La Justicia local condenó ayer a un vecino de la localidad de Quemú Quemú, de 56 años de edad, a cumplir una pena de “tres años de prisión efectiva” al considerarlo autor material y penalmente responsable de un delito.
Como La Reforma informó oportunamente, el viernes pasado culminó en el segundo piso de Tribunales un debate de instancia privada que se desarrolló en diferentes audiencias y contó con la participación de distintos testigos. Durante los alegatos finales de las partes la fiscal Ana Laura Ruffini solicitó una condena mayor, de 6 años de prisión, para el acusado; mientras que la defensa, representada por el abogado particular Julio Ballari, pidió la “absolución” de su cliente. El caso, que ayer tuvo una sentencia condenatoria de primera instancia -que las partes pueden recurrir ante el Tribunal de Impugnación Penal de la provincia-, fue denunciado en mayo del año anterior. Posteriormente el Ministerio Público Fiscal lo investigó como un hecho de “abuso sexual simple” (tocamientos), pero a la hora de los alegatos la fiscal Ruffini pidió una pena de 6 años de prisión (el doble de la condena conocida ayer) por tratarse de un hecho “agravado” por la situación de guarda existente entre las partes.
Tratamiento
Por otra parte, cabe destacar que el fallo del juez Alonso también dictó la obligación del condenado a “someterse a un tratamiento médico psiquiátrico en atención al carácter sexual del delito atribuido, el cual deberá ser proporcionado por el establecimiento penitenciario mientras dure la condena”. Asimismo se apuntó que la evolución del tratamiento deberá ser informado “trimestralmente al Tribunal de Ejecución” de la II Circunscripción con asiento en esta ciudad. Finalmente se indicó en la resolución que “en caso de obtener libertad anticipada” el imputado “deberá proseguir con el tratamiento en institución pública o privada hasta el agotamiento total de la condena”.
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