Confirman el procesamiento a Vignatti por defraudación

El Tribunal de Impugnación Penal confirmó el procesamiento del ex concejal justicialista, Oscar Vignatti, por el delito de fraude por el abuso de firma en blanco, en cuatro oportunidades, en la causa que le inició Carlos Alberto Osorio, hijo del fallecido dueño de la empresa de transporte El Indio.

Así, en una resolución unipersonal de la jueza Verónica Fantini, se ratificó lo dispuesto por el juez instructor Néstor Ralli sobre la presunta conducta desplegada por el ex secretario municipal de Hacienda durante la breve gestión del destituido intendente Juan Carlos Tierno, quien quedó más cerca del juicio oral y público. Fantini, además, ratificó el rechazo de Ralli a la nulidad de una prueba clave para la investigación (ver recuadro).

Vignatti era el contador de la empresa de transporte de Diego Osorio y, de acuerdo a lo confirmado por el TIP, usó cuatro convenios que Osorio había firmado en blanco antes de morir para intentar cobrar dos poderes que el empresario había otorgado. Esa conducta está penada con hasta seis años de prisión y el Código Penal la incluye dentro de los casos especiales de fraude al hablar del que "cometiere alguna defraudación abusando de firma en blanco, extendiendo con ella algún documento en perjuicio del mismo que la dio o de tercero".

De acuerdo a lo que había planteado la querella -ejercida por Osorio hijo-, el hecho de que el imputado tuviera los poderes a su favor no implicaba que necesariamente debiera cobrar honorarios. Además una pericia contable incorporada al expediente, más una ampliatoria, demostraría que los honorarios por sus tareas profesionales eran muy inferiores a lo que pretendía cobrar.

Otra prueba en contra de Vignatti sería un segundo peritaje sobre los convenios, cuya conclusión habría sido que existen "fuertes indicios" de que los documentos fueron rellenados después de que Osorio padre los firmara en blanco.

Miles de pesos.

La denuncia promovida por el hijo del dueño de El Indio a fines de 2007 -esa fue la empresa que antecedió al Grupo Plaza en la prestación del servicio de colectivos en la ciudad-, formó parte de un combo de acusaciones cruzadas con Vignatti que llegaron a la justicia.

De hecho, el imputado ha reclamado el cobro por honorarios de alrededor de 600.000 pesos, a valores históricos, basándose en esos poderes. Alberto Osorio contraatacó diciendo que el ex concejal del PJ engañó a su padre aprovechándose de su enfermedad, con la excusa de que debía presentar los poderes ante la Comisión Nacional de Regulación de Transporte.

Vignatti, que estuvo a cargo de la contabilidad de El Indio durante casi una década, ha expresado reiteradamente que es inocente y que el poder especial con el que reclama los haberes está firmado por un escribano. También que los honorarios que reclama "no representan ni el 0,1 por ciento de la facturación de la empresa" y que jamás le hizo firmar papeles en blanco a Osorio. "Demandé a la empresa porque hizo una ruptura unipersonal de la relación laboral y yo me enteré por los diarios", manifestó tiempo atrás.

El juez tiene otra causa

Ralli tramita una segunda causa contra Vignatti ya que Osorio hijo también lo denunció porque supuestamente entre 2004 y 2006 desvió 170 cheques de la empresa a una cuenta personal del Banco de La Pampa por una suma cercana a los 500.000 pesos, a valores históricos, cuando el dinero estaba destinado al pago de cargas previsionales e impuestos. El progenitor del empresario reaccionó así después de que el ex concejal iniciara una demanda civil contra El Indio por el cobro de honorarios.

Ratifican una pericia clave

Fantini, la jueza del TIP, también rechazó una apelación de Vignatti para que se nulifique una pericia que es una prueba esencial en la investigación de la supuesta defraudación. Con ese dictamen la magistrada avaló lo que había resuelto el juez Ralli en febrero pasado.

El peritaje caligráfico sobre los convenios firmados entre Diego Osorio, fallecido en 2007, y Vignatti, habría demostrado que existen "fuertes indicios" para pensar que los documentos fueron rellenados luego de que el empresario los rubricara en blanco. El trabajo fue pagado por el denunciante, Alberto Osorio, y realizado por la Gendarmería Nacional en Bahía Blanca.

El ex edil, para plantear la nulidad, adujo que no fue notificado de la realización de la prueba ni tampoco de sus resultados, y además que recién accedió a ella cuando fue citado a indagatoria el año pasado. El fundamento de Ralli para denegar la requisitoria del imputado fue que la pericia no se trata de una prueba irreproducible.

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