El STJ dictaminó, en tres sentencias, que el Estado correntino debe abonar los haberes a los jubilados de acuerdo al cálculo del 82% de los mejores cuatro años de aporte. Hay miles de amparos similares. Duras críticas del Gobernador.
Tal comentario dio pie a un nuevo capítulo de la larga novela del sistema previsional correntino, hoy insumido en un desconcierto que no avizora final, ni feliz ni del otro.
La posición que hoy enfrenta al Gobernador con los juzgados laborales y el Superior Tribunal de Justicia (STJ) tuvo su primer episodio en el año 2000, cuando el por entonces interventor de la Provincia, Ramón Mestre firmó el Decreto Ley 22/2000 por el cual se modificó el cálculo del haber que se le abona a los jubilados.
Hasta marzo del 2000, un jubilado percibía el 82% del promedio de los mejores cuatro años de aporte (según lo legislado en la Ley 4917 sancionada el 1 de abril de 1995). A partir de la decisión adoptada por Mestre en medio de la “Emergencia Previsional”, el cálculo se hizo sobre los últimos 10 años de aporte.
Si bien la decisión de Mestre perjudicó a los jubilados en el monto de sus ingresos el Decreto Ley 167/2001fue aún más dañino para los próximos trabajadores que accederían a su ansiado retiro.
En el Artículo 35 del Decreto Ley 167/2001 Mestre reiteró la aplicación del 82% del promedio de las remuneraciones con aportes de los últimos 10 años pero incrementó 12 meses por cada año calendario a partir del 1 de enero de 2002.
Es decir, quien se jubiló el mes pasado, percibirá el 82% del promedio de los últimos 20 años de aporte, prorrateo que los perjudica en relación a quienes lograron el retiro antes de la decisión adoptada por Mestre en marzo del 2000.
Se calcula que luego de la rubrica del interventor a los decretos, unas 8.000 personas dejaron la vida activa para gozar de su retiro. Sólo el Centro de Jubilados patrocina judicialmente a unos 2.000 socios quienes lograron amparos judiciales para que se les abone de acuerdo a la Ley 4917 y están a la espera de la sentencia definitiva.
En sucesivos dictámenes, la Justicia correntina determinó que los decretos ley rubricados por el extinto ex interventor provincial son “inconstitucionales”. Ello derivó en la orden de estricto cumplimiento de la reactualización de los haberes que perciben los jubilados que acudieron al cobijo de dicho poder del Estado.
Los continuos reveses del Gobierno provincial, que además debe abonar unos $6.000 por cada juicio perdido (costas de abogados y peritos), motivaron el enojo del Mandatario correntino.
Ayer, Colombi apuntó que no hay provincia en Argentina que pague jubilaciones con el cálculo del 82% sobre el promedio de los mejores cuatro años. Luego aseguró que “rompe todo esquema posible” y que la caja previsional no se podrá sostener.
En medio del conflicto, el oficialismo en la Legislatura desestimó un proyecto que establece la jubilación en base a los 10 mejores años de aporte.


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