Sin trabas para mudar a Colón a la Costanera

Sin trabas para mudar a Colón a la Costanera

Un fallo de Cámara rechazó la inconstitucionalidad de la decisión de los gobiernos nacional y porteño

Sala V de la Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó la inconstitucionalidad, y dejó sin efecto el amparo, presentado por las asociaciones Basta de Demoler y el Círculo Italiano, contra el traslado del monumento a Cristóbal Colón a la Costanera Norte.

El fallo unánime lleva la firma de los jueces Guillermo Treacy, Pablo Gallegos Fedriani y Jorge Federico Alemani, que fue firmado el miércoles pasado, deja sin efecto el único impedimento para trasladar el grupo escultórico. Al mismo tiempo condena a las asociaciones actuantes a pagar los costos del proceso.

Así lo confirmaron en la Procuración de la Ciudad, que indicaron que se esperarán los plazos judiciales pertinentes y que luego de la feria, el fallo quedaría firme y se comunicará al gobierno local para que ejecute la ley que permite la mudanza.

En ese sentido Horacio Savoia, representante del Círculo Italiano, indicó: "Habiendo sido notificada en el día de la fecha, el plazo para la presentación del recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación contra dicho pronunciamiento -en atención a los feriados establecidos- vencería después de la primera semana de febrero de 2015".

María Carmen Arias Usandivaras, abogada patrocinante de Basta de Demoler, indicó que "no corresponde imponer las costas porque el amparo es un proceso gratuito".

El fallo se expide especialmente sobre la cuestión de fondo, es decir, la inconstitucionalidad planteada por las demandantes. Explica que si bien en un principio la Justicia dio lugar al amparo, las circunstancias cambiaron luego de que se celebrara el convenio de mudanza entre la Nación y la Ciudad y, luego, se sancionara la ley avalándolo.

"Cabe aclarar que adquiere especial relevancia que el 26 de marzo de 2014 el Estado nacional y el gobierno de la ciudad celebraron un convenio de colaboración y cooperación, donde acordaron las condiciones para la restauración, el traslado y emplazamiento del monumento a Cristóbal Colón dentro de la ciudad de Buenos Aires", dice el fallo. Y agrega que "el Congreso de la Nación aprobó el citado convenio por intermedio de la ley N°26.963 y la Legislatura porteña hizo lo propio mediante la resolución N° 156/LCBA/14".

Además los jueces agregan: "Ni en el escrito de la demanda, ni durante el trámite de la causa, se ofreció ni se produjo en la primera instancia la prueba de peritos o expertos, tendiente a demostrar daños resultantes del traslado".

Entre los fundamentos se destaca que "la Comisión de Museos y Monumentos y Lugares Históricos ha puesto de resalto al extremo cuidado y el procedimiento a llevar a cabo con las piezas del monumento".

Asimismo, detalla que son "infundadas e irrazonables las manifestaciones vertidas" referidas a una supuesta "discriminación a los inmigrantes o residentes italianos", ya que "no se advierte conducta" de los gobiernos al respecto.

Por otra parte, la Cámara condenó a pagar las costas del proceso a las "actoras vencidas, en virtud del principio de la derrota".

El fallo llegó a la Cámara luego de que, en primera instancia la jueza en lo Contencioso Administrativo Federal Macarena Giménez rechazara el planteo en octubre pasado. La mudanza del monumento, que sigue desmantelado detrás de la Casa Rosada, costará unos 25 millones de pesos, según el acuerdo que firmaron las jurisdicciones.

La escultura, que el 29 de junio del año pasado fue desmantelada, será emplazada en el espigón Puerto Argentino, frente al aeroparque metropolitano. En reemplazo del grupo escultórico llegará una estatua en honor a Juana Azurduy. Si bien en un principio el gobierno porteño no estaba de acuerdo con el traslado, luego cambió de opinión.

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