Dijo que ese es el objetivo perseguido en la demanda sobre el conflicto de poderes contra el Gobierno provincial. También aseguró que "no hay una cultura del no pago" en la ciudadanía correntina.
En los barrios se avienen perfectamente a cumplir con los impuestos, tasas y contribución por mejoras.
Su oficina está pegada al salón Pocho Roch, escenario de los grandes acontecimientos institucionales de la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes. El doctor Justo Pío Sierra se hizo cargo del Servicio Jurídico Permanente de la Comuna capitalina, luego de acompañar al intendente, Fabián Ríos, en el directorio del Banco de la Nación Argentina. Adquirió un gran protagonismo en la pulseada con el Gobierno provincial en este tironeo por el punto más de coparticipación. Las funciones de su área y los temas que más lo ocupan, en esta charla a fondo con EL LIBERTADOR.
-Arranquemos con una primera pregunta de tipo didáctica: ¿cuál es la función del Servicio Jurídico Permanente?
-El Servicio Jurídico Permanente es el asesor legal del Municipio. En mi carácter de titular del Servicio, representamos legalmente, en todas las cuestiones judiciales y extra judiciales, a la Municipalidad de Corrientes. Otra función que tiene es la de dictaminar en todos los sumarios que son derivados por las distintas áreas. Cada área del Municipio tiene una Dirección Legal, y esa Dirección Legal depende del Servicio Jurídico Permanente.
-¿Con qué colaboradores cuenta usted para este trabajo que realiza?
-Colaboradoras, en este caso. Tengo una subasesora legal, la doctora María Vicente Reparaz, quien se ocupa de dictámenes y juicios; y la subasesora técnica, la doctora Carolina Landi Díaz Colodrero, responsable de la Procuración y Mediación municipal. Después hay distintas áreas, como subdirecciones.
-¿Por ejemplo?
-Por ejemplo, tenemos una Dirección de Mediación, que es prejudicial. También nos dedicamos a la ejecución de todas las deudas por tributos municipales, tasas o contribución por mejoras.
-¿Los asesores jurídicos de los municipios tienen algún organismo que los reúna?
-No, nunca se han formado foros de ese tipo. Sí tenemos contactos permanentes entre nosotros. En mi caso, con Curuzú Cuatiá, Loreto, Santa Lucía y otros municipios.
UNA JUEZ EN EL BANQUILLO
-Hay un proceso de juicio político contra la juez de Faltas Susana Merlo. ¿El Servicio Jurídico tiene alguna intervención en ese caso?
-Nuestro servicio estuvo trabajando en forma conjunta con el Concejo Deliberante, fundamentalmente viendo la Ordenanza que determina el procedimiento del juicio político. En su momento, el Departamento Ejecutivo, a instancias del Servicio Jurídico, consideró las causales en que podría haber incurrido la Juez. Y envió una nota al Concejo Deliberante para que tome una decisión si correspondiere.
-¿Puede recordarnos en qué consistió esa supuesta irregularidad de la doctora Merlo?
-Consistió en la mala aplicación de una multa (ver recuadro). Debía haberse cobrado una suma cercana al millón de pesos, y la Juez tomó la decisión de que se cobrase una multa sustancialmente menor, que no excede los mil pesos.
-Hablando de multas, hay un caso de una familia (la familia Cattaneo) que ha llegado al ámbito del Concejo Deliberante a plantear el caso de un edificio lindero a su casa, que corre peligro de derrumbe. ¿El Municipio tiene alguna responsabilidad en este caso?
-Es una situación producida durante la gestión anterior. Lo que estamos haciendo es seguir los pasos legales que corresponden, y en tal sentido entendemos que la Municipalidad no tiene ninguna responsabilidad porque fue un error en los tiempos que utilizaron las constructoras para comenzar a construir el hormigón.
-¿Es decir que en caso de alguna demanda los vecinos deberían hacérsela a la empresa constructora?
-Exactamente, a la empresa.
-¿El sistema de mediación se aplica en el ámbito municipal?
