Brasil liga venta de refrescos con pobreza

Brasil liga venta de refrescos con pobreza

Cuatro estados de Brasil fijan un impuesto a la venta de refrescos para obtener fondos relacionados con programas de reducción de la pobreza.

 

De acuerdo con la empresa Coca-Cola FEMSA, Brasil impone un impuesto de producción promedio de aproximadamente 4.1% y un impuesto de ventas promedio de aproximadamente 11.8% sobre las ventas netas.

Excepto por ventas a mayoristas, los impuestos a la producción y ventas aplican sólo a la primera venta, y las empresas embotelladoras son responsables de recolectar y cobrar dichos impuestos a cada uno de sus detallistas.

En el caso de ventas a mayoristas, estos últimos están facultados para recuperar el impuesto de ventas y cobrar este impuesto de nuevo en la reventa de los productos de las embotelladoras a detallistas.

Pobreza

La venta de refrescos se grava con un impuesto al valor agregado a una tasa de 16.0% en los estados de Paraná y Rio de Janeiro, 17.0% en los estados de Goiás y Santa Catarina, 18.0% en los estados de São Paulo y Minas Gerais y 20.0% en los estados de Mato Grosso do Sul y Rio Grande do Sul.

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También los estados de Rio de Janeiro, Goias, Minas Gerais y Paraná imponen un impuesto adicional de 2.0% sobre ventas como contribución al fondo para la erradicación de la pobreza.

En Brasil, el impuesto al valor agregado es estructurado en forma de pirámide y sumado con los impuestos federales, a la base impositiva.

Adicionalmente, las embotelladoras son responsables de recolectar y cobrar el impuesto al valor agregado de cada uno de sus detallistas en Brasil, con base en el promedio de los precios a los detallistas para cada estado donde operan, definido principalmente por medio de una encuesta realizada por el gobierno de cada estado, el cual en 2020 representó un impuesto de aproximadamente 17.4% sobre ventas netas.

Litigio

El impuesto de producción federal brasileño y el impuesto federal a las ventas se incrementaron en 2018 y se mantuvieron igual durante 2019 y 2020.

A principios de 2017, la Suprema Corte decidió que el impuesto al valor agregado no sería utilizado como base para calcular el impuesto federal a las ventas resultando en una reducción del impuesto federal a las ventas.

La autoridad fiscal apeló la decisión de la Suprema Corte y aún está pendiente la resolución de dicha apelación; no obstante, durante el 2019 las subsidiarias de Coca-Cola Femsa en Brasil obtuvieron una resolución favorable a los procedimientos legales que iniciaron en ese mismo año para confirmar la posibilidad de calcular el impuesto federal a las ventas sin utilizar el impuesto al valor agregado como base, de acuerdo con la decisión de la Suprema Corte.

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