La Cámara Federal de La Plata confirmó la validez de la ley de subrogancias

La Cámara Federal de La Plata confirmó la validez de la ley de subrogancias

La decisión fue adoptada por el tribunal de alzada en medio de la polémica entre los jueces y el Gobierno por la forma de designar los cargos vacantes

La Sala I de la Cámara Federal de La Plata declaró la constitucionalidad de la Ley de Subrogancias 27.145 y ratificó al juez Laureano Durán como titular provisional del Juzgado Federal Número 1 de la capital bonaerense, que entre otras competencias tiene la función de supervisar las actividades electorales que se desarrollan en la Provincia de Buenos Aires.

El tribunal -tal y como lo había anticipado de manera provisoria a principios de mes- revocó el fallo de primera instancia que había cesado a Laureano Durán como juez suplente. Durán era secretario judicial y fue designado en 2014 para ocupar interinamente el juzgado federal platense encargado de supervisar los comicios en el distrito más grande del país, pero un fallo de primera instancia había declarado inconstitucional un artículo de la nueva ley de Subrogancias y también su designación.

Ahora, la Sala Primera de la Cámara Federal de La Plata, con las firmas de los jueces Roberto Lemos Arias, Carlos Compaires y Julio Reboredo, dejó sin efecto la declaración de inconstitucionalidad, con lo que ratificó la continuidad del subrogante Durán.

La Cámara Federal de La Plata se expidió en este sentido luego de que se presentara un recurso de apelación interpuesto por el Consejo de la Magistratura ante un pedido de inconstitucionalidad presentado por los diputados Rodolfo Uriarte y Martín Villena de la UCR.

El fallo, según se interpretó en fuentes tribunalicias, implica un respaldo a la validez de la cuestionada ley de subrogancias -que incluso tuvo generó reparos hasta de la Corte Suprema-, pues establece que "no incumbe a los jueces el examen de la conveniencia o acierto del criterio adoptado por el legislador en el ámbito propio de sus atribuciones y no corresponde sustituirlo".

"Está vedado a los magistrados el juicio sobre el mero acierto o conveniencia de las disposiciones adoptadas por los otros poderes en ejercicio de sus propias facultades", sostiene la resolución.

"La Constitución no prevé el sistema de subrogancias, sino que delega al Consejo de la Magistratura la organización del Poder Judicial, resultando suficiente la intervención de los tres poderes del Estado en el trámite de su designación", reflexionaron los jueces.

En ese contexto, opinaron que "la Ley de Subrogancias N 27.145 resulta superadora de las objeciones efectuadas a los sistemas de subrogaciones evaluados por la Corte Suprema de Justicia, por lo cual no se encuentra afectada ninguna cláusula de la Constitución Nacional".

MAGISTRATURA

El Consejo de la Magistratura contestó hoy la nota que fue enviada el martes pasado por la Corte Suprema de Justicia con las dudas de los presidentes de las Cámaras Federales y Nacionales sobre las subrogancias en el Poder Judicial.

Los consejeros sostuvieron que "no existen contradicciones" entre la Ley de Subrogancias y la Ley de Organización del Poder Judicial.

Lo hizo al emitir hoy una resolución en la que también delegó "permanentemente" en las cámaras las subrogancias de hasta 60 días y el caso de las excusaciones o recusaciones de magistrados.

En el caso de las subrogancias prolongadas, el Consejo "designará al subrogante pudiendo las cámaras proponer" subrogantes, explica la resolución.

Sobre la posible contradicción de las leyes 27.145 y 27.146 el consejo sostuvo que tales contradicciones "no existen" porque la primera de esas leyes "es una ley especial" y la segunda "aún no se encuentra vigente".

La presidenta del Consejo, la jueza Gabriela Vázquez, explicó que esa segunda ley "está prevista de acuerdo al régimen progresivo de implementación del nuevo Código Procesal Penal"..

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