La AFIP ultimaba ayer los detalles de la resolución que instrumentará el nuevo plan de regularización tributaria para contribuyentes con deudas impositivas, previsionales y aduaneras vencidas al 31 de diciembre pasado.
El plan, que contempla plazos de hasta 10 años para las deudas impositivas y de dos años para las previsionales, abarcará retenciones y percepciones impositivas y aportes patronales de trabajadores en relación de dependencia.
En lo que hace a deudas aduaneras, todavía no se definió el plazo de pago ni se estableció aún si serán alcanzados todos los tributos que gravan las exportaciones o si el plan se limitará a los cargos por diferencias que se verifiquen entre lo que debía tributarse y lo que efectivamente pagó el contribuyente.
El jefe de la AFIP aclaró que si el plan significara recortes a los intereses o multas, «podríamos discutir en qué medida está favoreciendo más al incumplidor que a quien cumple, pero los planes de facilidades no quitan nada sino que consolidan toda la deuda y dan un plazo razonable para pagar», justificó.
Aseguró además que esta vez habrá mayores exigencias para garantizar el cumplimiento de quienes se inscriban, y sostuvo que «hace mucho tiempo que la AFIP tiene los planes de facilidades abiertos y no hemos visto que se generara una disminución de la cultura de cumplimiento tributario».
La resolución general fija un interés mensual de 1,5% sobre el saldo adeudado, si bien el monto que el contribuyente pagará por mes no podrá ser inferior a $ 150. También trascendió que podrán sumarse quienes estaban adheridos a planes anteriores de regularización.
En cambio, un funcionario -que prefirió no ser identificado- aclaró que no podrán ingresar «las retenciones con destino a la seguridad social, a excepción de los aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia; IVA por ingresar las prestaciones de servicios realizadas en el exterior; algunos pagos de monotributo; cuotas para Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART); contribuciones para el régimen especial de seguridad social para empleados del servicio doméstico y la contribución mensual con destino al Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores».

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