Eximen de pagar el impuesto inmobiliario a jubilados y pensionados bonaerenses

Eximen de pagar el impuesto inmobiliario a jubilados y pensionados bonaerenses
El pasado 20 de septiembre el gobierno de la Provincia de Buenos Aires eximió a más de 260 mil contribuyentes del sector pasivo de pagar el impuesto inmobiliario.
Cabe destacar que el beneficio alcanza a jubilados y pensionados bonaerenses que posean un único inmueble, cuya valuación fiscal sea inferior a los $ 500 mil, y que el ingreso familiar previsional no supere el monto equivalente a dos haberes mínimos de jubilación.

Al respecto, el director gubernamental del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, Dr. Andrés Felipe Richards, sostuvo que "la ley tributaria permite otorgar este beneficio a muchos de nuestros abuelos provinciales, y en particular esta medida genera un alto impacto en nuestro distrito ya que eximirá a más de 3 mil contribuyentes del sector pasivo de San Miguel de pagar el impuesto inmobiliario".

Asimismo el “Colo” Richards, quien además es candidato a concejal de la lista oficial del Frente para Victoria en San Miguel (Lista 503), manifestó que "no hay dudas que el gobernador Daniel Scioli decide pensando en nuestros abuelos bonaerenses, reconociendo así la incansable tarea de quienes con su trabajo, esfuerzo y sacrificio, contribuyeron durante muchos años a que la Provincia y San Miguel crezcan".

Podrán acceder a la mencionada exención impositiva los jubilados o pensionados bonaerenses que cumplan con los siguientes requisitos: ser propietario y/o responsable del tributo, y usufructuario o poseedor de ese único inmueble; el solicitante y/o su cónyuge deben ser jubilados o pensionados; el único ingreso de los beneficiarios debe estar constituido por haberes previsionales cuyos importes brutos, en conjunto, no superen mensualmente el monto establecido en la Ley Impositiva; la valuación fiscal del inmueble para el año fiscal 2013 no puede superar los $ 500 mil.

Quienes cumplan con dichos requisitos para tramitar la exención podrán solicitarla en forma gratuita en cualquiera de los Centros de Servicio de Arba, o bien iniciar el trámite por internet, desde www.arba.gov.ar .

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