A través de un decreto, el gobierno transfirió las escuchas judiciales del Ministerio Público al máximo tribunal, pero los magistrados lo postergaron hasta el 15 de febrero.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación postergó ayer mediante una acordada la aplicación de un Decreto de Necesidad y Urgencia del presidente Mauricio Macri. El órgano presidido por Ricardo Lorenzetti dispuso retrasar hasta el 15 de febrero la transferencia del Departamento de Interceptación y Captación de las Comunicaciones (DICOM) de la órbita del Ministerio Público Fiscal al máximo tribunal del país. Consideró que “no es posible” realizar el traspaso “de inmediato” debido a la cantidad de "medios humanos y materiales" que involucra la maniobra. Se trata de las llamadas “escuchas judiciales”. Con esta disposición, se relativizó la urgencia de la medida y por ende la metodología de ejecución que utilizó el primer mandatario.
El Decreto 256/2015 confeccionado en la víspera de la Nochebuena por Macri y publicado ayer en el Boletín Oficial dispuso que la Corte “será el único órgano del Estado encargado de ejecutar las interceptaciones o captaciones de cualquier tipo autorizadas u ordenadas por la autoridad judicial competente”. En la misma resolución trasladó al Alto Tribunal “la totalidad del personal, bienes, presupuesto vigente, activos y patrimonio afectados al Departamento de Interceptación y Captación de las Comunicaciones”. Lo que no se estableció en el decreto fue la fecha de traspaso, que en el gobierno suponían inmediata. Mediante una acordada firmada ayer, los ministros cortesanos Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda le marcaron los tiempos a la medida que había decidido el presidente.
“Para poder dar cumplimiento a lo previsto en el decreto referido es necesario crear y organizar una estructura apropiada con responsables jerárquicos idóneos destinada a controlar la tarea del personal y el funcionamiento del área que se pretende transferir”, consideraron los magistrados y le quitaron premura a la iniciativa presidencial. “Se requiere, de igual modo, el dictado de la reglamentación encomendada”, añadieron.
“El Tribunal entiende que no es posible llevar adelante de inmediato esa misión, dada su importancia y especificidad, en tanto involucra la organización de medios humanos y materiales así como una prolija tarea reglamentaria y una ordenada transición”, añadieron los cortesanos.
Una última oración de los jueces dejó abierta la posibilidad de impugnaciones al decreto: “Lo anteriormente expresado lo es sin perjuicio de la evaluación que esta Corte pueda efectuar sobre la validez del Decreto 256/2015 en ejercicio de sus facultades constitucionales”.
Conocido el decreto, la Procuración General, que tenía a cargo las “escuchas judiciales”, también hizo conocer su posición a través de un comunicado institucional. “La decisión del Ejecutivo es inconstitucional”, consideraron los fiscales. “El esquema de división de poderes que consagra la Constitución Nacional argentina prohíbe al presidente ejercer funciones legislativas. Las escasas excepciones a esta prohibición exigen siempre la acreditación de situaciones de necesidad y urgencia, que no se dan en el caso”.
No obstante, el Ministerio Público Fiscal hizo saber que “garantiza la realización de acciones coordinadas con la Corte para asegurar la continuidad en la prestación del servicio como parte de su compromiso institucional con la seguridad ciudadana y la investigación del crimen organizado”.
En sintonía con la postura de la Corte, los fiscales recordaron en el documento que el traspaso de la ex Dirección de Observaciones Judiciales (DOJ) -que estuvo bajo el mando de la ex SIDE hasta el 7 de julio pasado- al ámbito de la Procuración “implicó un proceso de más de cinco meses”. Entonces se convocaron a eswpecialistas, instituciones públicas y organizaciones civiles para colaborar en la entrada en funciones de la dependencia, que quedó a cargo de la fiscal Cristina Caamaño. «



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