Sistema previsional: tiempo de definiciones

Sistema previsional: tiempo de definiciones
Hemos sostenido desde la fundación de nuestro partido (Partido Popular de la Reconstrucción-PPR), que el sistema previsional chaqueño era uno de los temas prioritarios a tratar con inteligencia, ingenio y firmeza por la gestión de gobierno iniciada en diciembre de 2007.
Hoy, a casi 5 años, percibimos que se aproximan tiempos de definiciones y que la implementación de soluciones coyunturales, algunas en grado de intento como el convenio de “armonización” firmado en 2008 y la enmienda constitucional del artículo 75 en el año 2009, no han hecho otra cosa que aliviar en superficie reclamos sectoriales y prolongar la agonía de un sistema asfixiado por un creciente déficit.

Antecedentes

1) El Pacto Fiscal Federal suscripto el 12 de agosto de 1992 entre el Estado Nacional y los Estados Provinciales, podría resumirse en un párrafo de su articulado (articulo primero, inciso a) por el que las provincias cedieron el 15% de la masa coparticipable “para atender el pago de las obligaciones previsionales nacionales y otros gastos operativos que resulten necesarios‘. La aplicación de un “criterio de solidaridad” era defendible ya que al privatizarse las jubilaciones (AFJP) el Estado nacional dejaba de percibir recursos destinados a afrontar las erogaciones que demandaba el sistema previsional nacional. Paradójicamente la incorporación en el texto “y otros gastos operativos que resulten necesarios” nunca tuvo una explicación razonable.

2) Un año más tarde, agosto de 1993, se firmó el Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento, que estableció el “compromiso de la Nación de aceptar la transferencia de las cajas de jubilaciones provinciales al Sistema Nacional de Previsión Social”. Como consecuencia de ese acuerdo, entre los años 1994 y 1996 fueron transferidas a la Nación un conjunto de cajas correspondientes a once provincias. El “país previsional” quedó dividido entre los distritos que transfirieron sus cajas a la Nación (Jujuy, Salta, Tucumán, Santiago del Estero, Catamarca, San Juan, La Rioja, Mendoza, San Luis, la ciudad de Buenos Aires y Río Negro) y los que las conservaron bajo su administración (Tierra del Fuego, Santa Cruz, Chubut, Neuquén, La Pampa, Córdoba, provincia de Buenos Aires, Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Chaco y Formosa). Luego de firmado en 1997 un acuerdo de armonización de las cajas provinciales (no transferidas) con las nacionales, se fue acordando año a año que el Estado nacional iba a financiar el déficit de las cajas provinciales, en porcentaje creciente, hasta llegar finalmente a una financiación completa del déficit. Esta generosidad, iría acompañada de las auditorías nacionales sobre cada una de la Cajas Previsionales Provinciales.

3) Con Ley de reestatización de las jubilaciones, sancionada el 20 de noviembre de 2008, el gobierno nacional incorporó a partir del 1º de enero de 2009, 74.000 millones de pesos que estaban en manos de las AFJP, más un flujo anual de 15.000 millones de pesos, resultantes de los aportes que hasta ese momento recibían las AFJP de sus afiliados.Esta nueva situación, debió convertir técnicamente en abstracto la vigencia del Pacto Fiscal Federal, al desvanecerse el motivo que inspirara y diera origen al instrumento. Sin embargo, esto no sucedió. Proyectado en el presente año, se estima que el conjunto de provincias atadas al pacto, aportarán al Gobierno Nacional otros 23.490 millones de pesos. Esta cifra representa hoy el 80% del déficit fiscal del conjunto de las provincias, estimado en 30 mil millones de pesos (algunas consultoras consideran en 31 mil millones de pesos, tomando en cuenta el 30% de incremento en gasto público).

