Exclusivo: los puntos clave de la pericia en el juicio de Oil combustibles

Exclusivo: los puntos clave de la pericia en el juicio de Oil combustibles

El análisis revela que la deuda nunca fue de $8.000 millones, que existan planes de pago y que hubo impericia por parte de la AFIP.

La pericia oficial realizada por contadores de la Corte Suprema que se incorporó al juicio oral por la supuesta defraudación de la petrolera Oil Combustibles concluye que la AFIP mintió con el monto adeudado. Según el escrito el monto del impuesto adeudado por el Impuesto a la Transferencia de Combustibles (ITC) nunca fue de $8.000 millones –sino una cifra menor- e indicó que a diciembre de 2015 no existía deuda exigible y que los planes de pago con los que se había financiado la firma estaban regularizados.

Los expertos destacaron también que una serie de disposiciones del administrador federal Alberto Abad generaron la caída de los planes de pago y ocasionaron que la deuda se tornara de imposible cumplimiento.

A continuación los puntos clave de la pericia:

• Jamás existió la cifra de $8.000 millones que figura en la instrucción a cargo de Julian Ercolini. No ocurrió porque nunca fue calculada durante la investigación. La cifra no surge del dictamen pericial firmado por unanimidad por peritos de la Corte Suprema, el Ministerio Público Fiscal, dos por la propia AFIP y tres de las defensas.

• Al 10 de diciembre de 2015 toda la deuda de Oil Combustibles estaba regularizada en planes de pago y no era exigible por parte de la AFIPporque se encontraba ya paga o refinanciada dentro del propio sistema del organismo recaudador y sus cuotas eran abonadas con regularidad, según el detalle de cuadros que analizaron los peritos de la Corte. En el acápite 8, concluyen que “Respecto a su exigibilidad, en tanto integrados en planes de facilidades de pago vigentes, no resultarían exigibles a esa fecha”.

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• A la misma fecha, los planes especiales por el Artículo 32 otorgados a Oil Combustibles (que también están bajo cuestionamiento en el juicio) tenían financiados $2.200 millones, de los cuales, $1.600 ya habían sido cancelados, lo que dejaba una deuda de sólo $600 millones por planes "especiales", supuestamente irregulares.

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El segundo y tercer renglón corresponde a los planes Artículo 32 ($980.668.085 más $1.235.403.297) a monto consolidado.

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El segundo y el tercer renglón del cuadro en sus totales indican que en los planes Artículo 32 se pagaron más de $1.002 millones en uno de los planes y $678 millones en el otro.

• Desde el inicio de actividades hasta que pidió concurso de acreedores (2016), Oil pagó $7.175.646.906,18. No es cierto que sólo pagó 7 meses y luego se acogió a planes para evadir.

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• Por el resto de los planes se pagaron más de $5.333 millones de capital más $1841 millones de intereses por financiación. Demuestra interés de pago como surge de la Página 39 del informe pericial ahora en manos del TOF3. Eso se indica en la última línea bajo el concepto de totales.

• No hubo quita de capital ni merma de intereses.

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• Oil Combustibles demostró pérdida en sus balances durante los años 2013/2014/2015requisito para otorgar Artículo 32 (objetado por la AFIP. Los balances de Oil arrojaron pérdidas de $7.244.011 al cierre del balance a junio 2013; $199 millones a junio 2014 y $639 millones al mismo mes de 2015. Es el mismo lapso que el TOF 3 considerará para el juicio.

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• Los expertos señalan que fueron resoluciones del ex titular de la AFIP Alberto Abad las que hicieron caer los planes de pago vigentes hasta fines de 2015 lo que generaron la acumulación de deuda que se volvió inmediatamente exigible y generó el quebranto de la empresa. Página 51 del informe. Eso obligó a recalcular todos los montos para obtener los totales que se registran en el Punto 10.

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• Fue Abad el que anula administrativamente –ya en marzo de 2018- los Dos planes por Artículo 32 que todavía estaban vigentes en lo legal aunque caducos. En esto subyace que lo hizo sin recurrir a lo que se denomina “acción de lesividad judicial” para establecer si la resolución de Echegaray estaba bien o mal otorgada. Los declaró simplemente “nulos”. Como consecuencia, esos planes caídos incrementaron el monto total de deuda a instancias de la decisión de AFIP.

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• En el punto 10 que más allá de que en diciembre 2015 no había deuda exigible por estar toda financiada y al día, subrayaron que a consecuencia de esas resoluciones de Abad, la deuda total recalculada tras las nulidades ascendía a $5.933 millones. Pero ya con los planes caídos y recalculados en base a la decisión de la gestión Cambiemos.

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• Los expertos señalaron con precisión que existió un único daño al fisco que fue producido por una incorrecta confección de un plan bajo el concepto de “ajuste de inspección”: inferior a los $2 millones.

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• AFIP se ¿equivoca?: En el concurso, pidieron recuperar créditos por $6.891 millones en 2016. Una cifra inferior a la que el propio juez había acreditado por $6.947 millones. Pero fue la propia Oil la que reconoció una deuda de $7.067 millones al momento de pedir su concurso. El juez no tuvo más remedio que considerar el número que la AFIP había solicitado por más que la empresa admitiera un monto superior. La cuestión podría derivar en una mala praxis judicial por parte de los abogados del organismo recaudador a cargo de Ricardo Gil Lavedra.

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• La pericia completa que consta de 60 carillas ya fue incorporada como una de las pruebas clave por el supuesto otorgamiento irregular de 4 planes de pago de AFIP entre 2013 y 2015.

• “Los saldos emergentes de los planes antes detallados son luego reformulados como Planes Vigentes en los términos de lo normado por el Capítulo H de la RG 3541”, señalaron todos los expertos de manera unánime. Significa que estaban en un marco legal.

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• AFIP demoró 20 días en entregar información luego de dar datos "parciales" a los peritos y que estos reclamaran la documentación completa.

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