Benítez Meabe hace su descargo

Benítez Meabe hace su descargo
El Presidente de las Cámaras Civiles pidió derecho a réplica a este medio en relación a la publicación del 4/11, página 3
La nota íntegra se publica por separado, en recuadro adjunto. Cabe destacar el aporte que al debate y al esclarecimiento realiza el doctor Benítez Meabe, más allá que los argumentos utilizados no alcanzan para desvirtuar los términos de la nota cuyo contenido EL LIBERTADOR ratifica por considerarla fiel expresión de la interpretación correcta del Derecho aplicable. Aun así, es digno de destacarse la actitud del Juez que -sintiéndose afectado- salió a expresar sus puntos de vista, por cierto respetables, en una posición que contrasta con la de otros altos funcionarios judiciales que, como "el tatú", esconden la cabeza y rehúyen el debate. El público lector siempre tendrá la última palabra, en un régimen de derecho donde nadie debe considerarse el dueño de la verdad.

Un aporte al debate esclarecedor lo dio ayer el doctor Carlos Benítez Meabe que, en visita a ese medio, pidió derecho a réplica respecto a la publicación de fecha 4/11 pasado.

Por respeto a la dilatada y respetable trayectoria del doctor Benítez Meabe, hoy ya jubilado, se da cabida al texto íntegro de la nota en la que da su interpretación respecto al llamado "misterio del quinto hombre". Se relaciona con el funcionamiento anómalo del Superior Tribunal de Justicia local que, contrariando lo que dispone la Constitución y la Ley, funciona con solo cuatro de los cinco ministros, aunque habitualmente, sólo lo hace con tres, alentando con ello toda clase de sospechas de manipulación en la circulación de las causas, y digitación en la conformación del Tribunal.

La norma en la cual apoya su posición la llamada mayoría automática, a la cual adhiere ahora Benítez Meabe, lejos está de haber sido concebida para que se desvirtúe el propósito de la Ley de fijar en cinco la cantidad de jueces supremos.

Los cordobeses, autores de la reforma de la ley orgánica de administración de justicia, inspiraron la modificación en la necesidad de darle mayor dinámica al funcionamiento del tribunal, permitiendo que -con solo tres- de los cinco ministros, se despachen sentencias, pero lejos estuvieron de buscar atajos como los que se han dado en los últimos tiempos. De hecho, nunca pusieron en práctica los procedimientos ahora empleados, que han puesto al Superior Tribunal en la mira del comentario público, y no de la mejor forma.

En este marco, la media sanción dada por la Cámara de Diputados -en su última sesión- no fue sino un avance cualitativo en la búsqueda de establecer una reglamentación que impida la formación discrecional de mayorías automáticas, apuntando a dar garantías y transparencia que hoy no hay en el funcionamiento de la Corte provincial.

Se equivoca pues el doctor Benítez Meabe cuando -en su descargo- interpreta que el cuarto o quinto voto sólo debe expresarse en caso de ser necesario dirimir posiciones contrapuestas.

El Superior Tribunal es un órgano colegiado conformado por cinco miembros. Así como un equipo de fútbol que tiene 11 jugadores, cuando un jugador sale lesionado (que es el caso de Codello, impedido desde hace varios meses), en el mismo momento en que sale entra su reemplazante. Así, y no de otra forma, debe ser el Superior Tribunal. El otorgamiento de la licencia debe ir acompañado de la inmediata incorporación como miembro pleno del subrogante legal, en el caso el doctor Benítez Meabe.

Es errónea la interpretación de que el quinto hombre deba ser llamado para causas individuales, como expresa. Él, en su carácter de presidente de las Cámaras Civiles, pasa a ser miembro pleno mientras dure la ausencia, y en orden a ello debe participar de los acuerdos -como un ministro más- no solamente en las cuestiones jurisdiccionales, sino también en las de superintendencia.

La equivocación del doctor Benítez Meabe pasa por no diferenciar lo que es la subrogancia para causas particulares, de lo que es la subrogación como Ministro pleno, lo cual lo obliga a pedir licencia en el cargo de camarista.

La calificación de "rueda de auxilio" deviene, precisamente, del hecho claramente irregular de que la convocatoria a sumarse al cuerpo es de naturaleza precaria, soslayando la obligación legal, tanto para el resto de los ministros como para el Presidente de las Cámaras Civiles, de respetar el espíritu y la letra de la Constitución y la Ley que no conciben un Superior rengo, funcionando de manera irregular, con sólo cuatro jueces.

La licencia como Presidente y camarista es una obligación para el ejercicio del cargo de Ministro, siendo claro y lógico que debe designarse un Presidente sustituto mientras dure en la función de ministro.

No corresponde pues que encuentre en ello una contradicción. Caso parecido el del ex Vicepresidente 1° del Senado de la Provincia, que en el ‘99, por imperio de la remoción del Gobernador y Vicegobernador, pasó a ocupar interinamente la titularidad del Poder Ejecutivo por ser, precisamente, el Vicepresidente del Senado.

Si bien es cierto que la Ley de los cordobeses autoriza a despachar sentencia con la firma de sólo tres de los ministros, ello de ninguna manera debe llevar a que esos ministros sean digitados, y que entre ellos esté, en todos los casos sospechados, el propio Presidente.

Se equivoca pues el doctor Benítez Meabe cuando cree que su rol debe ser "secundario", que debe participar cuando lo convocan a dirimir posiciones contrapuestas. Él, como subrogante legal, debe estar en el bolillero de los nombres que deben votar. Podría ser primero, segundo, tercero o cuarto. Siendo claro que el quinto, siempre, por la naturaleza misma de un órgano colegiado, debe ser el del Presidente del Tribunal.

Más allá de los yerros en la interpretación, a criterio de este medio, resulta ponderable -en lo formal- la posición del doctor Benítez Meabe de salir a la palestra, fijando su criterio, y aportando para un debate que quizás fuera bueno sea llevado a los claustros universitarios y a otros ámbitos específicos del quehacer tribunalicio.

De hecho que la posición del camarista que pidió derecho a réplica contrasta con la de otros que, como Carlos Rubín, habitualmente soslaya el debate y hasta se escuda en normas de manifiesta inaplicabilidad para no dar cuenta de sus actos.

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