Macri esquivó al Congreso y reformó la ley de ART para bajar el costo laboral

Macri esquivó al Congreso y reformó la ley de ART para bajar el costo laboral

Lo hizo por DNU, como se había anticipado. La norma ya tenía media sanción del Senado. Apunta a que haya menos juicios por accidente y así abaratar el seguro que pagan las empresas.

Finalmente, tal como había anticipado Clarín, el Gobierno modificó aspectos claves de la Ley de Riesgos del Trabajo a través a través de un decreto de necesidad y urgencia (DNU).

El cambio más importante es que instaura la obligatoriedad del trabajador accidentado de presentarse ante las Comisiones Médicas del sistema antes de iniciar cualquier juicio en reclamo de una indemnización.

El ministro de Trabajo, Jorge Triaca, sostuvo que el DNU apunta a “cuidar los derechos de los trabajadores y darle más certeza al sistema”, que está atravesado por una gran cantidad de juicios, generando “una industria del juicio que no beneficia a los trabajadores”. El DNU dice expresamente que apunta a bajar la cantidad de juicios por accidentes de trabajo (“ remover las causas que originan la multiplicación incesante de reclamos por los damnificados”, señala) y por esa vía disminuir la alícuota que pagan las empresas a las aseguradoras de riesgos del trabajo (ART) por la cobertura del sistema, que en promedio es del 3,25% de la masa salarial.

Según la Unión de ART, el año pasado se iniciaron 127.503 juicios, un 20% más que en 2015. En tanto que Juan Luis Bour, economista jefe de FIEL, destaca que hay actividades en donde la prima es más alta, del 10 o 15 %. Cuando se dio inicio a este sistema, a mediados de los años 90, la prima que se pagaba estaba cerca del 1,5 por ciento” .

El DNU reconoce que su texto es similar al proyecto que el 21 de diciembre pasado tuvo media sanción del Senado, pero justifica recurrir a este decreto porque “ parece evidente que esperar los tiempos habituales del trámite legislativo pendiente” en Diputados “dificultaría actuar en tiempo oportuno”. Sectores de la oposición cuestionaron severamente la decisión de Mauricio Macri de no haber convocado a sesiones extraordinarias en febrero para tratar el tema. El Presidente aprovechó el receso parlamentario, ya que recién el 1° de marzo se inaugura el período ordinario (ver página 7).

Esta premura fue objetada también por la Asociación de Abogados Laboralistas que considera que “ no existe ni necesidad ni urgencia para dictar un decreto de estas características”. También Héctor Daer, de la CGT, cuestionó que se haya recurrido a un DNU porque “abre la posibilidad de que sea declarado inconstitucional”, pero avaló los cambios, que fueron acordados con el Gobierno antes de la votación en el Senado.

Por su lado, la Unión de Aseguradoras de Riegos del Trabajo (UART) manifestaron en un comunicado que “más allá de la forma jurídica (que sea DNU o ley) entendemos que refleja el acuerdo de un vasto número de actores sociales”. Avirtió que el mes pasado las demandas crecieron un 45% en relación a diciembre de 2015. Y que “es un problema sobre el que veníamos alertando hace tiempo”.

Ya el articulo 1° del DNU establece que las Comisiones Médicas Jurisdiccionales son “ la instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente de toda otra intervención, para que el trabajador afectado, contando con el debido patrocinio letrado, solicite la determinación del carácter profesional de su enfermedad o contigencia, la determinación de su incapacidad y las correspondientes prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo”.

Esas Comisiones tendrán que expedirse dentro de los 60 días hábiles, aunque “dicho plazo será prorrogable por cuestiones de hecho relacionadas con la acreditación del accidente de trabajo o de la enfermedad profesional, debidamente fundadas”. Lo que resuelvan “agotará la instancia administrativa”, aunque “las partes podrán solicitar la revisión de la resolución ante la Comisión Médica Central”. Y “el trabajador tendrá opción de interponer recurso contra lo dispuesto por la Comisión Médica Jurisdiccional ante la justicia ordinaria del fuero laboral de la jurisdicción provincial”.

El decreto permite que las provincias, municipios y la Ciudad puedan autoasegurar a los trabajadores de los regímenes de empleo público local, previa reglamentación del sistema. Los salarios para calcular el monto de las indemnizaciones se ajustarán por la variación del RIPTE (Remuneraciones Imponibles Promedio de Trabajador Estable).

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