Las causas deben ser resueltas por el Juez de Garantías de Belén, quien se expediría en los próximos días.
En diálogo con El Ancasti, Morales desmintió que el comisario Valdez sea director del área de Coordinación y Ejecución, y aclaró que solo fue designado en el área como “administrativo”, cuya función es la de “colaborar con la Dirección de Planes bajando directivas de política criminal”.
Al ser consultado por las imputaciones de Valdez, el subsecretario defendió su postura y aclaró que “como para todos, para él rige también el principio de inocencia”, haciendo referencia a la Constitución Nacional que establece que todos somos inocentes hasta que se demuestre lo contrario y a que Valdez aún no fue juzgado por los delitos que se le imputaron.
Teniendo en cuenta que en el acta de designación del Comisario se establece que el acto debe comunicarse a la Jefatura de Policía y que desde el área estaban al tanto de lo que sucedía, Morales aseguró que “nadie” le contó sobre estas imputaciones.
Las causas
Tras una carta enviada a los medios de comunicación por el comisario Valdez en la que aseguraba que había sido sobreseído por las imputaciones, El Ancasti dialogó con el fiscal de la Tercera Circunscripción Judicial de Belén, Jorge Alberto Flores, quien había acusado al numerario policial.
Flores aseguró que la causa actualmente está en manos del juez de Garantías subrogante, Miguel Aybar, que debe expedirse sobre si envía o no la causa a juicio. No obstante, aclaró que la decisión del magistrado no sería la última, ya que quedan instancias de apelación.
El fiscal explicó que de las imputaciones que le cabían a Valdez fue sobreseído de la mayoría por prescripción de la acción penal, lo que no significa que él no haya cometido esos delitos sino que los tiempos para juzgarlo caducaron, y que actualmente “quedan tres hechos de tortura”, por los que no pudo ser sobreseído, ya que implican un máximo de 25 años de prisión.
Flores explicó además que los hechos de tortura pueden ser incluidos en el marco de delitos de lesa humanidad, y que esto fue lo que solicitó. En caso de que se le dé este marco, los tres hechos serían imprescriptibles y Valdez no podría objetar el paso del tiempo para no ser juzgado, como viene sucediendo desde hace 12 años.
Legal
Según se desprende de la misma Ley de Personal Policial 2444, que en su artículo 119 inciso “c” establece: “El personal superior con auto de procesamiento dispuesto por autoridad judicial, mientras dure la situación debe estar en situación de pasiva”, lo que implica que debería estar apartado de su función como policía.
En este contexto trascendió que el comisario Daniel Vega, quien recientemente denunció al jefe de policía Juan José Palomeque por cobros indebidos de beneficios policiales, habría impugnado la pretensión de ascenso de Valdez, quien se anotó para poder acceder al cargo de Comisario Inspector.
Valdez además se desempeñaría como docente dentro de la escuela de Cadetes de la Policía.

Comentá la nota