El municipio cuenta con varias herramientas legales para hacer efectivo el proyecto de urbanización, pero no las lleva a cabo • General Rodríguez edificó durante el gobierno de Kirchner 742 viviendas • La gestión actual en Mercedes, 96.
Un político adquiere la condición de estadista para proyectarse al futuro, cuando comprende las necesidades de su pueblo y se avoca a la aplicación de las soluciones en forma inmediata, sin importarle de dónde surge la idea que dé solución al problema. Lo que le importa a la sociedad de una gestión, es tener la sensación de equidad y juego limpio.
Juan Domingo Perón fue elegido presidente en febrero de 1946, rápidamente se avocó a la sanción de leyes laborales reclamadas largamente por el movimiento obrero, puso en vigencia por decreto un gran número de leyes de corte social que desde décadas habían sido presentadas por los diputados socialistas, ante una imperiosa necesidad popular.
Néstor Kirchner ocupó el sillón de Rivadavia en mayo del 2003, su gestión se fortaleció rápidamente gracias al apoyo creciente de la sociedad que clamaba por juicio y castigo por los crímenes de Lesa Humanidad.
La toma de terrenos por parte de organizaciones sociales fue un común denominador en este último tiempo en casi toda la provincia. El déficit habitacional en la Provincia supera el millón de unidades, según datos del Instituto de la Vivienda de la Provincia, y los esfuerzos oficiales para revertir esta situación parecieran no ser suficientes ante un problema que cada día crece más, sin abundar en detalles.
Una prueba por demás evidente es lo que ha venido ocurriendo en nuestra ciudad.
A fines de marzo de 2010, en avenida San Martín y 127 hubo un intento de ocupación de terrenos, donde se enfrentaron vecinos contra los ocupantes, por este hecho, el Partido Obrero presentó un Proyecto de Urbanización en una parcela en Gowland-Agote.
Con fecha 9 de mayo de 2010, y como Polo Obrero, ingresa el proyecto para la construcción de viviendas populares para ser tratado por el Honorable Concejo Deliberante. En líneas generales el proyecto, en los considerando, remarcaba, “que el Juez Federal Héctor Echave, en declaraciones periodísticas, afirmó que la solución al problema de la usurpación no puede darla el Poder Judicial y que es el poder político quien debe darla”.
También establecía que: del lado oeste de la calle 511 de Gowland Agote, (lindero al barrio IES) entre medio de las vías del ferrocarril San Martín y Sarmiento, existe una fracción de tierra que fue adquirida por la firma Siad S.R.L al propietario Juan Pitti, para la construcción de barrio IES y que por problemas financieros, solo se construyó la mitad del plan habitacional, quedando además parte de terreno sin escriturar –aunque pagado- por la ya desaparecida firma, por lo tanto –actualmente- deudora de todos los impuestos y/o gravámenes.
También afirmaba: “Que actualmente el gobierno municipal cuenta con un plantel de más de 600 personas dentro del programa Argentina Trabaja en cooperativas, cuyos ingresos son financiados por el Gobierno Nacional”. Y “Que la municipalidad dispone de moldes para la fabricación de ladrillos para la construcción de viviendas. El claro ejemplo; la construcción del barrio Mutis”.
En su artículo 1º remarcaba que El ejecutivo comunal a través de la oficina de Asuntos Legales de la Municipalidad realizará los trámites pertinentes a fin de que la fracción de tierra (…) pase al control del estado comunal.
No vamos a analizar el contenido total del Proyecto, si recorreremos en forma sucinta las distintas oficinas del municipio donde se analizó el proyecto, que pasó por las distintas dependencias, entre Secretaría de Gobiernos, Obras y Servicios Públicos, Departamento de Obras Públicas: es decir un peloteo que duró casi 10 meses. Y finalmente remitieron las actuaciones para que el Concejo Deliberante tome la decisión final, aunque los despachos contienen datos erróneos.
Se puede conjeturar por la demora y las diferentes respuestas de las áreas correspondientes, solo llevaban la evidente intención de archivar el proyecto en cuestión.
Punto a destacar, que el 16 de septiembre el Director de Asuntos Legales, el doctor Horacio Deluca, dice en su despacho: “El predio en cuestión pertenece a un privado” pero indica que: “se gestione el correspondiente informe de dominio”, apuntado además que “deberá el Departamento Ejecutivo evaluar dentro de las facultades que le son propias la aplicación de la Ordenanza General Nº 38”.
Sin embargo, el 12 de noviembre, Deluca, modifica el criterio anterior y afirma que el predio en cuestión es propiedad de Juan Pitti, -que es un error ya que afirmamos que lo adquirió el ingeniero Eduardo Sal-Lari- y solicita que se remitan las actuaciones al Concejo Deliberante, para que tome la responsabilidad de proponer la expropiación del terreno, afirmando que es propiedad de Juan Pitti.
Es por demás evidente la decisión política de no facilitar ningún trámite que conduzca a paliar el déficit habitacional. Vamos a enumerar las herramientas legales con que cuenta el municipio, para hacer efectivo el proyecto de urbanización, a saber:
Puede aplicar la ley de Apremios Tributario. Que establece en su Artículo 1°. “El cobro judicial de los créditos por tributos de la Provincia o municipalidades contra sus deudores y responsables, se hará por el procedimiento de apremio establecido en la presente ley”.
Recordamos el predio en cuestión no tributa desde el cese de actividades de la fábrica de automóviles 3CV y el estado de abandono es evidente.
La Ordenanza General Nº 38 -que hace referencia en su despacho Deluca- en su artículo 3º dice: “Los intendentes podrán disponer la ocupación de lotes o fracciones de terrenos baldíos, que se hallen en estado de abandono y que por razones de higiene o seguridad, afecten los intereses de la comunidad”.
Si esto resultara insuficiente, el municipio puede amparase en la Ley de Usucapión que permite el derecho de propiedad, ya que pone límite a la posesión indefinida, un argumento que “fue impuesto como verdadera sanción a la incuria y negligencia de los dueños de las cosas cuando la dejan en estado de abandono. Que la omisión del ejercicio del derecho durante tanto tiempo, produce la extinción de ese derecho, y que es mucho más importante el principio del interés social”. Es decir que el/los terrenos abandonados pasen a órbita municipal, contribuye a la creación de riqueza, que fomenta la producción y con ello la creación de empleo. Que “el abandono (de un inmueble) es una actitud reñida con deber comunitario, porque no hace un uso regular conforme con su destino, que es la producción”.
“Que no se trata de privar al propietario del derecho, si no, por haber dejado de ejercerlo durante tanto tiempo. Que si pasan más de 20 años sin intentar recuperar la posesión es que ha consentido el despojo”.
Ejercer bien el poder significa utilizar las herramientas a su alcance para tratar de solucionar los problemas de la sociedad. Es probable que esta gestión no conozca que el Registro de Demanda Unico y Permanente fue elaborado por profesionales del área social del Instituto de la Vivienda, tiene como objetivo cuantificar la demanda de vivienda, caracterizarla y clasificar los grupos familiares demandantes en todos los partidos y localidades de la provincia de Buenos Aires.
Una prueba de cómo se logran resultados, lo expone la ciudad de General Rodríguez, que con una población parecida a la nuestra, edificó durante el gobierno de Néstor Kirchner, 742 viviendas. La gestión actual en Mercedes entregó 96 viviendas
A veces –pareciera- que se le escapan los caracoles…

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