4) En la provincia del Chaco, el Convenio para la Armonización y el Financiamiento del Sistema Previsional , refrendado por el ejecutivo provincial y la Anses el 22 de abril de 2008 decreto 846/2008- (con antecedentes en los Acuerdos Bilaterales Nación-Provincia de Ratificación de Compromiso Federal del año 2000 y de Financiamiento del déficit provisional en el año 2004) desató un malestar de proporciones en los gremios estatales, que obligaron al gobernador de la provincia, Jorge Milton Capitanich, a dar marcha atrás, forzándolo a la firma de un nuevo convenio en septiembre de 2008, en cuyo texto incorporó todas las exigencias de los representantes gremiales. No obstante quedaron ventanas que permitirían en el futuro adecuar el sistema previsional chaqueño a las normas nacionales vigentes.

5) El 3 de noviembre de 2009, el Poder Legislativo plasmó una enmienda en el artículo 75 de la Constitución Provincial, aplicando un blindaje a los derechos provisionales, declarando que “el sistema de seguridad social será intransferible a terceros, aun cuando se trate del Estado”.

Situación actual del sistema previsional

Cuando fui funcionario del Insssep (2007-2011) desde la más absoluta soledad y ante la indiferencia de quienes tenían poder de decisión, advertí junto a mi equipo de colaboradores, acerca del creciente déficit de la Caja Previsional, tomando datos interanuales que permitían observar el progresivo quebranto en desmedro de las cajas de Obra Social y de Seguros. Efectivamente, a partir de la sanción de la Ley 5218 (mayo 2003) fue lícito echar manos de las cajas superavitarias de Obra Social y de Seguros para afrontar los pagos de Jubilaciones, Pensiones y Retiros.

Con mediciones efectuadas en marzo del corriente año, el déficit de la Caja Previsional con 27. 330 beneficiarios, fue en 2011 de 406,8 millones de pesos, representando solamente el déficit de la Caja policial el 51,5 % del total. Por si algo faltara, la relación activos/pasivos, en 2007 fue de 2,7 y en 2011 de 2,9 muy lejos de la proporción deseable de 4 activos por cada pasivo

¿Es viable la sustentabilidad en estas condiciones?

Definitivamente no. Sin embargo y teniendo en cuenta que no nos caracterizamos en nada por políticas de prevención, creemos que ningún cambio será factible hasta que la profundización de la crisis estalle en el rostro de los funcionarios responsables. Vale remarcar algunas sugerencias que hiciéramos oportunamente (lógicamente sin ser escuchados): derogación de la Ley 5218 y la separación de Cajas y estructuras, con el diagnóstico y el debido tratamiento para cada una de ellas. Hoy la caja previsional ha derrumbado la caja de Obra social y Alta Complejidad superavitaria en 2011 ( 269,6 millones de pesos) que afronta atrasos y conflictos con todos los niveles de prestadores y la de Seguros tambien superavitaria en el mismo año (17,5 millones de pesos) y con beneficiarios en larga lista de espera para acceder al cobro.

Hemos observado en los últimos días una decisión legislativa de erradicar el plus por ley, lo que a nuestro juicio es un error, porque se atacan las consecuencias de una caja previsional quebrada y no sus causas. Y este error se suma a la enmienda del artículo 75 de la Constitución Provincial, que no hace referencia a la sustentabilidad de la Caja Previsional en el corto ni en el largo plazo. Consideramos que se aproxima un tiempo de análisis y rediseño de un sistema previsional sostenible y que la dirigencia política tendrá que establecer nuevas metas y determinar los límites de crecimiento del Estado. En ese proceso habrá que tomar en cuenta por ejemplo que el crecimiento poblacional intercensal (2001/2010) fue de 6.7%, frente a un incremento de jubilados/pensionados/retirados de 38% en igual período. Si el crecimiento poblacional fue de 6.7% en 9 años, bien podría tomarse como techo para el empleo público, que actualmente y tomando la mitad del tiempo de referencia se incrementó en sus diferentes modalidades en más de un 40 %, y con enorme impacto en las arcas del Estado.

Así planteadas las cosas, los caminos se irán cerrando hacia un solo destino. Transcribo declaraciones de la presidente (19/8/12), “Ahora si una provincia necesita el financiamiento de la Nación, debe armonizar su sistema de Jubilaciones”.

(El autor es presidente del Partido Popular de la Reconstrucción y exvicepresidente Insssep)

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