Los tres agentes del servicio penitenciario condenados por el delito de torturas cometido contra el recluso José Carmelo Castro Moya seguirán detenidos en tanto se conozca si la resolución del Tribunal de Juicio queda firme.
“La gravedad del hecho imputado y el deber del Estado de garantizar el cumplimiento del fallo; la existencia de una causa en trámite, en la que distintos reclusos que declararon durante el juicio atribuyeron a los agentes condenados otras conductas análogas a las investigadas en autos; el expreso pedido del agente fiscal interviniente de detener a los imputados”, fueron los motivos para no hacer lugar al pedido.
Luego, al estudiar los antecedentes del caso, los ministros Sagastume y Muchnik consideraron inadmisible el recurso y entendieron que el Tribunal no quebranta garantía constitucional alguna de los condenados, y se ajusta a “las pautas objetivas fijadas por el legislador local para la procedencia de la prisión preventiva”.
A fines de 2008 el recluso José Carmelo Castro Moya había denunciado a integrantes del servicio penitenciario por haberlo sometido a apremios ilegales durante una requisa realizada en la unidad de detención de Río Grande. Un año después, el convicto falleció en condiciones poco claras.
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