-Sí, absolutamente. La Municipalidad, como le decía, tiene un área de Mediación Legal, donde se dirimen distintas cuestiones o conflictos. Por ejemplo, problemas de medianías, ruidos molestos... En esta gestión hemos adoptado un sistema de mediación prejudicial, para lo cual antes de iniciar una demanda citamos al vecino para que pueda acogerse a un plan de pagos y evitar lo que significa una demanda judicial con mayores costos.
CULTURA TRIBUTARIA
-¿Cuántas demandas de ese tipo inicia la Municipalidad? ¿Hay una cultura del no pago en la comunidad?
-No, no tenemos una gran cantidad de demandas por cuestiones tributarias. Son números y montos moderados. No se puede hablar hoy de una cultura del no pago por parte del contribuyente.
-¿Es decir, hay un buen cumplimiento tributario de la ciudadanía?
-Sí. Solamente hemos tenido algunos problemas con las contribuciones por mejoras en el área céntrica. En los barrios se avienen perfectamente a cumplir con los impuestos, tasas y contribución por mejoras.
-Por el tema de contribución por mejoras hubo una situación polémica, que obligó incluso al Municipio a volver atrás, ¿no?
-Efectivamente, el Municipio aplicó el concepto de contribución por mejoras a partir de la Ordenanza 1.011, que determinaba la procedencia de este sistema a partir de la declaración de utilidad pública de las obras de pavimentación y repavimentación de arterias.
-¿Y qué pasó?
-Entonces hicimos las obras y establecimos el correspondiente sistema de pagos por contribución de mejoras. Pero algunos vecinos interpusieron una demanda y un amparo, manifestando que el pago de ese beneficio no era procedente porque no se habían cumplido algunos pasos, como la doble lectura y la audiencia pública.
-¿Cómo quedó la situación?
-El Municipio reformuló y adaptó la Ordenanza 1.011. Con la nueva Ordenanza estableció una distinta manera de formalizar la contribución.
-¿Eso es lo que está vigente ahora?
-Así es. Es lo que está vigente.
-Cuando hablamos de contribución por mejoras, ¿son obras de pavimentación?
-Sí, normalmente se trata de pavimentación. Esta infraestructura produce una mejora económica al frentista, porque genera una plusvalía que le da un mejor costo, un mayor valor a la propiedad.
En defensa de las autonomías municipales
-¿Qué evaluación hace del diferendo sostenido con la Provincia por el punto extra de coparticipación (del 18 al 19 por ciento)?
-El año pasado, 2013, se aprobó la Ley 6.251 de Presupuesto en cuyo artículo 33 (ver recuadro) se establecía que se incrementaba el índice de coparticipación en un punto, pasando del 18 al 19 por ciento. Los municipios hicimos nuestro presupuesto teniendo en cuenta ese punto extra.
-¿Con qué fin previeron esos fondos en el Municipio de Capital?
-En el caso de Capital, lo habíamos destinado al pago de salarios. Concretamente, al pase de muchos planes Neike a contratados. Significaba una mejor calidad de trabajo para el empleado municipal. Así incluso lo había anunciado nuestro Intendente cuando asumió su cargo. Entonces, cuando en forma sorpresiva surge un Decreto que establece que ese uno por ciento debería ser destinado a obras de infraestructura, a los intendentes que previeron ese monto para poder pagar esas diferencias salariales los sacó de estructura. Porque partíamos del hecho que los fondos coparticipables son de libre disponibilidad, no condicionados.
-¿Allí entonces decidieron denunciar ese Decreto ante la Justicia?
-Claro, porque un Decreto es una norma de jerarquía constitucional menor, no puede modificar una ley. El Municipio se vio afectado en su faz estructural y fundamentalmente institucional. En Corrientes hubo dos reformas constitucionales, y en ambos casos se ha bregado por la autonomía económica, financiera y administrativa de los municipios. Incluso en la última reforma constitucional, se determina que en caso de colisión entre dos normas, una provincial y otra municipal, debe prevalecer la municipal.
-¿Y qué puede pasar?
