Según el concejal peronista, en la capital pampeana hay 10 mil familias-inquilinas y dos mil locales comerciales alquilados. Uno de los principales temas es el de la indexación de los contratos, lo que está prohibido por la Ley de Emergencia Pública de 2002.
Ahora, su esfuerzo está destinado a las "más de 10 mil familias que no tienen vivienda propia y a unos dos mil alquileres comerciales que hay en la ciudad".
El edil expresó que los montos de los alquileres, a precios promedio, son de 2 mil pesos para las viviendas familiares (van de 1.500 a 2.500 pesos) y anualmente implican unos 300 millones de pesos. "Para dar una idea, es dos veces el presupuesto municipal y el 10 por ciento del presupuesto provincial", destacó Vignatti.
"Los precios en la ciudad, de acuerdo a los relevamientos efectuados, tienen un desfase de más del 33 por ciento para las viviendas de la zona céntrica y un 41 por ciento en las viviendas de barrio".
-¿Cuándo aparecen estos sobreprecios?
-Se formaron desde agosto de 2002 a la fecha, precisamente, con la vigencia de la Ley 25561, de Emergencia Pública, que vaya paradoja prohíbe la indexación de los mismos, precisamente un punto a analizar en la audiencia sería la eliminación de la actualización encubierta que se da cuando se pone un precio superior para el segundo año de alquiler. A la fecha, un alquiler de 2 mil pesos debería estar en 1.340 pesos en el centro de la ciudad y de 1.180 en los barrios para una familia tipo.
-¿Y los locales comerciales?
-Los alquileres de locales comerciales tienen un sobreprecio de 100 al 200 por ciento, llegando a pagarse hasta 10 mil pesos por uno céntrico, situación que queda en evidencia con los cierres de comercios a poco de abrir o alquileres impagos. Como esta situación no conviene a nadie, es que convocamos a esta audiencia pública para tratar el precio de los alquileres con la concurrencia de los inquilinos, vecinos afectados, cámaras inmobiliarias, cámaras de comercio y asociaciones de defensa del consumidor.
-¿Se invitará a autoridades?
-También se hará una invitación a las autoridades nacionales del Ministerio de Economía, de la Secretaría de Comercio, para analizar la aplicación de la Ley de Emergencia Pública que prohíbe la indexación de los alquileres desde 2002, y la Ley de Abastecimiento (20680) que puede limitar las utilidades o desfases en los sobreprecios de los mismos.
-Insisto con lo del sobreprecio, deme un ejemplo para graficarlo.
-Como primer indicador, a todas luces simplemente referencial, un salario mínimo vital y móvil es de 1.745 pesos y un alquiler 2 mil. O sea, el sueldo completo de un padre de familia es para su vivienda alquilada. En 2002, el mínimo era de 500 pesos y un alquiler estaba por debajo de esa cifra.
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