Cómo terminó el primer simulacro de juicio por jurados en La Pampa

Cómo terminó el primer simulacro de juicio por jurados en La Pampa
Docentes, gente del teatro, estudiantes de Ciencias Económicas, dos periodistas, un jubilado, empleadas administrativas del Estado Provincial, entre otros ciudadanos, participaron este viernes a la tarde, de un simulacro de un juicio por jurados. Analizaron un supuesto homicidio enmarcado en un caso de violencia de género: ¿intencionalidad o legítima defensa? Hubo absolución de la imputada pero después de haber empatado en seis votos.

La actividad comenzó a las 17, y se extendió por casi tres horas, en el Centro Judicial de Santa Rosa. Es la continuidad de las Primeras Jornadas de Juicio por Jurados, iniciadas el viernes 14, organizadas por el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Provincia de La Pampa.

Colaboraron cinco actores y actrices, casi todos del Grupo Andar (Elisa Conti, Marcelo González, Pablo Victoria y Sandra Passarello) y uno del grupo La Escalera (Juan Ignacio Carril).

El juez fue Mario Alberto Juliano (juez del Tribunal en lo Criminal 1 de Necochea y presidente de la Asociación Pensamiento Penal); el fiscal Mauricio Piombi (fiscal de Santa Rosa); y el defensor Francisco Marull (abogado penalista y profesor de Derecho Procesal Penal en la UNLPam). A su vez, actuaron doce jurados que debieron dictar sentencia.

El hecho en análisis era un asesinato. La acusada, Tamara Peña. Según acusó Piombi en este simulacro, Peña mató con una pistola Bersa a su pareja, Manuel Gómez, el 3 de marzo de este año. Dijo que Peña fue hasta la casa de Gómez, en la calle Sarmiento, y le pegó un tiro en la cabeza. El disparo, incluso, atravesó la mano izquierda de Gómez –que atinó a defenderse- y le ingresó en la mejilla derecha. Esa herida le provocó hemorragias internas que terminaron con la muerte del hombre. Por su parte el defensor argumentó la legítima defensa en el marco de una creciente violencia de género de la que la mujer era víctima.

El debate continuó con la declaración de cuatro testigos y de la propia imputada. Luego de los alegatos del fiscal y defensor, el jurado se retiró a deliberar. Una media hora más tarde hizo conocer el veredicto: no culpable.

Ecos de la experiencia

Luego del cierre formal, hubo espacio para el intercambio de ideas. La primera "sorpresa" fue que los doce jurados habían empatado en su decisión, es decir seis lo hicieron por la absolución y los otros por la condena.

La instrucción indicaba que para absolver hacían falta siete votos mientras que la condena exigía una mayoría especial de diez votos. El simulacro se resolvió finalmente por siete a cinco. Otra particularidad estuvo dada por la evidente presencia de un caso de violencia de género donde los jurados debieron evaluar entre la "intencionalidad" de producir la muerte del hombre o el uso de "legítima defensa" ante el ataque a la mujer.

Si bien el jurado estuvo integrado por ocho mujeres y cuatro varones, se estimó como un hecho positivo la posibilidad de abstraer el caso en tratamiento de las posturas personales de los integrantes. El doctor Juliano recordó que un fallo condenatorio puede ser apelado a las instancias siguientes del proceso judicial mientras que una absolución es irreversible.

La experiencia tendrá continuidad durante el mes de septiembre, según anunció Francisco Marull aunque en el marco de la Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas de la UNLPam.

Debate

El presidente del Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de La Pampa, Miguel Angel Vagge, recordó a Diario Textual que el objetivo central es promover el debate sobre la implementación del juicio por jurados que, a pesar que es una figura de la Constitución Nacional desde 1853, solamente está vigente en la Provincia de Córdoba, desde 2005, a la que próximamente se sumará Neuquén.

Mayor justicia

Nicolás Vargas, miembro de la Asociación Pensamiento Penal, asesor hasta hace poco de la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados de la Nación y parte de un equipo que elaboró un proyecto de Juicio por Jurados, dijo que el jurado debe resolver por "culpable" o "no culpable". La asociación ya implementó estos simulacros en la Universidad de Palermo (CABA), Lobería (Pcia. de Bs As), Mendoza y Catamarca.

En la experiencia cordobesa, algunas de las conclusiones –según una encuesta del Ministerio de Justicia realizada a quienes actuaron como jurados populares- son el logro de una percepción de "mayor justicia", y la desmitificación de que un jurado de este tipo impondrá "mano dura".

Vargas ejemplificó con casos reales, en particular uno de San Francisco (Córdoba) donde un acusado -para quien previamente entre los ciudadanos y los medios de comunicación no había otra medida que la condena- fue finalmente absuelto. También aclaró que los eventuales condenados en juicios por jurado pueden apelar a las instancias que correspondan. Sin embargo, agregó que cuando es declarado no culpable, esa decisión no se apela y queda firme, "porque se considera que es una decisión emanada del pueblo".

Vargas admitió que existen "mitos" entre los miembros de un jurado popular como las potenciales represalias por un determinado fallo. "La realidad es que no han existido casos de represalias aunque es cierto que el Estado debe asegurar los mecanismos para proteger a un jurado, a un juez o a un testigo", dijo a Diario Textual.

Explicó que para la integración de un jurado se convocan originalmente 36 ciudadanos, 18 hombres y 18 mujeres, muchos de los cuales pueden quedar afuera por planteos de las partes actuantes. A los 12 titulares se les suma un grupo de suplentes, por situaciones eventuales que puedan ocurrir durante el proceso.

Desestimó la necesidad de que los jurados tengan que saber derecho o leyes. "Se evalúan solamente hechos", recordó. En general la fiscalía plantea una acusación y la defensa expone sus teorías, y en base a las exposiciones y pruebas existentes, después de los alegatos, el jurado se reúne y vota, luego de argumentar a favor o en contra. Esta instancia es secreta".

Precisó que para dictaminar la culpabilidad del acusado suelen necesitarse entre 10 y 12 votos aunque para la declaración de "no culpable" alcanza con que estén de acuerdo entre 7 y 8 jurados. En realidad estos indicadores son definidos por los legisladores cuando sancionan la Ley que reglamenta el juicio por jurados. Para Vargas, esta figura es una forma de democratizar la Justicia y rechazó la opinión de quienes argumentan que se debilita el poder judicial. "Al contrario, se reafirma la participación popular sin debilitar a los jueces" reiteró.

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