-En este contexto, qué pasa si los municipios consienten que un Decreto suplante a una Ley. Estarían abriendo las puertas como para que el Gobernador, mediante un Decreto, pueda llegar a reformar una Ley o incluso la Constitución.
-Eso sería grave…
-¡Es un gravísimo antecedente! Por eso no se trata de una cuestión caprichosa de los intendentes. Se trata de una cuestión institucional, de darle siempre a la gestión pública una mejor jerarquía y calidad constitucional. Ese es el objetivo que perseguimos en la demanda sobre el conflicto de poderes. No se trata del quantum, se trata del fondo y de la forma. Por eso, ¿qué hace la Provincia luego de la primera audiencia conciliatoria? Inmediatamente presenta un proyecto de ley, porque se dio cuenta de su erróneo procedimiento.
-¿Ese proyecto de ley fue una forma tácita del Gobierno de reconocer su error?
-¡Lo reconoció expresamente, porque el mismo proyecto de ley anula el Decreto! Así, con nuestra firme actitud hemos ayudado a preservar el nivel de calidad institucional en la Provincia.
-¿Había una propuesta de retirar la demanda judicial, entonces el Gobierno a su vez retira el Decreto?
-No, en ese caso el planteo judicial quedaría en suspenso. Entonces, el Gobierno deberá liberar los fondos retenidos y reanudar el "goteo" de los recursos hasta que se apruebe la Ley propuesta por el oficialismo. Recién allí nuestro recurso judicial quedaría sin efecto. Si la Provincia accede, entonces podrá demostrar que actúa de buena fe.
Experiencias
-Antes de ocupar su actual función, se desempeñó en el Banco de la Nación Argentina. ¿Qué le queda de esa experiencia?
-Recuerdo algunos viajes que realicé al exterior. Estuve, por ejemplo, en Berlín, buscando financiamiento para obras de energía eólica.
-En esas experiencias en el exterior, ¿realmente comprobó que hay reticencia de los inversores internacionales en invertir en la Argentina, como dicen los economistas?
-No, todo lo contrario: advertí muchos deseos de invertir en la Argentina y el Uruguay. Eso fue lo que capté en las visitas que realicé a Alemania, México y Panamá. Y en este último país participé en un encuentro con empresarios de muchas partes del mundo.
-¿Qué otras experiencias tuvo?
-En México tomé contacto con seis bancos. Desde allí pudimos traer experiencias importantes en materia de construcción de viviendas, que después se tradujo en la Argentina en el plan Procrear.
El caso Merlo
Sobre el juicio político a la juez de Faltas, Susana Merlo, el doctor Justo Pío López aportó el siguiente dato:
En un caso determinado, la Juez debió aplicar una multa de $1.789.625. Sin embargo, sancionó con multa de $621.
Otro: debió aplicar multa de $55.000, y el infractor abonó $5.299.
Quién es
Nació el 23 de marzo de 1962 en Curuzú Cuatiá.
Realizó sus estudios primarios y secundarios en el Colegio Salesiano de esa ciudad.
Sus cursos de Derecho los realizó en la Universidad Nacional de Tucumán, de donde egresó con el título de abogado.
En 1987 fue prosecretario del Concejo Deliberante de Curuzú Cuatiá; y luego, secretario.
Fue concejal por el Partido Justicialista en el período 1992-1994.
Presidente del Concejo Deliberante durante dos períodos.
Asesor jurídico de la Municipalidad de Corrientes durante la Intendencia de Carlos Rubín.
Fue también asesor de otros municipios, como Sauce, Perugorría, Bonpland y otras localidades del Sur de la Provincia.
En 2009 fue asesor del directorio del Banco de la Nación.
En 2013 asumió como Jefe del Servicio Jurídico Permanente en la actual gestión de Fabián Ríos como intendente de la Ciudad de Corrientes.
Su adhesión al justicialismo es una herencia de su abuelo.
Un hobby: jugó al básquetbol hasta los 20 años, y lo sigue haciendo cuando puede.


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