Los tribunales militantes

Un decreto ley de la dictadura de Pedro Aramburu prohibía a los funcionarios y empleados del Poder Judicial afiliarse a partidos y participar en política. El Consejo de la Magistratura, luego de una fuerte polémica, lo reformó.
Poco a poco la Justicia se corre –o le corren– el velo. Después de dos años de analizar puntos y comas, el Consejo de la Magistratura votó ayer una reforma que permitirá a los funcionarios y empleados del Poder Judicial afiliarse a partidos y participar en política, algo que tenían prohibido por un decreto ley (el 1285/58) de la dictadura de Pedro Aramburu. La iniciativa tuvo el apoyo de kirchneristas, radicales, abogados y el representante de los académicos, pero fue resistida por los jueces que integran el organismo. La modificación aprobada seguirá excluyendo a los jueces de la actividad partidaria. De todos modos, para la familia judicial, es un cambio cultural fuerte y los beneficiaros de la decisión serán muchos ya que en los tribunales nacionales hay cerca de 22 mil empleados y unos cuatro mil secretarios.

El Reglamento para la Justicia Nacional dice, en el artículo 8, que “los magistrados, funcionarios y empleados (...) no podrán estar afiliados a partidos políticos o agrupaciones políticas, ni actuar en política”. El Consejo votó ayer por modificar los alcances de esa prohibición –retocando el artículo 10– en la que, de ahora en más, sólo quedarán comprendidos los jueces. Uno de los argumentos de la resolución es que impedir hacer o participar en política a quienes tienen cargo inferior a juez es violatorio de la propia Ley Orgánica de los Partidos Políticos y de la Convención Americana de Derechos Humanos, que establecen el pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos y la libertad de expresión y asociación.

Aunque no estuvo entre los asuntos que más trascendieron, puertas adentro del Consejo este tema desató fuertes disputas y rispideces entre los consejeros. El proyecto original era del kirchnerista Carlos Kunkel y abarcaba a los jueces también. Luego se sumaron otras propuestas similares del oficialismo, de Marcelo Fuentes y Nicolás Fernández. Los jueces se opusieron de plano. Entre ellos, Miguel Angel Gálvez llevó la voz cantante y tuvo fuertes contrapuntos, en especial con Kunkel. El juez señalaba que un compromiso con un partido político puede afectar la independencia de los jueces y quienes los rodean. El diputado le recriminaba que estaba defendiendo un decreto de un gobierno militar que cercenaba la libre expresión. Para darle al desenlace un tono más neutral, la redacción final quedó a cargo de un abogado, Pablo Mosca, y un académico, Mariano Candiotti.

“Esta decisión es un modo de reivindicar y de dejar de denostar la actividad política. También, de transparentar la Justicia”, resaltó la diputada y consejera Diana Conti (Frente para la Victoria). “Preferimos que haya permiso para tener afiliación política, que haya un sinceramiento, todo el mundo tiene una ideología. ¿Por qué ocultarlo? A mi entender la medida debería también ampliarse a los jueces, pero en ese caso la reforma se debe hacer por ley (la ley orgánica de los partidos impide la afiliación a los magistrados). Kunkel y yo vamos a presentar un proyecto con ese objetivo”, le anunció a Página/12.

El presidente del Consejo, el juez Luis Cabral, se opuso a la reforma por varias razones, que explicó a este diario: “Permitir o no la afiliación es una facultad legislativa, no del Consejo; o en todo caso puede ser un asunto de superintendencia de la Corte”. “Pero además de todo eso –añade–, no comparto el criterio: la afiliación es inconveniente en el caso de los funcionarios judiciales, que deberían tener las mismas incompatibilidades que los jueces. Por ejemplo: si un secretario va a subrogar a un juez, se plantea una contradicción. ¿Puede sustituir al juez si está afiliado a un partido? También veo un conflicto en puertas en el caso de los secretarios electorales. El apartidismo es lo más razonable para jueces y secretarios, como lo incluyen algunas Constituciones provinciales como las de Santa Cruz y Santa Fe, entre otras. Es una expresión de imparcialidad necesaria”. Cabral señala que en el caso de los empleados, ya existía una acordada de la Corte que les permitía la actividad política, pero no figuraba en el Reglamento de la Justicia, lo que generaba una grieta interpretativa.

La mención de Cabral sobre la intervención de la Corte Suprema no es casual. El máximo tribunal, recuerdan funcionarios del Consejo, se puede abocar a revisar decisiones que surgen de cualquier cuerpo judicial como lo hizo, por ejemplo, con el régimen de licencias. La cuestión de la afiliación seguro que seguirá generando debate. Habrá que ver si los jueces supremos también quieren participar.

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