informara quiénes entraron a la residencia presidencial ese día y quién autorizó sus ingresos.

Esa información podría despejar otras dudas sobre aquel festejo como el posible uso de autos oficiales para trasladar a algunos de los invitados.

En ese mismo dictamen, el fiscal también pidió información para determinar si Fabiola Yañez y el resto de los invitados a la fiesta habían tramitado un permiso para circular como los que eran obligatorios para aquellas personas que cumplieran tareas esenciales. Esa respuesta, aún pendiente, le corresponde a la Secretaría de Innovación Pública, dependiente de la Jefatura de Ministros.

Aunque todavía no hay una imputación formal por parte del fiscal, las defensas ya empiezan a delinear su estrategia. No se descarta apuntar a una conciliación o el pago de una multa. Ya hay fallos recientes circulando entre las defensas. Pero ninguno en un caso con esta repercusión política y mediática.

El presidente Alberto Fernández es el único de los participantes que todavía no se presentó en el expediente aunque confía en la doctrina de peligro abstracto, un argumento que utilizó el fiscal Gonzáłez para sobreseer a Facundo Moyano, denunciado por violar la cuarentena con una fiesta en su departamento. “Habida cuenta que el tipo penal del art. 205 es de peligro abstracto, resulta imprescindible que en los supuestos de hecho se corroboren puntos de contacto entre el comportamiento analizado y el bien jurídico que se pretende proteger; en su defecto, la falta absoluta de peligro en el caso concreto para el objeto de protección impide su punibilidad”, dijo el fiscal en ese caso.

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