El Tribunal de Cuentas informó a la Justicia sobre los gastos de la Constituyente

El Tribunal de Cuentas informó a la Justicia sobre los gastos de la Constituyente
El órgano de control provincial respondió al requerimiento de la Fiscal Carrizo en el marco de la causa iniciada por el dirigente Enrique Romero sobre el manejo de los fondos destinados para cubrir gastos por parte de la Convención Constituyente. Para el Tribunal de Cuentas “se cumplimentaron los controles” de su competencia

El pasado martes ingresó al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Tucumán un oficio rubricado por la Fiscal de Instrucción Penal de la IXª Nominación, María de las Mercedes Carrizo en donde se requería se remitan copias del expediente administrativo mediante el cual se hubiese tramitado la aprobación y auditoría de los fondos del funcionamiento de la Convención Constituyente realizada en el año 2006, ante la denuncia presentada por el dirigente peronista Enrique Fernando Romero, en donde hace referencia que el actual Ministro de Salud de la Nación, Juan Manzur, por entonces titular de la Constituyente, por incurrió en "Administración Fraudulenta, Malversación de Fondos, Enriquecimiento por Causa Ilegal e Incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público en Concurso Real" .

Pasado el mediodía de ayer, la Fiscalía recibió la respuesta por parte del organismo de control, a cuyo escrito accedió en forma exclusiva EL SIGLO.

La respuesta, que lleva la firma del presidente del Honorable Tribunal de Cuentas de Tucumán, CPN Miguel Chaibén Terraf, hace un pormenorizado detalle del gasto cuestionado en la denuncia realizada por Romero.

Desde el Departamento de Rendición de Cuentas se informa sobre el tratamiento del origen y aplicación de los fondos que se otorgaron desde el Ministerio de Gobierno y Justicia para atender los gastos de funcionamiento de la Convención Constituyente del año 2006.

Fondos

El informe señala que con fecha 20/03/2006 se emitió el Decreto nº 616/3 (SH) mediante el cual se autoriza un adelanto de $500.000, a través del Ministerio de Gobierno y Justicia, "para atender gastos de funcionamiento de la H. Convención Constituyente del año 2006, en cumplimiento del art. 13º de la Ley nº 7469", adjuntándose la documentación respaldatoria.

Ante este Decreto se confecciona un Libramiento de Entrega por los $500.000 imputados a la cuenta del Ministerio de Gobierno, el que es sometido a Control Preventivo de la Delegación Fiscal asignada en esa dependencia, otorgándose curso de pago por parte de la Tesorería General de la Provincia, formulándose contablemente el cargo en la Contabilidad de Responsable y forma parte de la Cuenta de Inversión Ejercicio 2006.

Posteriormente el Tribunal de Cuentas informa que con fecha 31/05/2006 se emite otro instrumento de autorización, el Dto. nº 1628/3, mediante el cual se otorga, a través del Ministerio de Gobierno y Justicia un adelanto de $1.300.000, con idénticas característica al anterior, vale decir "atender los gastos de funcionamiento de la Convención Constituyente".

El libramiento para obtener el pago de estos fondos fue librado el 01/06/2006, "bajo las mismas verificaciones que el instrumento anterior".

Con fecha 11/04/2007 se emite el Decreto nº 1039/14 del Ministerio de Gobierno, mediante el cual se aprueba el gasto que asciende a la suma de $1.800.000 "efectuado por la H. Convención Constituyente, a través del Ministerio de Gobierno y Justicia, al sólo efecto de la respectiva rendición de cuentas".

Posteriormente, siempre según el informe remitido por el Tribunal de Cuentas a la Fiscal Carrizo, con fecha 15/05/2007 "ingresan al Departamento de Rendición de Cuentas del Tribunal, las rendiciones nº 8202/07 y 8203/07, presentadas por el Ministerio de Gobierno y Justicia, mediante las cuales, se rinden cuentas de los libramientos por $500.000 y $1.300.000, correspondientes a los gastos de funcionamiento de la Convención Constituyente del año 2006"

El informe indica que "que el marco legal vigente a esa fecha era la Ley de Contabilidad y Tribunal de Cuentas". En éste contexto normativo, el Departamento Rendición de Cuentas, realizó el examen documental de su competencia (el control posterior de los gastos), aconsejando al Tribunal, la aprobación de las citadas rendiciones". Este hecho se materializó mediante Acuerdo nº 1534 del 26/06/2007, cuyo importe es superior a $1.800.000 "al estar incluidas otras rendiciones también pertenecientes al Ministerio de Gobierno y Justicia, pero no relacionadas con la Convención Constituyente".

Comprobantes

Sobre el particular, el informe remitido a la Justicia, indica que "los legajos de las rendiciones de cuentas conteniendo toda la documentación acompañada, fueron devueltos, como sucede con todas las rendiciones de cuentas de los Servicios Administrativos de la Administración Pública Provincial, a su presentante, en éste caso al Ministerio de Gobierno para su archivo".

El balance de responsables del Ejercicio 2007, confeccionado por la Contaduría General de la Provincia, "aparecen los descargos de estas rendiciones y sus respectivas aprobaciones, con lo que se completa el ciclo administrativo de tratamiento, incluyéndose en la Cuenta de Inversión del año 2007".

Ante la explicación del Departamento de Rendición de Cuentas de Organismos Centralizados del Tribunal de Cuentas, con toda la documentación respaldatoria de todos y cada uno de los puntos que se hicieron referencia, esta dependencia sostiene que "se cumplimentaron los controles preventivos y posterior, de competencia del Tribunal de Cuentas"

Finalmente el órgano de control hace referencia al Reglamento Interno de la Convención Constituyente en cuanto a los fondos percibidos y a las atribuciones y deberes del Presidente, al tiempo que se destaca que "la Convención aprobó la administración, inversión y manejo de los fondos realizados por su Presidente mediante Resolución 12/PHCC/2006 en la sesión del 05/06/2006"

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