El Ejecutivo también vetó la ley de paritarias para estatales

A menos de 10 días de haber rechazado parcialmente la Ley de Paritarias Docentes, ayer el Gobierno correntino vetó la norma que regula las negociaciones salariales entre el Ejecutivo y los sindicatos de empleados públicos. Amplio rechazo y fuertes críticas de los gremios.
A través del Decreto Nº 3.515 fechado el 14 de diciembre, el gobernador Ricardo Colombi cuestionó cinco artículos (1, 2, 4, 7, 19 y 50) de la flamante Ley Nº6.033 que establece el Régimen de Negociación Colectiva para trabajadores de la Administración Pública Provincial.

El proyecto estuvo cuatro años en la Legislatura, y se aprobó por unanimidad en ambas Cámaras. La media sanción se la dio Diputados el 24 de noviembre último. Los sindicatos estatales tenían la esperanza de que esta norma regulara las negociaciones salariales y laborales de principios de 2011; pero ayer se encontraron con el Decreto que le impone varias observaciones, modificaciones y realiza incorporaciones a la norma.

El integrante de la comisión directiva de ATE -gremio autor del proyecto- Feliciano Romero recordó que “hace dos años cuando Ricardo Colombi era senador provincial, junto con el senador Eduardo Simonetti rescató el proyecto que estaba por perder vigencia parlamentaria. El Gobernador fue uno de los que impulsó la ley, que ahora vetó”, comentó a época el gremialista.

Para los sindicatos, con esta medida el Ejecutivo inutilizó la ley. Aseguran además que no se van a someter a futuras negociaciones con la ley tal cual ahora está vetada.

“La verdad es que esperábamos algo de esto. Lo mismo pasó con la ley de paritarias docentes. En realidad lo que al Ejecutivo menos le preocupa son los artículos observados o las incorporaciones que hizo. No acepta que los trabajadores y sus representantes se sientes con los funcionarios, en igualdad de condiciones, en una mesa de negociación, y mucho menos quiere dar mejoras salariales y laborales. Es una cuestión ideológica de este gobierno, casi de desprecio”, opinó ayer Feliciano Romero.

Gran parte del enojo se debe a que esta norma tardó cuatro años para convertirse en ley, y porque salió por le consenso unánime de todos los gremios estatales y los legisladores de las diferentes bancadas.

“Tanto el oficialismo como la oposición prestaron su acuerdo, y ahora nos encontramos con esto. Perdimos todo este tiempo, y ahora tendremos que volver a empezar el año que viene”, señaló el dirigente de ATE.

Los gremios pretenden que el veto quede sin efecto, y para eso deberán conseguir los dos tercios de los votos de ambas Cámaras (9 en Senado y 18 en Diputados), para que en 2011 la Legislatura insista con el proyecto original.

Observaciones y rechazos

El Decreto Nº3.515 hace varios cambios, algunos de ellos simplemente conceptuales, a la ley paritarias para estatales.

El Artículo Nº1 es un ejemplo de ello. El texto original establece que “las negociaciones colectivas que se celebren en la Provincia de Corrientes, entre el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y el Poder Judicial, en cada caso, y las asociaciones sindicales representativas de los trabajadores estatales (...). La modificación cambia este último concepto por “asociaciones sindicales representativas de los empleados públicos (...)”.

El Artículo 2º detalla a los que quedan excluidos de las paritarias -funcionarios de cargos políticos y jerárquicos-. El Ejecutivo ahora le agregó a los “Directores Generales” a esa lista.

Artículo 4º habla de que el representante del Estado en la Paritaria debe ser de “un rango no inferior a Subsecretario”. La modificación habla que los paritarios del Ejecutivo deberán ser “de un rango no inferior a Director”, dice el decreto Nº 3.515.

El Artículo 7º establece que las condiciones se desarrollarán bajo los principios de “buena fe”. El Ejecutivo le agregó el “Inciso F)” que exige a los sindicatos “deben abstenerse de realizar medidas de fuerza durante el periodo de negociación”.

Agregó el “Inciso G)” que prohíbe al Estado “modificar las condiciones de trabajo objeto de la negociación”.

Ambas incorporaciones también se le hicieron a la Ley de Paritarias Docentes, vetadas parcialmente por el Gobierno hace una semana.

El Artículo 19º indica que las paritarias “serán comprensivas de todo cuanto se relacione con condiciones de vida, de trabajo y con la realización plena del trabajador, en el marco de los derechos humanos”. El Ejecutivo achicó la concepción sólo a lo “comprensivo de trabajo y salario del empleado público” y excluyó el resto.

Se eliminaron los Incisos: K) “derecho de defensa y el debido proceso”; el L) “los derechos sociales”; O) “las disposiciones generales que determinen el ámbito de aplicación personal y territorial”.

Finalmente el Artículo 50º señala que “todas las resoluciones administrativas que dicte la Subsecretaría de Trabajo (...) serán recurribles judicialmente dentro del plazo de 10 días hábiles, sin necesidad de agotar la vía administrativa (...) se interpondrá ante la Cámara de Apelaciones en lo Laboral”.

El decreto del veto le agrega que sólo se podrá recurrir a la Justicia en los casos que “a prima facie causen un perjuicio real e inmediato a cualquiera de las partes y que no puedan subsanarse a través de la normal negociación colectiva”.

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